El pasado 20 de diciembre la Sanidad Canaria fue objeto de debate en el Parlamento de Canarias. Estaban sobre la mesa los datos de que la sanidad privada facturó un 9,28% más al Servicio Canario de Salud en 2021, aumentando en un 15,46% las intervenciones quirúrgicas.
Ante la propuesta del PP de derivar de manera obligatoria a la privada las pruebas diagnósticas o cirugías preferentes que se demoren más de un mes, el presidente del Ejecutivo regional declaró que “Este Gobierno de Canarias trabaja bien con la sanidad concertada” y que “Gestionar mejor los recursos públicos es una obligación de cualquier gobierno, incluso con la sanidad privada”. Toda una declaración de principios privatizadores neoliberales que debería abochornar a cualquier persona de izquierdas en Canarias.
Hay una privatización “activa” de la provisión sanitaria, realizada por las administraciones con sus decisiones a través de conciertos, concesiones y otras fórmulas. También hay una privatización pasiva (o inducida) del aseguramiento; es decir, la compra de seguros médicos privados a causa de las deficiencias (generalmente, listas de espera) de la sanidad pública, relegando a un muy segundo plano las reformas que precisa el Servicio Canario de Salud.
Para la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública de Canarias (ADSPC) la privatización inducida es, con mucho y de lejos, la más dañina y letal para la sanidad pública. Está causada por unas administraciones sanitarias que infrafinancian su sanidad y que carecen de voluntad política e instrumentos para gestionarla de forma que responda a las necesidades de la ciudadanía. Lo más peligroso de la privatización pasiva es que, por ser silenciosa, no causa alarma social. Carece de coste político para los gobiernos que empujan al aseguramiento médico privado a sectores de las «clases medias con recursos». La huida al seguro privado de un porcentaje alto de la población, es letal para la sostenibilidad social y política de la sanidad pública.
Pues bien, en Canarias además del crecimiento del aseguramiento privado, en torno a un 20% frente al 22,5% de media en el Estado (datos de 2019 de la Unión Española de Entidades Aseguradoras -Unespa-), el presidente del gobierno aludió a una orden aprobada hace casi veinte años (el 15 de mayo de 2003), pero aún en vigor. Es la que establece los plazos máximos de respuesta a determinados procedimientos quirúrgicos a cargo del Servicio Canario de Salud según la prioridad de la intervención (las urgentes, en menos de treinta días) y da la posibilidad de derivar a los pacientes a los centros concertados para garantizar su cumplimiento.
Con su respuesta, el presidente Torres anunció la “voluntad” del Gobierno de actualizar dicha orden, es decir, pasar a potenciar la privatización “activa” desviando los fondos públicos para lucro del empresariado del sector sanitario privado, en vez de dedicarlos a reforzar la Sanidad Pública, haciéndola autosuficiente al 100 %.
Ni que decirse tiene que esta respuesta espoleó la exigencia de aplicación de la orden por parte de la bancada del PP, manifestándose al respecto plena sintonía entre el presidente del gobierno y la oposición de derechas, lo cual debe constituir toda una “declaración de alarma” para la movilización en Defensa de la Sanidad Pública de Canarias que, por cierto, tiene otro elemento en la queja presentada recientemente por la ADSPC, que el Diputado del Común ha admitido a trámite, por ser la actual X legislatura la cuarta en la que sigue en trámite en el Parlamento de Canarias la Iniciativa Legislativa Popular “7L/ PPLP-0027 Para la Defensa y Promoción de la Salud y la Sanidad Pública en Canarias”, desde su presentación en octubre de 2010 (VII legislatura) con casi 25.000 firmas de respaldo de la ciudadanía canaria a la misma.
Desde la ADSPC seguimos aspirando a que dicha ILP sirva para tener una Ley Canaria de Salud y Sanidad que garantice el carácter público de la titularidad, financiación, gestión y provisión de los servicios sanitarios y sociosanitarios. La prestación y gestión de los servicios sanitarios y sociosanitarios del Sistema Canario de Salud debe llevarse a cabo con medios propios o mediante acuerdos, convenios o contratos con personas o entidades públicas.
En cuanto a la Salud Pública, también se priorizaba en la ILP aunque debemos tener en cuenta que la Agencia Estatal de Salud Pública (AESP) ya prevista en el artículo 47 de la Ley 33/2011, General de Salud Pública no ha estado en la mesa de decisiones hasta la llegada de la pandemia del COVID-19, cuyo impacto podría haberse reducido, a tenor de algunos expertos, si hubiese existido una estructura estatal de este tipo. La Agencia Estatal debe articularse en forma de nodos en red autonómicos y locales.
El detonante de la pandemia de COVID-19, debe servir para dejar asentado que la Salud Pública se enfrenta a problemas constatables y medibles, pero también a riesgos desconocidos (o poco conocidos) e impredecibles. Estos últimos van a exigir una AESP fuerte y con recursos, así como una red autonómica y local basada en la colaboración, participación y decisión colegiada que debe estar perfectamente regulada también en la Ley Canaria de Salud y Sanidad.
Finalmente, otro eje esencial de la ILP se centraba en los instrumentos de participación profesional y ciudadana (Consejos de Salud), haciéndola posible en las decisiones sobre gestión sanitaria. Deberá ser una participación deliberativa y corresponsable que pasa por desarrollar la legislación sobre participación en dichos sentidos, dentro del marco competencial de cada órgano legislativo, pudiendo abordarse, en lo que atañe a la sanidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la necesaria Ley Canaria de Salud y Sanidad.
¡Seguiremos insistiendo en todo ello!
Arturo Borges Álamo, Secretario de la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública de Canarias (ADSPC).