Texto de la rueda de prensa del 20.12.07 -apoyada por buena parte de los partidos y sindicatos vascos, así como numerosas personalidades- presentado por el periodista Mariano Ferrer en nombre de la Plataforma 18/98.
El contexto necesario para una adecuada interpretación de la sentencia arranca entre mayo y julio de 1998, cuando la intervención judicial en empresas comerciales que se vinculaban a la financiación de ETA, y el posterior registro y precinto de las instalaciones de Egin, sacaron a la luz unas diligencias que el juez Garzón había iniciado en 1989.
Cuando concluían esas diligencias en 2003, eran más de 250 las personas imputadas en más de una decena de sumarios diferentes, cuya pieza principal y más voluminosa era el 18/98. Por el camino habían quedado empresas cerradas, medios de comunicación clausurados, organizaciones políticas ilegalizadas organismos populares criminalizados.
En dos de esos sumarios (Jarrai-Haika-Segi y 18/98) se ha celebrado el juicio y dictado sentencia. A la espera quedan los sumarios de Askatasuna, Udalbiltza, Egunkaria, Batasuna (Herrikos) etc.
Detrás de esta vasta operación había una iluminación judicial y un impulso político.
La iluminación judicial la tuvo Garzón al descubrir en la lectura de unos documentos incautados a militantes de ETA, el proyecto Udaletxe en concreto, que el subsuelo de la sociedad vasca identificada como izquierda abertzale era monopolio de ETA: que la apariencia autónoma de empresas, medios de comunicación, organismos populares, herrikos, formaciones políticas, ocultaban una conexión en red al servicio de, y dirigida por, ETA.
La iluminación política le sobreviene al Gobierno de Aznar, y no tardaría en compartirla el PSOE, cuando en el estallido de indignación por el asesinato de Miguel Angel Blanco intuyen la oportunidad de aprovechar la política antiterrorista, la lucha contra ETA, para volcar
– sobre el nacionalismo vasco, en general, la responsabilidad de la persistencia de ETA, ponerlo a la defensiva y preparar la alternancia política que permitiera reconquistar para su idea de España el enclave nacionalista vasco,
– y sobre el sector concreto de la izquierda abertzale el estigma de su integración en ETA, para irlo sacando de la legalidad por piezas, desestructurar el núcleo más activo y correoso del espacio civil independentista, en una exhibición de fuerza («creían que no nos íbamos a atrever») que les hiciera abandonar toda esperanza de imponerse al Estado para forzar un cambio de marco.
Esta exhibición de fuerza ha contado con instrumentos de un triple carácter:
– La criminalización colectiva, desarrollo de la tesis «todo es ETA»
– paradoja: al tiempo que se describe a ETA como organización que existe sólo para matar cuando puede, una banda de delincuentes, se pretende que «sus entrañas y su corazón» lo componen un amplio y complejo entorno político, social, cultural y de comunicación.
– La construcción jurídica de un estado de excepción sin declarar
– de excepción porque en estos sumarios la excepción se convierte en regla para permitir una persecución penal indiscriminada
– Orquestación mediática para adormecer las conciencias y la opinión pública.
En nuestra opinión, el resultado equivale al desmantelamiento del Estado de Derecho.
– del núcleo de derechos y libertades fundamentales que la Constitución reconoce
– principio de legalidad, igualdad ante la ley, integridad física, libertad ideológica, seguridad, dº al honor, inviolabilidad domicilio, secreto comunicaciones, expresión, asociación, reunión, tutela judicial efectiva, dº de defensa, juez ordinario, presunción de inocencia…
– en este proceso penal se han violado todos y cada uno.
Caracterizaré ahora brevemente a los procesados.
– conjunto variopinto de personas
– de todo tipo, en edad, formación, actividad, manera de pensar, que entienden de manera distinta cuestiones fundamentales del debate político… unos amigos, otros ni se conocían
– que no son un rebaño, tampoco un mero montón de imputados
– sabemos que para muchos son sólo eso, imputados que han sido condenados
– para nosotros son imputados y más, mucho más que esa simplificación
– personas y grupos que se sienten parte de este pueblo que llamamos Euskal Herria, estimadas en su entorno, reconocidas en su trabajo por este país, comprometidas con aspiraciones plena o parcialmente compartidas en la sociedad vasca,
– cuya situación actual suscita un manifiesto y amplio apoyo solidario en una pluralidad de sectores de esta sociedad, apoyo que trasciende el propio espacio social de los imputados, como demuestran quienes hoy nos acompañan, gesto que agradecemos sinceramente.
