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Abolir o reformar: la suerte de la Policía en Colombia

Fuentes: Rebelión

Resulta imperioso abordar el tema de la Policía Nacional de Colombia, en momentos en que por motivo de la pandemia del Covid-19, refiere especial protagonismo en el escenario social del país.

POLICIA – en latín politia- es una fuerza estatal que se encarga de mantener el orden público en un territorio con características geográficas y culturales propias, de acuerdo a las órdenes de autoridades políticas.

Acorde con el ordenamiento constitucional vigente en Colombia (CP91), al residir la soberanía en el pueblo, del cual emana el poder público y no en la nación, conforme a la Constitución de 1886, corresponde interpretar el articulado del cuerpo normativo constitucional sobre la prioridad de la norma ab initio, partiendo de la concepción ideo política inmanente en la Carta Fundamental, soportada en los Principios Fundamentales y en tal sentido es de contenido rector el artículo 3 “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público”.

La CP91, desplazó el el concepto de Nación al supeditarlo, en lo referente a soberanía, en el pueblo. El concepto de utilización de la expresión nación, en el texto constitucional, no ha de asimilarse como termino de Estado o de Autoridad constituida (un gobierno determinado); sino supeditarlo al contenido de pueblo, como comunidad democrática y popular en ejercicio de poder constituido. Así entendido, cuando el artículo 218 de la CP91, señala que la Policía es un cuerpo civil “acargo (sic) de la Nación”, en modo alguno está volviendo a la Constitución de 1886 (así glosadores interpreten que con ese giro quedó plasmado el interés del constituyente de 1886). En tema constitucional jamás será de recibo ese exabrupto jurídico puesto que derogaría el Preámbulo. El que sea la Policía Nacional parte de la Fuerza Pública, no la incluye en una fuerza militar, como en contraria constitucional y camisa de fuerza ha sido degenerada. La finalidad primordial de la Fuerzas militares es la defensa del territorio, entre otros. El mandato constitucional a la Policía Nacional es el mantenimiento del ejercicio de los derechos públicos fundamentales de la población; para que los habitantes de Colombia convivan en paz, que es derecho fundamental y deber prioritario de cumplimiento por encima de cualquier interés vernáculo y/o extranjero.

Sería un contrasentido, inadmisible en la coherencia de mandato constitucional, el aceptar que el carácter y naturaleza civil permanente de la Policía en Colombia, fue birlado, es decir, hurtado sin intimidación y con disimulo. No se trata de reivindicar, en la práctica, la vocación civilista de la Policía nacional; como de reivindicar su esencia y naturaleza radicada en la soberanía popular. El problema no es que haga parte de la Fuerza Pública, como cuerpo armado; sin embargo, resaltar que el cuerpo policivo puede ser o no ser armado. Radica es en el giro maquiavélico que tomó la tendencia militarista en Colombia, al integrarla con un carácter de policía militar. Al atribuirle el carácter de no deliberante; negar el derecho de petición individual y de cuerpo; el ejercicio de sindicalización, como servidores del Estado. Ha sido torticeramente asimilado su régimen de carrera, prestacional, disciplinario, de fuero especial, a la de identidad de cuerpo militar. Destaca, por ejemplo, el asignarle los mismos grados, propios de un cuerpo militar: ascienden hasta el generalato, como turbulencia tropera. En la asimilación de lo policial confluye lo de cuerpo policivo, en sentido individual y de grupo. Así, como como cuerpo: Policía. Como a un miembro: policía. Algo no concebido en lo institucional militar. Lo contradictorio está en lo del manejo de Civil que queda como un entuerto o letra muerta en el desarrollo anómalo constitucional.

Así expuesto, en lo real, dable es afirmar que la Policía nacional no es Civil. Por también endosarle el fuero penal militar, su naturaleza es militar, pese al mandato constitucional del 91. La romántica idea del Policía de barrio, de la guarnición policial, del comandante de puesto, de inspector, del servidor público con derecho a reivindicaciones sociales y de previsión, no existe como tal. Una policía Civil, conforme al mandato constitucional, esta concatenada con lo de policía con carácter cívico: la politía, de identidad ciudadana, de la ciudad, de los ciudadanos, de solidaridad cívica. Va indisoluble con una policía de carácter comunitario. Pero como siempre, en un país de cafres y de negación del Estado de Derecho, asumieron para intereses mafiosos la integridad de lo cívico comunitario.

