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Un juez condena al arzobispo de Granada y deja claro que la Iglesia debe someterse a la ley

Cuando el pecado es delito

Fuentes: Público

Y el arzobispo fue por primera vez condenado por la justicia de los hombres. Ni siquiera el testimonio «faltando a la verdad» de los sacerdotes de la catedral -subordinados que le deben obediencia- impidieron que Francisco Javier Martínez Fernández, prelado de Granada, deba pagar 3.650 euros de multa por un delito (pecado) de coacciones y […]

Y el arzobispo fue por primera vez condenado por la justicia de los hombres. Ni siquiera el testimonio «faltando a la verdad» de los sacerdotes de la catedral -subordinados que le deben obediencia- impidieron que Francisco Javier Martínez Fernández, prelado de Granada, deba pagar 3.650 euros de multa por un delito (pecado) de coacciones y 150 más por una falta (pecado) de injurias a otro sacerdote de su diócesis, Francisco Javier Martínez Medina. Sin embargo, el magistrado Miguel Ángel Torres, famoso por haber instruido el caso Malaya contra la corrupción, absolvió al arzobispo de los delitos (pecados) de lesiones psicológicas y contra la integridad moral. El arzobispo, que podría ir a la cárcel si no paga la multa, puede recurrir.

La histórica sentencia, del pasado 7 de diciembre, impone límites al poder de la curia eclesiástica sobre sus subordinados y deja meridianamente claro que los obispos y arzobispos, en el ejercicio de su cargo, están sometidos a las leyes de los hombres: «El Estado no puede quedar inactivo en el caso de que la normativa canónica o su aplicación por las autoridades pueda atentar contra los derechos de las personas», escribe Torres. Y agrega: «Los poderes públicos en estos casos están obligados a actuar».

La defensa del arzobispo alegaba la incompetencia de la justicia terrenal para resolver el caso dado que el sacerdote está sometido al poder de Martínez Fernández en el seno de la Iglesia. Torres rechaza el argumento y recuerda que los privilegios desaparecieron de España en 1.976, con el acuerdo entre el Estado y la Santa Sede. Añade, además, que «la facultad de organizarse de la Iglesia católica tiene que tener como límite el orden público y los derechos y libertades reconocidos en la Constitución». Exactamente igual que cualquier asociación. Y para que no quede lugar a dudas de la idoneidad del juicio, remacha: «En el orden penal, aunque en el seno de la Iglesia, la situación del arzobispo y del sacerdote sea diferente, se trata sin más de dos ciudadanos iguales en derechos y obligaciones».

Delitos y faltas

El juez Torres asume que todo el asunto entre el arzobispo y el sacerdote se resume en el afán de «desterrar» a Cajasur, caja de la Iglesia, de los asuntos relacionados con la diócesis de Granada. Martínez Fernández, obispo de Córdoba entre 1996 y 2003, cuando fue trasladado a Granada, había mantenido sonados enfrentamientos con Miguel Castillejo, entonces presidente de la entidad de ahorro cordobesa. Martínez Medina gozaba de la confianza de Antonio Cañizares, anterior arzobispo de Granada, y de Castillejo, quien le nombró consejero general de Cajasur.

Cuando el arzobispo desembarcó en Granada, el sacerdote Martínez Medina estaba al cargo de dos proyectos, ambos financiados por Cajasur, para conmemorar el V centenario de la muerte de la Reina Isabel la católica: la creación de un museo de la catedral y la edición de un libro sobre el templo. «La intención [del arzobispo] era romper toda la relación con Cajasur, malogrando los proyectos en curso». El juez considera que así puede actuar el arzobispo en cumplimiento de su cometido eclesial. El museo lo paralizó rápido, pero el libro siguió su curso, impulsado por la caja cordobesa, a pesar de que Martínez Medina, en cumplimiento de las órdenes arzobispales se retiró.

Así, «en su afán» por bloquear el estudio, Martínez Fernández se extralimitó. «El arzobispo llama por teléfono a Martínez Medina y a gritos le dice que él es el único dueño de la catedral y que si no detiene la publicación del libro pagará sus consecuencias y que con látigo le enseñará a obedecer, acusándole de ser un mal sacerdote», reza el fallo. Sin embargo, estas frases no provocan la falta de injurias, que proviene de una carta en la que el arzobispo acusaba en falso al sacerdote de «apropiación indebida y extorsión a la Iglesia».

Torres entiende que el prelado cometió el delito de coacciones al suspender a su subordinado de su puesto, en lugar de echarlo sin más. «Trataba de presionar a Martínez Medina de modo que si quería volver a su cargo, tenía que impedir la publicación del libro», escribe. El juez rechaza, sin embargo, las acusaciones de mobbing porque, aunque el sacerdote «ha sufrido un ataque a su dignidad y libertad», la actuación del arzobispo no es «la causa de todos sus males». En medio del caso, murió su madre.