Una sentencia obliga al INSS a abonar 4.390 euros a una viuda del amianto por no aplicar la base reguladora legal en indemnización por muerte por enfermedad profesional.
“LA ACTITUD DEL INSS RECORTANDO LA PRESTACIÓN LEGAL A LAS VIUDAS DEL AMIANTO, AYUDA A COMPRENDER SU OBSTRUCIÓN AL FONDO DE COMPENSACIÓN Y A RECONOCER LA ENFERMEDAD PROFESIONAL”
El Juzgado de lo Social Nº 3 de Donostia ha estimado la demanda presentada por Josefa R.D, viuda de González C,, fallecido en2023, tras décadas de trabajo en Pedro Orbegozo-ACENOR, afectado de cáncer pulmonar causa del amianto inhalado. Dicha sentencia declara, el derecho que a la viuda se le aplique la Base Reguladora de la pensión de Viudedad en la indemnización de tanto alzado, por muerte derivada de enfermedad profesional, por tanto, condena al INSS a pagar 4.390,92 euros, como diferencia pendiente de abono.
Tras el fallecimiento de González C. en febrero de 2023, 4 meses más tarde el INSS reconoce a Josefa R. la prestación de viudedad derivada de enfermedad profesional, con una base reguladora de 2.160,73€. También le reconoció una indemnización de 6 mensualidades, con una base reguladora inferior a la legal de 1.428,91 euros, que suponía una indemnización de 8.573,46 euros. Presentada la reclamación previa, reclama que se aplique la Base Reguladora de2.160,73 euro, tal como señala la Orden de 13 de febrero de 1967, que dice: La indemnización a favor de la viuda en caso de muerte del causante por accidente de trabajo o enfermedad profesional será el importe de 6 mensualidades de la base reguladora de la pensión de Viudedad.
Criterio considerado y aplicado por el TSJPV, desde enero de 2024. Si la pensión de viudedad se modificó en virtud de ser reconocida como enfermedad profesional, tal modificación irremediablemente va a afectar al resto de prestaciones, incluidas muerte y supervivencia. Legalidad que no quieren cumplir algunas resoluciones del INSS, obligando a las viudas a la pérdida de o a acudir a la vía judicial para acceder a sus prestaciones legales. Si resulta escandalosa la actitud del INSS, la posición mantenida por SIDENOR SL y COFIVACASA en el juicio, como empresas sucesoras de ACENOR, expresan el más absoluto desprecio a las víctimas del amianto, muertes causadas por las infracciones de seguridad de las empresas antecesoras.
ASVIAMIE Asociación vasca de víctimas del amianto, muestra su satisfacción por la sentencia, en tanto clarifica, una vez más, los derechos sociales, aunque el INSS continúe obligando a las viudas a recurrir a la vía judicial. Esta actitud del INSS, saltándose su propia legalidad, ayuda a entender mejor los motivos de la obstrucción a la puesta en marcha del Fondo de Compensación para las víctimas del amianto, burlándose de las víctimas y de la propia democracia que aprobó el Fondo, como el rechazo del origen profesional de numerosas enfermedades legalmente registradas. Actitud que debe ser cuestionada y respondida por las organizaciones sindicales presentes en los órganos de participación de la Seguridad Social.
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