El Juzgado de lo Penal número 3 de Burgos hizo ayer pública la sentencia que condena a Roberto Ortega Bayón -jefe de obra- y a José Luis Arranz Jaramillo -encargado de la obra- a las penas de un año y seis meses de prisión respectivamente por el accidente laboral ocurrido en la mañana del 13 […]
La sentencia, fruto del escrito de conformidad que firmaron conjuntamente el Ministerio Fiscal, las acusaciones y la defensa a finales del pasado mes de julio, establece que los condenados son responsables, sin necesidad de juicio, de diez delitos de homicidio y dos de lesiones, todos ellos por imprudencia grave, según informaron ayer fuentes jurídicas.
Los hechos recogidos en el fallo ocurrieron el 13 de enero del 2005 a las 8.00 horas, cuando uno de los operarios que trabajaba en la ampliación y renovación del carril bici de la ciudad, J. L. L. G., comenzó a manipular una garrafa de gasolina de unos 20 a 25 litros que repentinamente se incendió, por «motivos que no han sido totalmente esclarecidos». El trabajador, «sorprendido y asustado, arrojó la garrafa al suelo intentando sacarla del recinto de un puntapié sin conseguirlo». La garrafa rebotó contra la puerta y deflagró, lo que provocó una gran bola de fuego y gases superiores a los 700 grados centígrados que alcanzaron a los operarios que se encontraban más al fondo del local, que resultaron ser las diez personas fallecidas: José Luis Bustillo Nava, Rubén Vallejo Alonso, Benjamín Antonio Tejido Pomar, Alejandro Escarpellini, Benjamín Santamaría Pérez, Ángel García Martín, Rodrigo Pérez Pérez, Manuel Rey Benito, J. L. L. G., y Etimane Ould Ely.
Los dos heridos de gravedad fueron Raúl Benito García y José Vicario Calvo. En la sentencia se explica que ambos sufren secuelas actualmente y que han recibido las respectivas indemnizaciones, de 898.292,70 euros, el primero, y de 560.428 euros, el segundo.
Cambio de uso
Asimismo, el fallo aclara que la constructora responsable, Construcciones Arranz Acinas, «pagó todos los gastos de entierro y funeral de las víctimas, satisfizo a las familias varias nóminas de salarios gratuitamente para subvenir los gastos hasta que causaran la pensión pertinente y creó una fundación con el fin de coadyuvar la atención y asistencia de los accidentados y su familiares». Así mismo, la empresa ha indemnizado a las familias de los fallecidos con un total de 2.111.280 euros.
El fallo recuerda que el plan de seguridad y salud de la empresa prohibía expresamente almacenar «combustibles líquidos» en un local destinado al vestuario de los trabajadores y que «el inmueble comenzó a albergar pequeña maquinaria con el paso del tiempo». Esta circunstancia era «conocida y consentida por José Luis Arranz y por Roberto Ortega», quienes no informaron al departamento de prevención de riesgos de la constructora Arranz Acinas.