El «derecho a la verdad» ampara, en primer lugar, a las propias víctimas de las violaciones manifiestas de los derechos humanos, con particular intensidad a los familiares de crímenes de desaparición forzada de adultos o niños. Pero también es un Derecho internacionalmente reconocido respecto del conjunto de la sociedad donde tales crímenes se perpetraron. En […]
El «derecho a la verdad» ampara, en primer lugar, a las propias víctimas de las violaciones manifiestas de los derechos humanos, con particular intensidad a los familiares de crímenes de desaparición forzada de adultos o niños.
Pero también es un Derecho internacionalmente reconocido respecto del conjunto de la sociedad donde tales crímenes se perpetraron.
En palabras del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos:
«El derecho a la verdad también tiene un aspecto social: la sociedad tiene derecho a conocer la verdad sobre los acontecimientos del pasado que se refieren a la comisión de crímenes aberrantes, así como sobre las circunstancias y los motivos por los que se perpetraron, a fin de evitar que se repitan en el futuro.»
(Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, sobre el «derecho a la verdad», de 9 de enero de 2006 en cumplimiento de la resolución 2005/66 de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas).
Dar a conocer la verdad sobre tales violaciones forma parte de los deberes de «promover, respetar y garantizar» los derechos humanos de todo Estado de Derecho.
Forma parte del debido reconocimiento social de las víctimas en toda su dignidad como víctimas de tales crímenes inhumanos y por lo tanto es una de las formas de su reparación.
Esto es lo que se disponen a denunciar en las próximas horas ante el Defensor del Pueblo de España, según ha confirmado Miguel Ángel Rodríguez Arias, experto en Derecho penal internacional, autor de las primeras investigaciones jurídicas sobre las desapariciones forzadas del franquismo -el caso de los niños perdidos del franquismo, las fosas de Franco y la diligencia debida del Estado y otros estudios-, y autor de la reciente denuncia al Gobierno de España por «trato inhumano a las familias» ante el Relator Especial de Naciones Unidas para la prevención de la tortura y el trato inhumano.
Lo que no puede ser -explica el experto- es que todo un Gobierno se dedique a intoxicar y desdibujar desde sus declaraciones y webs oficiales el derecho de los españoles a «conocer la verdad» sobre el contenido esencial de los derechos humanos. Eso no es «servir con objetividad los intereses generales de la nación» en esta materia como dice la Constitución ni cumple con el derecho fundamental a «recibir información veraz» por parte de los poderes públicos.
-«Negacionismo» de los crímenes contra la humanidad de Franco.
Así denuncian la propia «negación» de los «crímenes contra la humanidad» del franquismo, a la «negación» del deber fundamental del Estado de buscar a los desaparecidos conforme a todos los tratados, no las familias.
Lo que, dicen, les parece especialmente inaceptable cuando el propio Consejo de Europa lleva desde su decisión marco del año 2002 aprobando instrumentos y haciendo llamamientos a los Estados miembro para que en su territorio se prevengan todas las formas de «negación o banalización pública de los crímenes definidos en el artículo 6 del Estatuto del Tribunal Militar internacional adjunto al Acuerdo de Londres de 8 de abril de 1945», como forma de protección y rehabilitación de las víctimas.
En España se da la paradoja de que no tiene apenas presencia ni se hace necesario la acción de grupúsculos de ultraderecha como en Alemania o Austria que nieguen activamente en sus mensajes los crímenes contra la humanidad de Franco.
La existencia de decenas de miles de auténticos «crímenes contra la humanidad» ya lo niega el Gobierno y el Fiscal General del Estado. Nombrado por dicho Gobierno y jerárquicamente subordinado a éste.
– Se ha mentido al Parlamento de la Nación en varias ocasiones ocultando el antecedente legislativo franquista de la Ley de la Memoria y otros textos legales impulsados por el Gobierno.
El artículo 88 de la Constitución española establece: «Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos».
Es un deber constitucional y una garantía básica de democracia y del voto consciente y responsable por parte del Parlamento, depositario de la soberanía nacional.
En la exposición de motivos de la «ley de la memoria» se omite toda mención a la Orden de 1 de Mayo de 1940 (Boletín n. 130, de 9 de mayo) sobre exhumaciones e inhumaciones de cadáveres asesinados por los rojos, cuyo sistema de búsqueda familiar -no estatal- por parte de los familiares es el que sigue la ley de la memoria.
