La Comisión Europea ha advertido a España de que no puede «tolerar» la inscripción de inmigrantes irregulares en el padrón. También ha advertido que cuando tenga conocimiento de esta situación de ilegalidad deberá optar por la expulsión o regularización. La comisaria de Interior, Cecilia Malmström, respondió así a una pregunta parlamentaria de un eurodiputado de […]
La Comisión Europea ha advertido a España de que no puede «tolerar» la inscripción de inmigrantes irregulares en el padrón.
También ha advertido que cuando tenga conocimiento de esta situación de ilegalidad deberá optar por la expulsión o regularización. La comisaria de Interior, Cecilia Malmström, respondió así a una pregunta parlamentaria de un eurodiputado de CiU sobre la legalidad de la decisión inicial del Ayuntamiento de Vic de no empadronar a los ‘sin papeles’ que no se llevó a la práctica.
Malmström recordó que la normativa comunitaria obliga a los Estados miembros a «expedir una decisión de retorno contra cualquier nacional de un tercer país que se encuentre en situación irregular en su territorio» pero que también permite «conceder un permiso de residencia u otra autorización que otorgue un derecho de estancia por razones humanitarias o de otro tipo».
Esta obligación fue propuesta por la Comisión y adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo para «reducir las ‘zonas grises’, evitar la explotación de las personas en situación irregular y mejorar la seguridad jurídica de todas las partes implicadas».
Ello implica, según la comisaria, que las autoridades españolas, «una vez que tienen conocimiento de la presencia en su territorio de un nacional de un tercer país que se encuentre en situación irregular, ya no son libres para tolerar esta situación sin iniciar los procedimientos de retorno o poner en marcha procedimientos para concederle el derecho a permanecer en su territorio».
En su respuesta al eurodiputado, Malmström ha señalado igualmente que los Estados miembros pueden decidir qué nivel administrativo -local, regional o federal- toma las decisiones relacionadas con el retorno o la concesión del derecho de permanencia. En todo caso, el Estado miembro es responsable ante la UE de la correcta aplicación de la normativa comunitaria «en la totalidad de su territorio».
Por último, aunque la Comisión no puede tomar medidas formales antes del 24 de diciembre de 2010, fecha en la que todos los Estados miembros tienen que incorporar a su ordenamiento jurídico la Directiva de retorno, ha pedido «velar» por el cumplimiento de las normas fijadas en la misma «tan pronto como sea posible».
Si bien, la Constitución española establece que el empadronamiento es un derecho y un deber de cualquier persona que habita en el país, con independencia de que su situación de residencia sea irregular. El empadronamiento da acceso a los servicios sociales, singularmente sanidad y educación, que desde mediados de los noventa se reconocen en las leyes estatales y autonómicas como un derecho universal de todo ser humano.
Fuente: http://www.expansion.com/2010/04/08/economia-politica/1270746765.html