«He visto que al final el Parlamento Europeo ha conseguido que en España se imponga el canon a las bibliotecas. Inicialmente va a pagarse por las bibliotecas, pero claramente ese dinero no se podra emplear en comprar nuevos libros, asi que salimos perdiendo igualmente. Llevaban bastante tiempo a vueltas con este canon, el gobierno de […]
«He visto que al final el Parlamento Europeo ha conseguido que en España se imponga el canon a las bibliotecas. Inicialmente va a pagarse por las bibliotecas, pero claramente ese dinero no se podra emplear en comprar nuevos libros, asi que salimos perdiendo igualmente. Llevaban bastante tiempo a vueltas con este canon, el gobierno de España rechazandolo y la UE vuelta otra vez.» EL coste del canon lo asumirá el Ministerio de Cultura y las comunidades autónomas. Es cierto que este canon viene impuesto por una directiva europea y no es decisión del Gobierno. Pero es significativo el concepto que tienen algunos gobernantes del dinero público, ya que la ministra del ramo ha asegurado que «en ningún caso se le cargará al ciudadano dicho canon a través de las bibliotecas públicas porque lo pagará, si no hay otra alternativa, el propio Ministerio«. ¿Que no se le cargará el canon al ciudadano? ¿Alguien le puede explicar a esta señora de dónde sale el dinero de su Ministerio y de todos los ministerios?
En octubre de 2006 el Tribunal de Justicia [sic] de la Unión Europea condenaba ya a España por eximir a las bibliotecas de pagar el canon por préstamo
Estuve buscando información sobre el tema (ya firmé hace tiempo en contra, pero he vuelto a empezar casi de cero) y descubrí cosas curiosas:
- La directiva 92/100/CEE es –como su «etiqueta» indica– ¡del año 1992!
- Cuando se abrió expediente a España, también se abrió a Italia, Luxemburgo, Grecia, Portugal e Irlanda.
- También se adoptaron acciones legales contra Dinamarca, Finlandia y Suecia por aplicar el canon de manera parcial.
- Ha habido mucho movimiento en contra del canon para las bibliotecas (en España y también en Italia y en Portugal).
Reflexión
En 1992 el Consejo de la Comunidad Económica Europea (órgano formado por los ministros «del ramo» de los 12 países que entonces formaban lo que hoy es la Unión Europea) aprueba una directiva –draconiana, en mi opinión, para el común de los mortales– sobre derechos de autor.
Catorce años después, siete de los doce países firmantes tienen expediente abierto porque han «traspuesto mal» la directiva en cuestión.
El artículo 5.3 de dicha directiva lo dice claro: «Los estados miembros podrán eximir a determinadas categorías de establecimientos del pago de la remuneración […]».
El Tribunal de Justicia [sic] europeo considera que España no puede eximir a todas las bibliotecas públicas del pago del canon porque «va en contra del objetivo de la directiva».
¿Cómo está tan seguro el Tribunal de cuál era el objetivo de la directiva si la mayoría de los países firmantes (de los «legisladores») la han «traspuesto mal»? ¿Biblioteca no es acaso una categoría de establecimientos?
¿Cómo es posible que los intereses de las empresas editoras (digooooo, de los autores), que son minoría –y que aún lo eran más claramente antes de la generalización de Internet–, se antepongan a los intereses de la mayoría de los ciudadanos?
Paradojas de la democracia… Y luego se extrañan de que la Constitución Europea aquella no consiguiese entusiasmar más que a Pepe Borrell…