Pues bien, estas personas
– a quienes se ha condenado por colaboración o pertenencia a ETA sin que a ninguno se le haya acusado de hechos objetivos que puedan ser tipificados de actividad terrorista
– en este proceso no se ha hablado de armas, explosivos, impuesto revolucionario, amenazas, apoyo a comandos, etc
– a quienes se ha condenado por interpretar que su dedicación a organismos políticos, movimientos populares, empresas comerciales, medios de comunicación, iniciativas culturales estaba al servicio de los objetivos de ETA,
han sufrido a modo de castigo anticipado, anterior a la sentencia, un auténtico calvario vital
– legislación ad hoc + interpretación expansiva que fuerza los tipos penales y los indicios + detenciones con alarde mediático + incomunicación + violaciones a su integridad física y moral + acusaciones sin pruebas + prisión preventiva + fianzas desorbitadas + incertidumbre en libertad condicional + cuantioso coste económico (personal y colectivo)
– salen cifras de asustar si sumamos el número de detenidos, años de cárcel, el volumen de las fianzas, pérdidas, problemas laborales y de salud
La Plataforma entendió que era una situación que demandaba una respuesta de la sociedad
Teníamos tres razones de peso
– una, que era una buena causa
– porque estas personas no debían ser sometidos a un juicio bajo la legislación antiterrorista
– porque su actividad incriminada debía entenderse como el ejercicio legítimo de sus derechos civiles y políticos
– y porque, si habían de ser juzgados, que lo fueran con las garantías que corresponden a ciudadanos de un Estado de Derecho
– la segunda, que al defenderles nos defendíamos a nosotros y a toda la sociedad (en cuanto sociedad democrática)
– la tercera, que éramos conscientes de que al unirnos a esta causa nos uníamos a una buena causa global, la que trata de proteger la herencia de la ilustración y de los derechos del hombre de la embestida desencadenada contra ellos por la reacción al 11-S de las torres gemelas.
No me voy a extender en este punto, pero quisiera resumir el espíritu que nos ha guiado, en cuatro frases
– Tom Paine (Los derechos del hombre)
– Quien quiera salvaguardar su libertad tendrá que proteger de la arbitrariedad incluso a sus enemigos, o se establecerá un precedente que se volverá también contra él.
– Carlos Rozansky (juez argentino)
– En materia de derechos humanos no hay términos medios, o se respetan, o no.
– Josep Ramoneda
– La ideología del miedo como discurso de acompañamiento de la guerra contra el terrorismo ha llegado a insensibilizar a la ciudadanía en cuanto al respeto de los derechos básicos… lo que permite al poder político a saltarse los límites y crear espacios vacíos de derecho (una pena que en El País se escriba así sólo en relación a la CIA o Guatánamo).
– Amnistia Internacional:
– Mientras la sociedad no perciba que esas prácticas son una amenaza contra todos, no será posible ponerles fin.
Lo tuvimos claro. No podíamos guardar silencio
La vista oral
A los 8 años desde aquellas primeras diligencias de Garzón
– después de una instrucción atípica
– ¿no se han preguntado nunca ustedes por qué se vapulea la mala calidad de Garzón como instructor, salvo cuando los acusados tienen que ver con el conflicto vasco?
– vista oral caótica
– podría decir midiendo las palabras que fue una exhibición de indefensión jurídica, de desorden y falta de profesionalidad, de desprecio a la ley procesal
– si en vez de medir las palabras dijera lo que pensamos de verdad…
– pero como no se trata de utilizar palabras gruesas, me limitaré a decir lo que piensa todo el que se ha asomado a las sesiones: la vista oral ha sido un escándalo que clama al cielo
– a la altura del mayor proceso de la Audiencia Naciona, el mayor escándalo
– ni tengo tiempo ni voy a pretender demostrarlo aquí porque en su momento el equipo de abogados de la defensa hará público su informe jurídico sobre la sentencia
– pero es una realidad que sólo se le oculta a quien se blinda para no verla, a quien se refugia con fe de carbonero en el proclamado Estado de Derecho, que con criaturas como este proceso demuestra que nació torcido.
– tenemos envidia del juicio del 11-M
– con la milésima parte de atención que recibió la instrucción y vista oral del 11-M, hubiera sido imposible esta sentencia
– dos testimonios
– Martil Poell y Volker Gerloff, dos abogados alemanes que presenciaron como observadores algunas sesiones de la vista oral:
– esperábamos que podíamos encontraron un juicio sin pruebas, pero nos hemos encontrado un juicio sin delito
– Gil Matamala, ex presidente de la Asociación de Juristas Europeos, asombrado de que las pruebas venían a ser un cortar y pegar de informes policiales que interpretaban documentación intervenida:
– pronto veremos que los policías escribirán directamente la sentencia
– Un proceso cuya característica fundamental ha sido la inversión de la carga de la prueba
– Se le notaba al Fiscal que no necesitaba probar su acusación, eran los acusados quienes se veían en la necesidad de probar su inocencia.