El Acto Legislativo 01 de 2015, creo hasta una justicia (especial) “o” policial. Sepa el constitucionalismo mundial y en especial el latinoamericano, que en Colombia no aplica una Constitución emanada del Constituyente primario, originario: el pueblo, en donde radica la soberanía. Aplica es una representatividad parlamentaria de mayoría narco paramilitar, que desplaza al Constituyente primario, en el llamado Narco Estado colombiano.

La doctrina policial no es doctrina militar

Circunscribiendo lo de Doctrina a lo de precepto ético, tanto en funcionalidad, como en un sistema de enseñanza que creen lograr alcances, fundamentando su labor en una realización; buscando un compartimento mayoritario, perseverante de las personas en una compresión de validez universal; dista, en demasía la labor policial de la labor militar. Por ello en lo policial cabe diferencia en lo de labor y función.

No necesariamente la labor policial implica uso de la fuerza. Tratándose de exigir el cumplimiento de la ley; su labor es preventiva, sin descartar lo represivo. Por ello el trabajo del agente policial exige una gran dedicación y vocación. Digamos que la labor policial es de entrega constante en servicio. Ubiquémonos en un ejercicio de control personal equilibrado ante lo eventual de situaciones extremas en las que se vea abocado a resolver. Los requisitos de un candidato(a) a policía no es que se alfabeta o que cuente con atestados, que ajustaran a un conocimiento y a la formación de una moral firme; como a lo de una personalidad adaptable a tolerar insultos, provocaciones; padecer frío, calor y tantas inclemencias por enumerar. No se trata de la dualidad de una personalidad con el uniforme y otra sin el uniforme. Se trata de lo integral de un ser único, que no nace, sino que se hace y que deja atrás su vida personal para realizar una entrega total en concebir la protección de los ciudadanos. Es un prepararse para arriesgarse día a día, buscando asegurar el bienestar de la mayoría, en lugar de conformarse con buscar el suyo propio. No podrá asimilar la doctrina militar del enemigo; pues ello constituye un peligro más para la sociedad y la comunidad. El reto está en que emerge o surge de y en un ambiente enrarecido de corrupción y de manipulación de la verdad. Su labor radica en que no sera un transformador de la cruda realidad social; ni mitigador, ni atenuante de algo.

Lo de función policial tiene que ver con el desempeño en su papel constitucional, proyectadas en la finalidad de sus acciones y en la capacidad de lo ejercido. Asumir la función de represión, no significa contar con patente de corso.

La policía de ciudad, politeia, tiene un carácter preventivo, en lo de adelanto de investigaciones, lo llamado “policía de proximidad”. Extendida a policías de emergencias, que tiene que ver con todo lo relacionado con situaciones de catástrofes, búsqueda, seguridad vial y de vías públicas y lo atinente a asistencia, protección de población desvalida, vulnerable, niñez, adolescencia. Es propio de las legislaciones otorgar a la policía esas facultades de prevenir, disuadir, investigar delitos; actuar en casos de emergencia cuando el delito está en curso y reprimir. Pero esto de reprimir no es sinónimo de garrote, palo físico y bala.

Sustento legal

Corresponde destacar que la fuente de sustentación legal del ejercicio y función policial no obedece a la legislación de cada país. El soporte legal lo fundamenta y radican, esencialmente, en las doctrinas de defensa de los derechos humanos, en todas sus categorías y generaciones. Enumero esos derechos protegidos por el derecho nacional e internacional y que incumbe a Colombia:1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos. 2. El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. 3. La Declaración Sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. 4. La Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial. 5. La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. 6. La Convención Internacional sobre la Represión y el castigo del Crimen de Apartheid. 7. La Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. 8. Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.9. La Convención de Viena sobre las relaciones consulares.

