La Audiencia Nacional condenó a 24 de los jóvenes procesados en el caso Jarrai, Haika-Segi a penas de prisión de entre dos años y medio y tres años y medio según la sentencia que hoy se hizo pública. El juez no les imputa pertenencia a banda armada como pedía el fiscal y considera que Jarrai, […]
La Audiencia Nacional condenó a 24 de los jóvenes procesados en el caso Jarrai, Haika-Segi a penas de prisión de entre dos años y medio y tres años y medio según la sentencia que hoy se hizo pública. El juez no les imputa pertenencia a banda armada como pedía el fiscal y considera que Jarrai, Haika y Segi no constituyen organización terrorista sino asociación ilícita.
El tribunal ordena la disolución de Jarrai, Haika y Segi como asociaciones ilícitas, y sentencia que no pueden ser consideradas organizaciones terroristas porque «dichas organizaciones, aún cuando tuvieran por sí mismas una finalidad ideológicamente próxima a la que, con su actividad armada, persigue la organización terrorista ETA, desplegaban actuaciones -además de las legítimas- que nunca se enmarcaban en la utilización de armas».
Los jóvenes con penas de cárcel no ingresarán en prisión, ya que han cumplido el periodo máximo de «prisión preventiva» (cuatro años). Cabe recordar que el fiscal pidió penas de 10 años de cárcel. El 27 de diciembre de 2001, los Quince aprobaron por vez primera una lista pública de organizaciones terroristas activas en la UE, en la que figuran ETA y otros grupos de su entorno como Jarrai, Haika y la propia Segi.
El 5 de febrero de 2002, Garzón acordó declarar la «ilicitud de las actividades de Segi como parte integrante de la misma organización terrorista que ETA/EKIN».