El nuevo Código Penal español, que introduce nuevos delitos y endurece las penas para las infracciones más graves como la pederastia, terrorismo o corrupción, entró hoy en vigor al haber transcurrido seis meses desde su publicción en el Boletín Oficial del Estado. Entre algunas de las modificaciones y novedades del actual texto destacan las siguientes: […]
El nuevo Código Penal español, que introduce nuevos delitos y endurece las penas para las infracciones más graves como la pederastia, terrorismo o corrupción, entró hoy en vigor al haber transcurrido seis meses desde su publicción en el Boletín Oficial del Estado.
Entre algunas de las modificaciones y novedades del actual texto destacan las siguientes:
Nuevos delitos
Se tipifican como nuevos delitos la captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación en terrorismo. También lo serán la captación de menores para espectáculos pornográficos, la piratería aérea o marítima, el cohecho entre particulares, el acoso laboral, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos, el reclutamiento de niños soldados, el tráfico ilegal de órganos y la trata de personas. Del mismo modo, maltratar a un animal sin necesidad de ensañamiento será considerado delito.
Se endurecen unas penas…
Para los delincuentes más peligrosos, como pederastas y terroristas, se prevé la libertad vigilada durante hasta 10 años una vez que hayan cumplido su pena. Además, se evitará que puedan residir cerca de sus víctimas o se acerquen a éstas. Los pederastas, terroristas y miembros de organizaciones criminales con condenas superiores a 5 años de prisión no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de su condena. No prescribirán los delitos de terrorismo con resultado de muerte.
El nuevo código también eleva las penas de delitos como el fraude a las haciendas públicas, los urbanísticos y contra el medio ambiente, el cohecho y el tráfico de influencias. Serán castigadas las obras ilegales y las autoridades que las silencien.
…se reducen otras
Los delincuentes reincidentes de pequeños robos cumplirán condena los fines de semana y días festivos, para no incrementar el problema de la masificación de los centros penitenciarios. Suprime también la pena de cárcel para los vendedores de copias ilegales de productos audiovisuales a pequeña escala y establece que sólo se les podrá castigar con multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Los cambios supondrán la excarcelación de más de 200 personas que están cumpliendo penas por delitos menores de narcotráfico, según comunicó el ministro de Justicia, Francisco Caamaño.
Más medidas contra el acoso
Se incrimina por primera vez de manera diferenciada el acoso laboral y el acoso inmobiliario, para defender a las víctimas que hayan sido obligadas a abandonar su vivienda para obtener objetivos especuladores.
Igualmente, se introduce la regulación del denominado ‘child grooming’ (ciber acoso infantil), es decir, la utilización de internet con fines sexuales contra menores . Las penas por abusos podrán legar hasta los 15 años de cárcel.
Cuidado en la carretera
Todos los delitos relacionados con la seguridad vial (como exceso de velocidad o conducir bajo los efectos del alcohol, las drogas, sin carné o sin puntos) pueden conllevar el decomiso del vehículo, si bien la decisión dependerá del juez.
Además se castigará con penas de entre tres y seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad al que conduzca por encima de 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 en vía interurbana o bajo los efectos de alcohol o drogas.
Mano dura a las empresas
La norma regula por primera vez la responsabilidad penal de las empresas, que serán multadas, inhabilitadas o incluso disueltas si delinquen o toleran la comisión de conductas delictiva.
Incorpora como figura delictiva la denominada estafa de inversores, o falseamiento de informaciones sobre recursos o actividades de las empresas para captar inversores u obtener créditos o préstamos. Del mismo modo, se castiga la difusión de noticias o rumores para alterar o preservar el precio de cotización de un instrumento financiero.
Fuente: http://www.publico.es/espana/353155/el-codigo-penal-se-endurece