El artículo 93 de la CP91, sobre garantías estatales y no de gobiernos de turno, contenidas en los tratados, convenios e instrumentos internacionales, ha sido una norma desconocida, vilipendiada, pisoteada, ultrajada, tipificada en el delito internacional de perjurio, por el actual e ilegítimo sub gobierno; pero es norma felizmente vigente . Gracias a la existencia de esa norma y sobre el enfoque de derecho supranacional, aplican en Colombia, para el funcionamiento de la Policía Nacional, instrumentos como el Código de Conducta Para Funcionarios Encargados De Hacer Cumplir La Ley, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979 y el Código Europeo de Ética de la Policía, prohijado por el Consejo de Europa en 2.001. Es así que para quienes tienen esas atribuciones, sin excepción, respetaran y protegerán la dignidad humana y los derechos de todas las personas.

En desarrollo de las anteriores conductas, la comunidad internacional cuenta con el CÓDIGO DE CONDUCTA POLICIAL DE LAS NACIONES UNIDAS, aprobada por la resolución 34/169. 17 de diciembre de 1979.  Resumo las bases jurídicas para el funcionamiento de la Policía Nacional: además de creación constitucional y legal, sus operaciones deben llevarse siempre a cabo de conformidad con el derecho interno y las normas internacionales. La legislación que rige la Policía debe ser clara precisa; es decir, sin lugar a e interpretaciones extensivas o similares y complementarse con reglamentos claros de amplia difusión y publicidad. El personal de la policía está sometido a la legislación que cobija a los ciudadanos en general. Es compromiso ineludible, que el desarrollo del trabajo de la Policía redunde en armonía con la comunidad, sin excepción y en ejercicio de una sociedad democrática.

De equipos y armamentos

Conforme al contenido de esas normas, el uso de la fuerza policial queda supeditado a la observación de principios del derecho universal, como la proporcionalidad y bajo rectores fundamentales de la necesidad. Ninguna acción policial podrá salirse de los márgenes de objetividad, en cuanto a recurrir primero a formas graduadas de fuerza, previa búsqueda conciliatoria; sin tener que acudir al uso de la fuerza física y de herramientas letales.

En cuanto a equipos y armamentos, la regla imperante es la dotación y uso de equipamientos con armas no letales o mortales, en el caso de control de disturbios. En modo alguno encaja concebir un Escuadrón de la Muerte, estilo ESMAD, como el colombiano. Como armas no mortales, se excluyen las de fuego y resaltan las de defensa como “porras”, “cachiporras”, bastones, cascos, escudos, balas de goma y gases lacrimógenos, equipos antidisturbios. En principio se erradica el uso de armas de fuego en protestas y disturbios. Como último recurso se utiliza, la arma de fuego, en caso de defensa a la vida subjetiva y objetivamente considerada; en razón a tipificaciones particulares en cada país. Como usarlas contra convictos peligrosos, en riesgo de fuga o motín. Las fuerzas policiales modernas implementan Fuerzas Especiales, en cuanto a enfrentamientos con delincuencia organizada, en una proyección y practica de enfrentamientos con mayor especialización y adecuación de armamentos de mayor calibre y firmeza. Es decir, aquí corresponde diferenciar el uso dado al tratamiento del conflicto social y en el caso particular de Colombia, el aplicado al conflicto armado interno. En principio y acorde con lo expuesto, una Fuerza Policial Civil esta desde todo punto de vista, ajena a esa involucración.

