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La sanción proviene del impago de una deuda tributaria y sus correspondientes intereses

El Tribunal Supremo condena al presidente de El Corte Inglés con 4 millones de euros

Fuentes: Rebelión/Agencias

Una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha condenado al presidente de El Corte Inglés, Isidoro Álvarez, al pago de una sanción de 3,98 millones de euros, surgida de la liquidación del IRPF del año 1991 más el aumento de sus intereses. El tribunal aceptó el recurso de casación presentado […]

Una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha condenado al presidente de El Corte Inglés, Isidoro Álvarez, al pago de una sanción de 3,98 millones de euros, surgida de la liquidación del IRPF del año 1991 más el aumento de sus intereses.

El tribunal aceptó el recurso de casación presentado por el abogado del Estado contra un fallo de la Audiencia Nacional y consideró que no ha existido la «prescripción de la deuda tributaria y que la liquidación tributaria se ajusta a derecho».

De los 662 millones de pesetas (3,98 millones de euros) de deuda que afloran por la liquidación efectuada por la Agencia Tributaria a Isidoro Álvarez, 417,3 millones (2,5 millones de euros) proceden de la cuota diferencial del impuesto y 244,7 millones (1,47 millones de euros) de intereses de demora. El origen de este procedimiento surge de una inspección de la Agencia Tributaria iniciada el 1 de marzo de 1996 por las operaciones efectuadas por Isidoro Álvarez con 220 bonos austríacos.

Según se detalla en la sentencia, Álvarez compró la deuda pública austríaca el 27 de noviembre de 1991 por un importe de 2.228 millones de pesetas (13,39 millones de euros). Además, señala que los bonos fueron vendidos el 20 de diciembre siguiente por 1.313 millones (7,89 millones de euros) y que cuatro días antes de la venta había percibido 760,7 millones de pesetas (4,57 millones de euros) en concepto de cupón.

Hasta junio de 1997, la inspección requirió documentación detallada sobre la compraventa de estos títulos a Álvarez, pero el presidente de El Corte Inglés nunca aportó la información solicitada.

Además, para el alto tribunal las explicaciones aportadas por la defensa del defraudador son «incongruentes» y que las operación financiera aducidas en descargo del ahora condenado «no existió en absoluto o sólo en términos ‘pantalla’, a fin de [presentar] una disminución patrimonial improcedente por inexistente».

El Supremo pone también de relieve «que la actitud del sujeto pasivo -Isidoro Álvarez- no presentando la documentación que se le requirió coadyuva a la conclusión de que no existió la operación de disminución patrimonial esgrimida».

Negro historial

A pesar de las sentencias condenatorias que acumula El Corte Inglés, su imagen sigue siendo intachable en los grandes medios de comunicación e instituciones del régimen.

Así, el pasado 6 de febrero la Real Academia Española de Ciencias Morales y Políticas otorgó a Isidoro Álvarez, la primera medalla de oro que concede la institución en reconocimiento por trayectoria profesional y humana.

Para la concesión de este galardón no se tuvieron en cuenta las numerosas sentencias condenatorias existentes contra El Corte Inglés por vulnerar los derechos de los trabajadores, y en especial la de marzo de 1998, del Tribunal Constitucional provocada por la violación del derecho constitucional de Libertad Sindical al promocionar profesional y salarialmente a los representantes sindicales de FASGA y FETICO (sindicatos amarillos dirigidos por la propia empresa) y en perjuicio de los de CC.OO. y UGT.

Otras condecoraciones igualmente reprobables, fueron la Medalla de Oro al Mérito en el Trabajo otorgada por el Ministerio de Trabajo en 2006 y el título de Mejor Empresario del Año otorgado por la revista Actualidad Económica en 2002.