La sentencia
No diré que la esperábamos, pero sí que la temíamos a la vista de los antecedentes:
– jurisprudencia
– regresión progresiva del T.S. en materia de derechos individuales y garantías
– resolución al recurso contra la St de la A.N. que condenó a Jarrai-Haika-Segi
– el T.S. eleva la calificación de asociación ilegal a integración o colaboración con ETA
– interpretación expansiva (ad hoc) de los tipos penales que fuerza el principio de legalidad para incorporar el concepto de» terrorismo desarmado», personas y grupos que pasan a ser considerados parte de la estructura de ETA por la intención que se les atribuye de «estar a su servicio».
El fallo
– decepción
– vista oral inútil, penas altas (600 años de cárcel), detención humillante
– no se entiende si no es como revancha (por no decir venganza) sobre un equipo defensor que dejó en ridículo la acusación y puso de manifiesto la arbitraria parcialidad del Tribunal
– decepción que lleva a una deducción
– los administradores de este Estado de Derecho parecen más interesados en desarticular el espacio socio-político de la izquierda abertzale que en terminar con ETA.
Nuestras consideraciones tras la sentencia
Estamos recorriendo un camino peligroso
– a la presunción de inocencia le sustituye la presunción de culpabilidad
– el Estado de Derecho pretende convivir con la abolición de las libertades democráticas
– la sociedad asimila sin mayor resistencia un sistema penal vengativo
Preocupación
– ¿cuánto tiempo y cuanto esfuerzo hará falta para reconstruir la razón democrática?
No sólo nosotros estamos preocupados:
– Gijs de Vries, coordinador de la Política antiterrorista UE:
– «estamos en trance de perder, sin saber cuándo se podrán recuperar, y en cualquier caso no fácilmente, valores, derechos comunes a todo ser humano que con mucho esfuerzo se abrieron paso hasta quedar plasmados en la carta de la ONU».
En su momento pedimos el sobreseimiento de estos procesos
Pedimos ahora
– la libertad para los encausados
– sin fianza, ni medidas cautelares
– no hay hechos constitutivos de delito objeto de la acusación
– la acusación no ha podido presentar pruebas fehacientes e individualizadas
– esta plataforma queda a la espera de leer en la sentencia con qué hechos concretos se prueba la relación con ETA de cada una de las personas condenadas. En la vista oral el Fiscal no lo hizo. Hay razones para temer que en la St. tampoco. Como muestra, el botón exhibido ayer por las televisiones:
– ha dicho la jueza Murillo que la Fundación Zumalabe ha sido diseñada por ETA para desarrollar una forma de lucha complementaria de la lucha armada: «no es una deducción, tenemos pruebas»
– a la prueba que mostró me remito, un documento atribuido a ETA (cuestionable atribución) que acoge entre interrogaciones esta idea «¿por qué no volver loco al Estado con la desobediencia civil?
– en la lógica de la A.N., ETA se apodera con una frase de todo el espacio de la desobediencia civil que ya sólo puede existir al servicio de ETA.
– ¡Cuánta razón tiene quien ha dicho que a partir de esta sentencia hay más ETA y menos Estado de Derecho! Y añadía con sarcasmo: dos motivos para sentirnos más contentos y más seguros.
– pues bien, ante tales pruebas sólo nos queda decir que quien condena sin pruebas, y lo sabe, prevarica.
– las irregularidades del proceso han sido clamorosas
– construido desde una tesis falaz
– no se corresponde con la verdad histórica (desdoblamiento), ni sociológica
– qué ironía, la del Juez Garzón, para desdoblamiento el suyo (juez y político)
– El Tribunal debería reflexionar sobre una frase de John Rawls, cuya obra es considerada como la más sólida reflexión contemporánea sobre la justicia:
– por perfectamente formulada que parezca una teoría debe ser revisada si no es cierta… cada persona posee una inviolabilidad fundada en la justicia que no puede ser transgredida ni siquiera en nombre del bienestar del conjunto de la sociedad.
– y que estas palabras de Rawls sirvan de censura a quienes par sentirse más seguros no les importe que condenen a inocentes.