En EEUU se debate la abolición de la Policía

La petición de abolir la policía hasta hace poco tiempo parecía imposible, pero hoy se discute gracias a la presión popular. El asesinato del afroamericano George Floyd y ante la imposibilidad de la reforma a la brutalidad policial, aflora la necesidad de acabar con la policía estadounidense. Angela Davis, en años anteriores había planteado que si la pena de muerte existe aún en el siglo XXI es por la naturalización del asesinato de esclavos que buscaron liberarse siglos atrás y que corresponde empezar de nuevo para respetar la vida. El registro de impunidad e ineficacia en los estados Unidos es alarmante. Las comisiones de investigación caracterizan por los resultados insuficientes para frenar los asesinatos causados por policías. Por lo sucesivo se determinó promover reeducación incluyendo políticas antisegregacionistas alentar al ingreso de afroamericanos a las unidades policiales e integrar el cuerpo policial con las comunidades. Sin embargo, organizaciones como el proyecto NIA plantean dejar de usar a la policía para enfrentar la inseguridad, volviéndola obsoleta con otras medidas: trasladar los recursos que se pierden en ese cuerpo armado, reinvirtiéndolos en salud, educación, vivienda y en general bienestar social. Lo justifican aduciendo que de hacerse esto cada vez habrá menos necesidad de policía y por lo tanto a largo plazo será obsoleta. Plantean, en consecuencia, desfinanciar a la policía. Resaltan analistas el reconocer, como en los Estados Unidos, hay días que la policía mata a más personas que las que en un año son asesinadas por estos cuerpos en otros países. Sostienen por ello que «Esta no es una cuestión política. Esta no es una pregunta presupuestaria. Esta es una pregunta moral…”. O es transformar la policía; sino acabar con la idea de vigilancia, y con ello acabar la necesidad de policía en Minneapolis y cómo el Consejo de la ciudad tomó la decisión de desmantelar y abolir la policía a largo plazo. Que buscarán un modelo de seguridad distinta y que esto se discutirá con la comunidad.

Frente a esto, el presidente Trump twitteó: “La ley y el orden, no desfinanciar ni abolir la policía. Los radicales izquierdistas demócratas se han vuelto locos”.

En el caso colombiano

Está sobre la mesa la discusión acerca de una reforma radical y de fondo sobre la esencia y naturaleza de la Policía Nacional en Colombia. El Conflicto Social impone asumir reivindicaciones populares y el movimiento de masas, ahora en aparente letargo por la anestesia de la pandemia por el Covid-19, no acepta dilatar soluciones. La sentida reivindicación popular por contar con una Policía civilista, no militar, comunitaria, como sujeto de derechos y obligaciones, no admitirá la haga trizas la derecha militarista, narco-paramilitar, en franca decadencia.

(Recomiendo la lectura de mi artículo: “La cruda verdad sobre la Policía Nacional”, publicado en www.rebelion.com, el 18/10/2.017|)

Asomo de un dosier negro sobre la Policia Nacional de Colombia

A continuación me limitare a enunciar pasajes sobre conductas reprochables de agentes de la policía, que registran medios noticiosos. Lo transcrito se ajusta a lo relatado en el suceso noticioso. No es algo acabado y persigue generar el debate en torno a la información existente sobre una fuerza pública desarticulada; desconocida y no respetada, ni acatada, con crecimiento de la inseguridad en las ciudades, y la pérdida constante de soberanía popular. Todo durante el transcurso del aislamiento obligatorio por el Covid -19

