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La firma del Expediente de Regulación de Empleo en la empresa se saldó con el despido de 785 trabajadores

CGT demanda a ONO ante la audiencia nacional por vulnerar el derecho a la libertad sindical

Fuentes: Rebelión

La firma del Expediente de Regulación de Empleo en ONO, que se saldó con el despido de 785 trabajadores, está siendo contestada por la Confederación General del Trabajo. A la presentación de un Recurso de Alzada contra el ERE y la petición de su anulación a principios de mayo, se suma hoy una demanda contra […]


La firma del Expediente de Regulación de Empleo en ONO, que se saldó con el despido de 785 trabajadores, está siendo contestada por la Confederación General del Trabajo. A la presentación de un Recurso de Alzada contra el ERE y la petición de su anulación a principios de mayo, se suma hoy una demanda contra el Grupo ONO, CC.OO., UGT, APLI y STC por vulneración del derecho a la libertad sindical.

CGT interpuso ayer una demanda por vulneración del derecho a la libertad sindical contra el denominado «Acuerdo final de la Comisión Negociadora del Expediente de Regulación de Empleo del Grupo ONO». La demanda está dirigida al Grupo ONO, CC.OO., UGT, APLI y STC y en ella se cita expresamente al Ministerio Fiscal al considerar que el referido Acuerdo conculca la legalidad vigente.

La razón de esta demanda está en que, en el acta del Acuerdo final de la Comisión Negociadora del ERE (785 despidos), en el Pacto Noveno se establecía la constitución de una Comisión Paritaria de Seguimiento formada por representantes designados por cada una de las secciones sindicales firmantes «del presente acuerdo» más miembros de la Dirección. En ese Acuerdo se establecía una hoja para firmarlo y tres casillas para expresar el sentido del voto (Sí, No, Abstención). De esta forma CGT firmó el acuerdo y manifestó en el apartado así habilitado el sentido de su voto, negativo al contenido del Acuerdo del ERE.

ONO, arguyendo este voto negativo, ha rechazado la presencia de CGT en la Comisión, una exclusión que carece de justificación y que supone una conducta arbitraria frente al resto de los sindicatos en la empresa y, por tanto, una clara conculcación del legítimo derecho de CGT a la Libertad Sindical.

En este sentido, existen numerosas sentencias del Tribunal Constitucional según las cuales «la exclusión de un sindicato de las negociaciones derivadas de un pacto que no ha firmado, ni al que se ha adherido, puede constituir una lesión al derecho a la libertad sindical». Y, en este caso, la vulneración va más allá puesto que «la única razón para privar al demandante de participar (…) sería la de haber votado en contra del contenido del acuerdo, cuando el propio acuerdo era susceptible de ser firmado, independientemente del sentido de su voto».

CGT, que apuesta por un sindicalismo de clase y que se debe a los trabajadores, recuerda que hace una semana denunció la existencia de un acuerdo previo a la negociación del ERE por el que los sindicatos que dieron su aprobación consiguieron 5 liberados sindicales cada uno además de ordenadores portátiles y móviles a cargo de la empresa.