El Pleno del Ayuntamiento de Murcia ha asumido, con los votos a favor de PP y Ciudadanos, una moción del grupo de extrema derecha VOX para que se «obligue» a los centros educativos del municipio a colocar la bandera de España en lugar bien visible a la entrada de los mismos (algo que ya ocurre en todos los centros educativos de la Región, junto con la bandera de la Comunidad Autónoma y la de la UE. Claro que esto no debe de saberlo el Sr. Antelo, artífice «de jure» de la mencionada propuesta, y que no creo que haya pisado muchos colegios). En la misma, también se insta a colocar el retrato del Rey, Felipe VI, en las aulas (en algunas está todavía el del «emérito y su santa») y, atención, «A que suene el Himno nacional, una vez que el alumnado haya accedido a las aulas», tal y como reza, y nunca mejor dicho, la propuesta original. La reforma introducida durante la discusión de la moción, reduce al parecer el que el himno suene con motivo de “ocasiones solemnes”.
La cosa no deja de tener su enjundia. Me explico. No existe normativa estatal ni regional al respecto, por lo que los centros educativos, sobre todo los de Educación Infantil y Primaria, que son en los que el alumnado entra a la vez, suelen indicar la hora de entrada o bien con una sirena, bastante molesto, por cierto, o bien con diferentes tipos de música, fundamentalmente clásica, lo que se repite a la hora de salir y entrar del recreo y a la hora de la salida al final de la jornada.
Si nos atuviésemos a la propuesta original de VOX, una vez que el alumnado estuviese en sus aulas, sonaría el Himno nacional. Bien. En primer lugar, imaginemos que la llegada del alumnado a las clases se produce con puntualidad británica. Ya están todos y todas en sus puestos, se han despojado de las mochilas, se ponen de pie respetuosamente y suena el Himno, calculemos para esta operación previa, aproximadamente entre 3-4 minutos, a lo que habría que sumar el tiempo dedicado a la escucha patriótica. Pongamos unos 10 minutos de una clase de 50.
¿Qué dice la Ley en vigor?
Todo lo relativo al uso, regulación e interpretación del Himno nacional está recogido en el Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre.
Concretamente, el Artículo 2, establece las características técnicas y musicales, así como el tiempo de duración, 52 segundos para la versión completa y veintisiete para la breve.
En el Artículo 3, se establece cuando procede interpretar el himno. Es un artículo importante, pues arroja luz, precisamente, sobre lo debatido en el Pleno municipal.
Dice así: El himno nacional será interpretado, cuando proceda:
1. En versión completa: a) En los actos de homenaje a la Bandera de España.
b) En los actos oficiales a los que asista Su Majestad el Rey o Su Majestad la Reina.
c) En los actos oficiales a los que asista la Reina consorte o el consorte de la Reina.
d) En los demás actos previstos en el Reglamento de Honores Militares.
2. En versión breve:
a) En los actos oficiales a los que asistan Su Alteza Real el Príncipe de Asturias, Su Alteza Real la Princesa de Asturias o Sus Altezas Reales los Infantes de España.
b) En los actos oficiales a los que asista el Presidente del Gobierno.
c) En los actos deportivos o de cualquier otra naturaleza en los que haya una representación oficial de España.
d) En los demás casos previstos en el Reglamento de Honores Militares.
El resto del RD establece cuestiones relativas a las actitudes de respeto y el orden en que debe reproducirse en caso de coincidir con otros himnos: Comunidades Autónomas, corporaciones locales, etc.
Lo que si queda claramente establecido es que el ámbito donde debe ser interpretado o reproducido, al margen del propio del Estado, debe ser en aquellos que organicen exclusivamente o bien las Comunidades Autónomas o bien las Corporaciones locales y siempre que se produzcan las asistencias y circustancias recogidas en el artículo 3.
Como vemos, en ningún caso se establece la obligatoriedad ni se contempla que el Himno suene ni diariamente, ni con ocasión de “acto solemne” en los centros educativos, salvo que concurra algo de lo contemplado en el articulado descrito. Por ejemplo: Que el Rey o la Reina, o el Presidente del Gobierno… se desplazasen a un centro con motivo de la inauguración del Curso académico.
No sé si el muy patriota, y mucho patriota, Sr. Antelo estará al tanto de esta circunstancia. Por cierto, nada como la repetición machacona de algo, para convertirlo en anodino y vaciarlo del valor inmaterial o emocional que pueda tener.
Al margen de todo lo anterior, el Sr. Antelo y su organización deberían saber que este tipo de normas, su instauración y adaptación, no son competencia de los Ayuntamientos que no tienen nada que decir en cuanto a organización académica, material y humana en los centros educativos; siendo esto competencia de la Consejería de Educación quien, a su vez, debe adaptar la normativa estatal al respecto, en caso de que la hubiese.
Pero, es que si nos atenemos al ámbito municipal, la moción presentada por VOX excede las competencias del Pleno, por lo tanto no sería vinculante, dependiendo del Alcalde o de la Junta de Gobierno. A más, lo propuesto en la misma presupone un gasto económico considerable, por lo que debería haber sido acompañada por la consiguiente memoria económica.
Que esto no lo sepa VOX, a quien la Educación, con mayúscula, y la educación le vienen grandes, no es de extrañar. Sí causa, empero, vergüenza ajena que tanto el Partido popular, al frente del cual aún se encuentra todo un ex Excelentísimo Rector Magnífico de la Universidad de Murcia, como Ciudadanos se hayan dejado arrastrar por la demagogia casposa de la extrema derecha en su afán de convertir los símbolos que deberían ser de todos en armas arrojadizas.
Flaco favor hacen a los mismos. La moción presentada por la extrema derecha es una clara provocación, una más, que solo persigue el señalamiento de quienes no entienden este país como esa uniformada imagen en blanco y negro, alcanforada, que ellos tienen. Porque, al contrario de lo que afirma perseguir, lo que busca es el enfrentamiento constante entre la ciudadanía. Proponer lo improcedente por el mero afán de crear polémica. Todo envuelto en ese discurso vacuo e insultante de patrioterismo excluyente, cuasi guerracivilista. Es el fango en el que se mueven.
Y, sobre todo, flaco favor a la Educación en una Región donde los últimos estudios la sitúan con la tercera tasa más alta de abandono escolar, cerca de un 20%, con valores por debajo de la media nacional en Competencia en Ciencias, Comprensión lectora y Matemáticas, según el último Informe PISA. Con un gasto educativo por alumno/a que nos sitúa también los terceros por la cola. Los últimos en alumnado por ordenador destinado a la docencia. Con un 2,7 sobre 10 en el último estudio sobre excelencia educativa. Con una falta de inversión en centros públicos que no hace más que agrandar la diferencia con los centros privados en favor de estos últimos. Con ratios elevadas y plantillas recortadas y envejecidas, con graves deficiencias de infraestructuras en la mayoría de los centros…
Solucionar esto, eso es patriotismo. Lo demás es vender quincalla, la misma con la que se adorna profusamente el Sr. Antelo.
Antonio Rubio Calín es licenciado en Historia y maestro.