  • Ocurrió en Cúcuta y quedó registrado en video, la manera patán y soez como le pide papeles la Policía a un ciudadano, en el barrio Tasajero, que por detrás lo ataca y lo agarra por el cuello… Cual personaje que se cree importante por vestir de verde.
  • Uniformado agrede brutalmente a una mujer en Magdalena por grabar un procedimiento judicial (blueradio.com).
  • Como un Policía se dirige al ciudadano, por este preguntarle por qué le quita la cédula. @intiasprilla que educación reciben en las escuelas de formación.
  • Un Policía, residente en el mismo Conjunto Residencial Santanilla, en Cúcuta agrede al poeta y escritor cucuteño Oscar Schoonewolf, de 69 años, por reclamar a la Administración del edifico que la noche anterior, el policía celebró una fiesta, en su casa, en contravención a los Decretos de Aislamiento obligatorio, por la pandemia.
  • Dos policías detenidos, acusados de interceptar ilegalmente teléfonos de cinco de sus compañeros, por irregularidades cometidas en un operativo adelantado en Cali, en 2.018. La Fiscalía motivó que por estas actuaciones, el mayor y el intendente, están fomentando que los colombianos no tengan confianza en la institución… El trasfondo del asunto radica en que esos dos policías detenidos, fueron factor clave en el descubrimiento de la llamada ÑEÑE Política, referente al ingreso de dineros del mafioso ganadero, que entraron para la compra de votos en beneficio de la campaña presidencial de Duque…
  • De violencia policial en Colombia, se definió el asesinato de un joven afro, en el municipio de Puerto tejada, Norte del Cauca, por parte de un policía, que lo golpeo con su bolillo o bastón en la cabeza, enfrente de su casa, por un malhadado procedimiento, que tenía por finalidad que el joven se identificara. Para los colombianos ese asesinato no indignó tanto, como a los norteamericanos el asesinato de Jofrey Anderson.
  • «La policía nos dio bolillo, nos violó, nos manoseó». Un grupo de mujeres que defendían a las vendedoras ambulantes del Parque Berrió en Medellín denunciaron los infames abusos de la fuerza pública contra 400 vendedoras ambulantes, buscando el sustento diario en plena pandemia. La policía llegaba todos los días a la 4pm y las agredían. Ellas se les enfrentaban. Relatan que Luz Adriana Upegui, madre soltera, trabajadora, berraca, lo hacía. Que hoy ya no está: se suicidó…
  • Denuncian a comandante de la Policía de Cúcuta, con grado de coronel, por acoso laboral. Lo hace el capitán Carlos Alberto Carrero Gélvez, actual comandante de la Estación de Policía San Fernando del Rodeo, adscrita a la Policía Metropolitana de Cúcuta. Por señalarlo a él como “bandido, criminal, aliado con las bandas criminales del sector” de la estación de Policía de Puerto Santander. “Es de acotar que en la mayoría de los casos, donde el señor coronel abusa de su poder en contra de los subalternos, no ha sido denunciado por temor a represalias, como traslados lejanos de sus familias, la facultad del retiro discrecional o en el mejor de los casos utilizar a los poligrafistas de inteligencia para que intimiden y torturen sicológicamente a los uniformados que les toca presentar estas pruebas”, explicó el capitán en la querella. Alerta a su reemplazo, a lo cual mi coronel le manifiesta que tenga mucho cuidado que en esa Estación todos son bandidos… Lo ha acusado de contrabandista y de trabajar con criminales…Acusaciones calificadas de “irresponsables”….y de tortura psicológica contra sus subalternos. La denuncia del oficial fue radicada en la Fiscalía y que tiene mucho miedo al hacerlo “constriñe a unos para hacerle montajes a otros”. Abuso de autoridad, injuria, hostigamiento.  Por utilizar a los poligrafistas de inteligencia para que ‘intimiden y torturen’ psicológicamente a los uniformados”, dice el documento. Que el coronel ha llamado bandidos, contrabandistas e integrantes de grupos y bandas de criminales a los comandantes de las subestaciones de Puerto Santander.  Que  Además, existen unas grabaciones en poder de la Fiscalía en el que se daba la orden de matar al capitán Carrero “porque no quería colaborar a los grupo delincuenciales de la zona”.
  • Complemento: Denuncian al coronel José Luis Palomino, comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta, de posible abuso de poder, tortura y acoso laboral (El Home Noticias).
  • Se trata del hermano del general (r) Rodolfo Palomino, quien es acusado por sus propios policías de hasta de torturas psicológicas. Un capitán lo incriminó ante la Fiscalía, la Procuraduría y la Inspección General de la Policía, habla de sus abusos. Al oficial que lo denunció lo intentaron retener en una clínica…le dieron unas pastillas de 5 a 6 horas  lo retuvieron como a alguien peligroso. Que al parecer  para torcer  o desviar las denuncias.
  • El coronel José Luis Palomino López, comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta, no solo ha sido objeto en los últimos días de duros cuestionamientos, señalamientos de los deudos de una posible mala decisión, ante la muerte de dos policías en esta región fronteriza de Colombia, sino que también tiene una denuncia de carácter penal ante la Fiscalía y la Procuraduría de sus mismos policías. Estos familiares acusan a Polomino de haber ordenado. sin ningún tipo de medidas y ante inminentes amenazas, a los policías a hacer una inspección en la vereda Vigilancia de Banco de Arena (predio rural de Cúcuta). Es sabido que es una zona de intensos combates entre el grupo paramilitar Los Rastrojos, tristemente conocidos como los aliados de J. Guaido, el presidente postizo de Trump y contra el ELN. Denuncian, además, que estuvo involucrado en un escándalo en Bogotá, por un caso de “usted no sabe quién soy yo” o de “no sabe con quién se está metiendo”. Eso fue cuando un oficial de civil, en estado de embriaguez fue sorprendido por una patrulla conduciendo un BMW. Añadió: “entonces, esto que se está dando contra mí, es una situación sistemática para enlodar mi buen nombre. Hay un grupo de abogados llegando a medios de comunicación y a redes sociales generando un ambiente de desprestigio. La Fiscalía me ha investigado y no han encontrado nada”. Comprendan los lectores, que este relato escueto y  transcrito, sin redacción de mi parte, tomado de los medios, sustenta lo que se ha dado en llamar la existencia en Colombia de una fuerza pública desarticulada, la inseguridad en las ciudades, y la pérdida constante de soberanía.
  • 20 de junio. Barranquilla azotada por la pandemia y la policía agarrándose a puños con la gente. Los casos se multiplican cada día en la Arenosa pero eso no es impedimento para que la gente esté en la calle, sin tapabocas y agarrándose a trompadas.
  • 22 de junio.  #ÚltimaHora | Trabajadoras Sexuales se toman la Alcaldía de Pasto, piden garantías para poder trabajar. Denuncian a la Policía por acoso y agresiones físicas y psicológicas.
  • En tanto la Policía disparando en los glúteos y piernas a Daniela y a Macarena, dos transexuales en las calles de Bogotá. Sin diferencia con los hombres vestidos de negro, con botas, cascos, radios, machetes, en moto, golpeando a habitantes sin techo, en las calles de Floridablanca (Santander).
  • Por: Las2orillas | junio 27, 2020″El Esmad asesina niño en Soacha. Guerra contra los pobres»
  • El senador Gustavo Petro afirmó desde su cuenta de twitter que durante un desalojo la policía disparó en la garganta a niño y lo mató. Le dispararon a gente migrante y desplazada…Paz en la tumba de Duván Aldana, joven de 15 años habitante del barrio Buenos Aires (Ciudadela Sucre -Comuna 4 de #Soacha) quien fue asesinado por arma de fuego en enfrentamientos entre ocupantes de un lote del sector y el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD).
  • Duque indolente entrega el dinero público a los dueños de los bancos, de los grandes comercios y de los grandes latifundios. G. Petro
  • Jamás han sido héroes y sí asesinos sin causa..

