El Congreso de los Diputados ha aprobado esta semana la toma en consideración de una proposición de ley presentada por el PNV para la reforma de la normativa franquista de secretos oficiales que data de 1968, salvo una pequeña modificación efectuada en 1978.
Desde 2019 es la tercera vez que el asunto llega al pleno para su tramitación parlamentaria hasta ahora con resultados infructuosos y los grupos que lo apoyan esperan que esta vez sea la definitiva.
La proposición ha sido respaldada por 176 a favor y 169 en contra de la derecha y ultraderecha. La iniciativa del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) plantea la necesidad de la reforma para adaptarla “a la sensibilidad social vigente respecto al valor de la transparencia, consustancial al principio democrático que fundamenta y rige nuestra sociedad”.
La modificación “incorpora la obligación de que en toda clasificación de una materia se establezca el plazo de su vigencia, no pudiendo superar los veinticinco años para materias calificadas secretas y los diez años para las reservadas, salvo que el Consejo de Ministros disponga su prórroga excepcional y motivada, en el exclusivo caso de las materias secretas, por un nuevo período máximo de diez años”.
Además, se atribuye «en exclusiva al Consejo de Ministros la facultad de clasificar una materia y su cancelación» y «se suprime la referencia a la naturaleza, secreta o no, de las sesiones en que el Congreso, o el Senado han de recibir información sobre una materia clasificada, al ser esta una cuestión que solo compete a los respectivos Reglamentos de estas Cámaras legislativas, tal y como dispone el artículo 72 de la Constitución».
Desclasificación de documentos
Para el diputado Enrique Santiago, la cuestión clave de la reforma radica en el tiempo que debe transcurrir para que un documento secreto o reservado vea la luz pública. La ley actual indica que la clasificación de documentos se mantendrá sin límite temporal, hasta su cancelación uno a uno.
A día de hoy, se desconocen cuántos documentos han sido declarados secretos porque no existe un listado. Además, “la arbitrariedad y el secretismo arrastrado en todos estos años afectan no solo a la investigación histórica, sino también a la periodística o al derecho a la información de cualquier ciudadano”, denuncia.
Durante su intervención, el portavoz adjunto del grupo de Sumar puso ejemplos prácticos de los documentos que aún permanecen secretos. Se refirió a “todos los que tienen que ver con el apoyo del franquismo al nazismo; los que tienen que ver con las emisiones clandestinas de Radio España Independiente, o ‘la Pirenaica’”.
Cien años después sigue clasificado “el archivo titulado ‘Palomas mensajeras 1912-1925’; así como documentos sobre la guerra de Marruecos y el uso de armas químicas o sobre los últimos años del franquismo, la Transición, el golpe de Estado del 23F o sobre el terrorismo del Batallón Vasco Español y de los GAL.
Santiago lamentó que sigan en secreto “documentos que otros países ya han desclasificado y que los historiadores y periodistas tienen que irse a otros países para conocer su contenido” o que “incluso utilicemos la Ley de Secretos Oficiales para no publicar datos del comercio de armas que se efectúa desde España, algo que según Amnistía Internacional o Greenpeace oculta la venta a países que no respetan los Derechos Humanos”. También ironizó con los gastos de Corinna Larsen (la antigua amante del rey emérito Juan Carlos de Borbón) que continúan en secreto de Estado lo que “nos pone al nivel de una república bananera”, afirmó.
El portavoz parlamentario de IU defendió que el plazo de clasificación sea de un máximo de 25 años, en el caso de documentos secretos, y en los reservados, de 10 años, sujetos a prórroga. Esto “es conforme a lo que ocurre en la legislación de países de nuestro entorno, como Portugal, el Reino Unido o Italia, que tienen límites máximos de clasificación incluyendo prórrogas de hasta 30 años”. Asimismo se mostró favorable que “solo el Consejo de Ministros la autoridad civil y democrática que pueda proceder a la clasificación de documentos”, y que se defienda la obligación legal de desclasificar cualquier documento cuando sea necesario para perseguir violaciones de Derechos Humanos, ya que, por ejemplo, “en Alemania se excluye la posibilidad de clasificación de ‘actos que violen el orden democrático o los acuerdos de control de armamento’ o en Portugal se puede descalificar cualquier documento si se trata de materias que violan delitos del Estatuto de la Corte Penal Internacional”.
Una obligación democrática
El diputado de Sumar considera que “la clasificación de documentos debe proteger el acceso al derecho a la verdad y, sobre todo, debe prohibirse cualquier interferencia en investigaciones sobre vulneraciones de Derechos Humanos prohibiendo el acceso a documentos clasificándolos como reservados”.
Se trata -a su juico- de “una obligación democrática” porque “nuestro ordenamiento no puede seguir regulando cuestiones de seguridad con una legislación franquista”.
Por otro parte recordó que la clasificación de información por parte de los Estados “implica una restricción del acceso a la información que, conforme al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, es parte del derecho humano a la libertad de expresión”. Además, la clasificación de documentos “nunca puede amparar la impunidad de delitos”, por eso España necesita “un sistema de transparencia conforme al debido proceso, tanto para clasificar como para desclasificar documentos, incluyendo la desclasificación automática por mandato legal tan pronto entre en vigor esta reforma, ojalá, de los documentos que ya están clasificados, si hubieran transcurrido desde su clasificación los plazos que se establezcan en la ley”.
Tramitación parlamentaria
La proposición de ley una vez tomada en consideración se remitirá a la comisión competente y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado, como fija el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso.
En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Concluido este, la iniciativa continuaría su tramitación en ponencia, comisión y pleno, donde se exige mayoría absoluta en una votación final de conjunto por su carácter orgánico. Posteriormente, el texto aprobado por el Congreso se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.