No es aceptable que ese hecho haya sido ocultado al Parlamento y al conjunto de la ciudadanía omitiéndolo en su Exposición de motivos e incumpliendo su obligación constitucional expresa.
No será tampoco el único caso.
Señalan como la Exposición de Motivos del Real Decreto 636/2010, de 14 de mayo por el que este Gobierno establece el Museo del Ejército en el Alcázar de Toledo realiza una exposición cronológica de los distintos antecedentes legislativos, de todos, menos uno, que siguiendo la cronología de la Exposición de motivos se saltan entre unas y otras normas que si que son citadas: el Decreto 335/1965 de 5 de febrero dictado por Franco. El Decreto que establece el deber de trasladar el Museo del Ejército a Toledo, pero que se omite en la Exposición de Motivos de ley del Gobierno Zapatero que establece justamente el traslado a ese mismo lugar.
El Parlamento tiene derecho a saber de donde vienen las leyes que se le ponen delante para que las vote. Lo dice el artículo 88 de la Constitución. Y la ciudadanía tiene exactamente el mismo derecho.
«Tanto hablarnos de la ‘memoria’ en vez de ‘derechos humanos’ que es de lo que nos tenían que haber hablado, y éste Consejo de Ministros ha tenido un problema de ‘amnesia selectiva’ pasmoso a la hora de redactar las Exposiciones de Motivos de sus leyes de origen franquista. Esta es la ‘memoria’ del Gobierno. Un truco de prestidigitación para hacer desaparecer unos ‘derechos humanos’ electoralmente incómodos del escenario», añaden.
– Falsedades en la web oficial de Moncloa sobre el Protocolo de Exhumaciones que de ninguna manera cumple con Naciones Unidas.
La más reciente violación del «derecho a conocer la verdad» sobre el contenido de las normas internacionales de derechos humanos, hace referencia al reciente Protocolo de exhumaciones que el Gobierno se ha atrevido a sostener desde la página web de Moncloa que sigue el Protocolo de Exhumaciones de naciones Unidas, en un nuevo intento de falsificar el contenido de los instrumentos internacionales de derechos humanos: el protocolo de Exhumaciones de Naciones Unidas se fundamenta en que es el Estado el que debe buscar, exhumar, identificar y restituir a los desaparecidos a sus familias. Basta con dar un vistazo a lo que decía la web oficial de Moncloa, y a lo que dice en realidad la web de Cruz Roja internacional por ejemplo que es una de las que recoge esto.
Para Rodríguez Arias, autor de la denuncia, la conclusión es clara:
«Falsifican los derechos humanos reconocidos por la comunidad internacional, no por Zapatero, a las víctimas de Franco. Falsifican el alcance real de los deberes impuestos al Estado. Lo han venido haciendo todos estos años. Lo peor de todo es que ‘falsificar derechos’ no es solo falsificar, es robarles a las victimas el contenido real que hay detrás.
Este Gobierno no ha protegido, de ninguna manera, los derechos humanos de estas personas. Este Gobierno ha actuado para proteger sus propios intereses electorales, y si para ello ha tenido que pasar por encima de todos los tratados internacionales de derechos humanos lo ha hecho. Hemos identificado más de 20 artículos distintos violados de entre los principales textos internacionales de derechos humanos, que queremos enumerar con toda claridad: los artículos 2, 6, 7, 14, 17, 23 y 24.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; los artículos 2, 3, 8 y 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos; y los artículos 2, 3, 5, 7, 8, 11, 12, 24 y 25 de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Los artículos 1, 2, 12 y 16 de la Convención internacional contra la Tortura y otros Tratos Inhumanos, Crueles, o Degradantes.
Y en realidad son más artículos de otros muchos instrumentos y faltan otros fundamentales como la Convención de los Derechos del niño y varios más; Sumando otras directrices y recomendaciones internacionales sobre derechos humanos creemos que todo sumado se podría llegar a la cifra de las 50 normas internacionales distintas violadas por este Gobierno respecto del conjunto de víctimas de Franco y también sobre eso estamos preparando un informe jurídico, citándolas una por una, para que cualquier ciudadano pueda leerlo y desmontar toda esta gran mentira».
«Si no les han robado más normas internacionales de derechos humanos a estas víctimas, es porque no existen. Su desprecio a la legalidad internacional y los derechos de las personas ha sido absoluto», concluyen.