Por consideración a los lectores no continúo con el registro de tanto bochorno policivo en Colombia. Déseme la licencia de no pasar por alto el suceso del policía del Escuadrón ESMAD, que se rebela y se opone a participar en el desalojo de precaristas invasores de unos predios de la Alcaldía, en Pance, Cali. En las imágenes registradas se ve al uniformado entregando su arma de dotación y su radio, manifestando: “Yo sé que me van a castigar por defender a la gente”. “Estamos en plena cuarentena y a esa gente la van a dejar desamparada, sola. Es algo injusto, yo soy policía, soy patrullero, yo me metí a ejercer es para proteger a los ciudadanos, no para ser abusivo contra ellos”, dijo  el patrullero Ángel Zúñiga. Se opuso a la quema de los ranchos y enseres de los invasores, que quedarían sin techo y sin una solución a permanecer bajo la intemperie, en plena pandemia. Tal gesto abrió el debate jurídico y político y puso al orden del día la objeción de conciencia, generando opinión en torno a la función de la Policía: deber o conciencia. La obediencia como valor abstracto.

ART 18 CP91 “Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias, ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”.

De las sin número de manifestaciones resalto la del politólogo Álvaro Villarraga Sarmiento. “Policía Ángel Zúñiga se niega a participar en desalojo de familias desplazadas pobres. Señala destrucción de sus viviendas, cultivos y no apoyo para ubicarlas ni atenderlas en pandemia. Valiente objeción de conciencia, posición humanista, solidaria con las víctimas. Digno ejemplo”.

También la del líder popular de la Colombia Humana, Gustavo Petro: “La descomposición de la policía y del ejército les facilita el control de rutas y territorios estratégicos para la exportación de la droga. Mientras arrecia la represión sobre campesinos e indígenas, a quienes se les acusa de narcoterroristas, sus represores se abrazan con los grandes narcotraficantes del país en los clubes, en el Congreso, en los casinos militares y hasta en el mismo Palacio de Nariño”.