Pedimos la libertad al tiempo que la abolición de la Audiencia Nacional, tribunal de excepción que no garantiza un juicio justo
– los imputados eligieron el camino de la defensa jurídica, utilizando los instrumentos que el Estado de Derecho supuestamente ofrecía,
– la plataforma ha alentado la denuncia de profesionales del derecho, juristas universitarios… pedíamos incluso, ilusos, un juicio justo…
– el desarrollo del proceso nos ha abocado a la conclusión de que eso es imposible en un Tribunal
– en el que el Estado no habla a ciudadanos, combate a enemigos
– la voluntad política suplanta la falta de pruebas acusatorias
– los acusados no son juzgados con las mismas reglas que los demás
– se les aplica un derecho excepcional, como el propio Tribunal que les juzga
– tampoco pueden ser castigados con el mismo rasero que los demás
– para ellos se reserva el exacerbamiento punitivo, cumplimiento integro, la exigencia de público arrepentimiento
El recorrido jurisdiccional del 18/98 no ha terminado
– cuando haya tenido tiempo de analizar los fundamentos de la sentencia, la defensa dará una rueda de prensa
– acudirá a todas las instancias… aunque pueda ser inútil si, como ha escrito Juan Pablo Antoñana, el derecho no es el ejercicio de la Justicia sino del poder que lo redacta
La sentencia sitúa a la Plataforma 18/98 ante sus propias limitaciones
– agradecemos, de corazón, la respuesta obtenida. Demuestra que muchos han entendido que no era problema «de otros», que es también su problema
– pero ni alardearemos de los apoyos recibidos, ni vamos a llorar por los que nos han sido negados
– esta Plataforma aspiraba sin duda a llegar a más gente, a lograr compromisos más fuertes, pero en este país ha sufrido y sufre mucha gente, demasiada, y respetamos el derecho de todos a administrar su solidaridad
– nosotros reconocemos nuestro límite: nuestra denuncia solidaria ha sido suficiente para detener este atropello
– esta experiencia dará, sin duda, qué pensar a los imputados en los sumarios pendientes de juicio sobre cuál pueda ser la línea de defensa y el ámbito de movilización más adecuado para reivindicar su quehacer político y social.
Por nuestra parte, conscientes de la dificultad del momento
– rota, lamentablemente, la tregua de ETA
– a la espera de los otros sumarios que van a ser objeto de juicio
– con la triste experiencia de una tutela judicial que no merece ese nombre
hacemos nuestra una frase, dicha en otro contexto, pero válida en éste
– aunque nos rompan los instrumentos hay que seguir con la música
No nos engañemos:
– el problema de fondo que se manifiesta en este despropósito judicial no se resuelve ante los Tribunales.
– estamos ante un problema político cuya solución tiene que ser política.
Es el momento de subir el nivel de exigencia
– con toda la energía que podemos, al tiempo que conscientes de nuestra limitada capacidad de representación e influencia,
– reiteramos nuestro llamamiento a todos los actores políticos y sociales, aquí presentes o ausentes, así como a las instituciones, que se lo tomen en serio
– sin esperar a marzo
Seguimos apelando a la sociedad para hacer realidad unos principios tan necesarios como elementales
– que la vulneración de unos derechos no se sana con la vulneración de otros
– que hay otra forma de resolver los conflictos políticos
– que podemos encontrarnos todos en una Euskal Herria respetuosa de su pluralidad
Por eso, porque queremos encontrarnos todos, rechazamos la estrategia de ilegalización encaminada a sacar de la comunidad política a un amplio espacio social, necesario para construir una Euskal Herria en libertad y en el respeto a los derechos humanos, civiles y políticos de todas las personas.
En respuesta a quienes le urgían la ilegalización de ANV, el ministro de Justicia pedía prudencia y decía que es un tema delicado que afecta a la médula del Estado de Derecho, a lo que debe ser permitido o debe ser proscrito. También con esta sentencia del 18/98 se redefinen los límites de la libertad. La libertad de los condenados, por supuesto, pero no solo la de ellos. Ahora bien, no es únicamente el Tribunal el que define esos límites. Nuestra respuesta ante la arbitrariedad es determinante.
– así, no es sólo que la justicia arbitraria que ha producido esta sentencia sea mala en sí misma
– es que para ser efectiva requiere nuestra complicidad, pues esta justicia perversa nos invita a compartir su labor inquisidora, nos invita a que cada uno de nosotros haga su propia lista de justos y pecadores. Y si aceptamos que la pregunta que salva al acusado de ser condenado no es ¿qué ha hecho? sino qué piensa o quién es, nos convertimos en inquisidores, voluntarios de fila cero de la Audiencia Nacional. Nos situamos, en fin, en el límite de la caza de brujas en que lo humano nos resulta ajeno.
Por eso es tan importante rebobinar, recuperar el principio básico de que aunque no comparto tus ideas, aunque las rechazo incluso, creo que se debe respetar tu dignidad y juzgarte por lo que haces, no por lo que creo que eres, o creo que piensas.
No sabemos si todos los juzgados en este sumario son justos, pero sí que no se les han probado las actividades terroristas que alega la acusación.
– no nos hagamos cómplices de un tribunal arbitrario e injusto, pongámonos en el lugar de los que han sido injustamente condenados, compartamos o no sus ideas y planteamientos.
Nota: Reproduce el guión del ponente, en su mayor parte desarrollado tal y como se expuso, pero en algunos puntos en forma sinóptica.