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Estimación demanda del Juzgado de lo Social de Eibar

Fuentes: ASVIAMIE

EL JUZGADO DE LO SOCIAL DE EIBAR ESTIMA DEMANDA Y DECLARA A CLAUDIO B.J. EXOBRERO DE FUNDICIONES GELMA FALLECIDO POR CANCER PULMONAR, INCAPACIDAD ABSOLUTA POR ENFERMEDAD PROFESIONAL CON EFECTOS DESDE 25/04/23 AL 6-11-24 QUE FALLECIÓ.

“INADMISIBLE LA ACTITUD DEL INSS, QUE RECHAZO EN ABRIL DE 2023 LA PROPUESTA DEL EVI A FAVOR DE LA INCAPACIDAD ABSOLUTA AFIRMANDO QUE: NO TENIA GRADO SUFICIENTE DE DISMINUCIÓN DE CAPACIDAD LABORAL, NI PROBADA LA EXISTENCIA DE AMIANTO EN LA FUNDICIÓN”.

El Juzgado de lo Social Único de Éibar ha estimado la demanda presentada por la familia de Claudio B.J, fallecido el 6-11-2024 a consecuencia del Adenocarcinoma pulmonar que padecía, tras décadas de exposición laboral al amianto, sílice cristalina y humos metálicos en la fundición y declara la situación de Claudio BJ, afecto de Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad profesional, con efectos del 25-04-2023, hasta su fallecimiento en noviembre de 2024, debiéndose aplicar la revalorización legal de la prestación.

Claudio BJ, trabajó entre 1964 y 1974 en ALTUNA GARAY, en ELMA SA, entre 1975 y 1987, continuando en ELMA SAL y FUNDICIONES GELMA SA, realizando tareas en la sección de rebaba con el esmeril, incluso en chorro de arena, limpiando las piezas fundidas, y posteriormente como carretillero con la Fenwick, transportando las piezas fundidas u otros materiales por toda la fundición, hasta que en 2008 se jubiló.

En los años 1971 y 1975 el Ministerio de Trabajo, tuvo actuaciones en ELMA SA relativas a mediciones de polvo, sin realizar referencia al amianto, constatando que no se utilizaban protecciones respiratorias. La empresa recibió en 1991 un requerimiento de mejoras del ambiente de trabajo y en 1992 desmantelaron la fundición, trasladándola a ATUSA de Agurain/Salvatierra. Tanto en ELMA SA, como en FUNDICIONES GELMA SAL, en la zona de los hornos, solían estar depositadas en él suelo planchas de amianto que utilizaban el personal de mantenimiento en el aislamiento del horno, volviendo a depositar en el suelo los residuos. Claudio BJ se encuentra incluido en el Listado de Trabajadores expuestos al amianto de la CAPV.

En octubre de 2022, a Claudio le diagnostican un adenocarcinoma pulmonar en estadio IV. Tras tramitar la Incapacidad Permanente, la propuesta del EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) en abril de 2023, propuso: Trabajador incapacitado permanente en grado de absoluta. Siete meses más tarde la Resolución del INSS resulta demoledora, desestimando la Incapacidad Permanente por enfermedad profesional, “Al no alcanzar las lesiones del trabajador un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutiva de una incapacidad permanente” Realizada la reclamación previa, también fue rechazada, porque: “Las residuales que presenta no derivan de enfermedad profesional, no quedando constatada la existencia de amianto en GELMA”, resoluciones, que vienen a burlarse de los médicos de OSAKIDETZA, al señalar la gravedad, estadio IV, como del informe de OSALAN, que incluyó a Claudio en el Fichero como trabajador expuesto al amianto y de la propia Inspección de Trabajo por el intenso polvo. Un año más tarde Claudio falleció.

Las codemandadas afirman que la incapacidad permanente solicitada resulta incompatible con la situación de jubilación, obviando la sentencia del Supremo, mantiene el trato privilegiado con las enfermedades profesionales, sobre todo por el periodo de latencia de estas enfermedades y que el Hospital de Txagorritxu señaló su gravedad, como incurable, tal como señala la EVI el 25-04-23, la calificación de Incapacidad Permanente Absoluta.

La empresa alude al origen genético del tumor, tal como señala el perito, criterio que no puede aceptarse sin unos estudios que lo acrediten. Estando probada la exposición del trabajador al amianto y sílice durante su actividad laboral, es una enfermedad profesional incluida con el código 6R0100, que incluye él cáncer de pulmón provocado por la sílice en la industria siderometalúrgica y él código 6A0101 provocado por el amianto.

En ninguna de las 3 empresas en las que Claudio trabajó existían sistemas de ventilación, recogían con palas el polvo del suelo y aire a presión. Que ahora no exista amianto no niega que anteriormente lo hubiera, cuando era muy habitual y la empresa no ha podido acreditar la ausencia de amianto, con mediciones específicas. Por otro lado, la existencia de nódulos silicóticos en los pulmones de Claudio prueban que hubo exposición a sílice. Tampoco vale cuestionar el origen profesional de la enfermedad apoyándose en el hábito tabáquico de Claudio, que lo abandonó hace más de 10 años, pues como señala el Tribunal Supremo “La exposición laboral prolongada al amianto durante años es suficiente como causa exclusiva como para producir no solo los daños reclamados e incluso la muerte, se fume o no”.

Claudio causó baja en julio de 2008 en la empresa, por tanto la sentencia considera que el 99,9% de la relación laboral la desarrolló bajo cobertura del INSS, correspondiéndole el pago de la prestación. Por tanto la sentencia estima parcialmente la demanda y declara a Claudio B.J, en situación de Incapacidad Permanente Absoluta por enfermedad profesional con el 100% de la Base Reguladora de 2.206,61€, más las mejoras y revalorizaciones legales, con efectos desde el 25/04/2023 y hasta su fallecimiento el 6/11/2024, condenando al INSS y TGSS a su abono

ASVIAMIE Asociación Vasca de Víctimas del Amianto, muestra su satisfacción por la sentencia, en tanto que desmonta una vez más el argumentario “negacionista” del INSS y de las empresas infractoras, empeñadas en ocultar las enfermedades profesionales para eludir la justa compensación por el daño causado, cerrando los ojos al prolongado incumplimiento empresarial de las medidas de seguridad, especialmente, frente a las sustancias cancerígenas, como la legislación laboral les exigía.

Alertamos, a los numerosos vascos enfermos de cáncer pulmonar o enfermedades respiratorias tras trabajar en la industria siderúrgica, se animen a reclamar la mejora de sus prestaciones por enfermedad profesional, bien dirigiéndose a las organizaciones sindicales o a ASVIAMIE. Urge acabar con la ocultación del cáncer profesional, exigiendo rigurosas medidas de prevención, en tanto las muertes causadas por cáncer de origen laboral son mucho más numerosas que las causadas por accidentes de trabajo.

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