Pese a las «graves» vulneraciones del «derecho a la tutela judicial efectiva» hacia los sin papeles, denunciadas por el Consejo General de la Abogacía Española, en la práctica nada ha cambiado. «Ahora mismo», según declara a DIAGONAL Miguel Ángel Muga, abogado del turno de oficio de Extranjería del Colegio de Abogados de Madrid, «el 90% […]
Pese a las «graves» vulneraciones del «derecho a la tutela judicial efectiva» hacia los sin papeles, denunciadas por el Consejo General de la Abogacía Española, en la práctica nada ha cambiado.
«Ahora mismo», según declara a DIAGONAL Miguel Ángel Muga, abogado del turno de oficio de Extranjería del Colegio de Abogados de Madrid, «el 90% de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, que son los competentes en extranjería, inadmiten a trámite los recursos presentados por el letrado designado por el turno de oficio», si éste no logra acreditar antes la representación de los sin papeles que defiende. «Esto pasa con el 90% de los recursos, con lo cual se deja en indefensión al inmigrante. Aunque no se pueda llevar a cabo la orden de expulsión, como ésta queda en vigor al no poder ser recurrida, la persona tendrá de tres a diez años, una prohibición de entrada en el país inaplicable, que le impedirá tramitar ningún tipo de permiso de trabajo y residencia, condenándole a la ilegalidad», resalta Muga. Esta situación puede afectar a miles de casos, pues impide que los jueces encargados de corregir los expedientes entren a valorarlos.
Pese a que esta actitud de los tribunales ya fue denunciada públicamente hace un mes por la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (SECGAE), no se ha producido ningún avance. «Ahora mismo, la sección Segunda, que sí nos admitía los recursos, también ha dejado de hacerlo, al quedar en minoría el magistrado que defiende este planteamiento», informa Muga.
Según declaraciones a la agencia EFE del presidente de la SECGA, Pascual Aguelo, del 21 de diciembre, se «vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, un derecho vinculado a la dignidad humana» y la administración halla un campo «de total impunidad» contra los extranjeros. «En Madrid, el tema de extranjería está desbordado. En el turno de oficio hay guardias diarias para atender 150 casos de devoluciones o personas detenidas por ‘ilegales’. Algunos días, no llegamos», cuenta Muga. Según el abogado, durante el año 2000 la Policía abrió unos 85.000 expedientes de expulsión, cuando sólo tenía presupuesto para realizar realmente unas 15.000 expulsiones al año.
La Administración tiene seis meses, desde que inicia el procedimiento, para notificar al inmigrante la orden de expulsión. Ante la avalancha de casos, la propia Policía no da abasto para, en ese plazo, notificar a los abogados la orden de expulsión, con lo cual éstas caducan. Entonces, el abogado presenta en la Delegación de Gobierno un escrito solicitando el cierre del expediente. Pasado el plazo para contestar (generalmente ésta no lo hace), el letrado presenta un recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) correspondiente.
Aquí surge el problema: las diferentes salas del TSJ de Madrid no admiten esos recursos si antes el abogado no acredita ser el representante legal, con una comparecencia en los propios juzgados del inmigrante, o un poder notarial firmado por éste. Algo que según los abogados, es muy difícil para los inmigrantes. Esta reacción de los juzgados se debe, además de a una «interpretación jurídica más que discutible, a la saturación que ha provocado en materia de extranjería, la concepción de la inmigración y las prácticas consecuentes con ésta, de las administraciones, que ‘pagan’ los sin papeles», concluye Miguel Muga.