Fiesta y movilización ciudadana. El pasado 29 de diciembre, mujeres disfrazadas de musas o divinidades ecologistas recorrieron el centro de Valencia y -en el Palau de la Generalitat- entregaron un texto dirigido al presidente del Gobierno Valenciano, Ximo Puig (PSPV-PSOE), que reivindicaba la paralización definitiva de la ampliación norte del Puerto.
Organizada por la Comissió Ciutat-Port (plataforma ciudadana que cuenta con el apoyo de más de un centenar de organizaciones), en la acción se pidió por tercer año consecutivo una reunión con el dirigente socialista; además, la misión ecologista ciudadana denunció los impactos que tendría la ejecución de la gran infraestructura portuaria; por ejemplo sobre la salud humana, debido al aumento de las emisiones contaminantes que causa el transporte marítimo de mercancías.
Otras afecciones territoriales consistirían en la regresión de las playas (sobre todo del sur de Valencia: el Saler y la Devesa); sobre el Parc Natural de L’Albufera (el cultivo tradicional del arroz, entre otras) o los daños causados por el drenaje del fondo marino.
Uno de los objetivos era recordar a Puig el contenido de un reciente Auto, emitido por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, que acordaba -como medida cautelar-, suspender una resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (30 de marzo de 2021) que implicaba avanzar en la macroampliación del puerto.
El Auto del TSJ, con fecha 5 de diciembre de 2022, tenía como punto de partida la demanda interpuesta por la asociación ciudadana Per l’horta contra el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), controlado por el PSOE, y del que depende la mencionada Dirección General.
Éste es el punto clave: la Resolución ministerial (suspendida por el TSJ de Madrid) establecía que la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) es el “órgano sustantivo a los efectos de la normativa ambiental” en cuanto a la ampliación del puerto valenciano; la APV se convertía, por tanto, en juez y parte.
Formulado en otros términos, según la Comissió Ciutat-Port, la Resolución del departamento que dirige Teresa Ribera “posibilitaba que la APV pudiese decidir por sí sola acerca de la necesidad o no de una nueva evaluación ambiental (diferente de la ya aprobada en agosto de 2007), para una ampliación que la misma Autoridad Portuaria de Valencia promueve”.
En una nota informativa del 9 de diciembre, el movimiento ciudadano celebraba la medida cautelar de suspensión adoptada por el TSJ: “La Comissió Ciutat-Port gana su primer recurso judicial sobre la evaluación ambiental en la ampliación del Puerto de Valencia; así, frente a los argumentos de la Abogacía del Estado, “la Autoridad Portuaria de Valencia pierde la capacidad de decidir sobre la Evaluación Ambiental que le había cedido el MITECO”.
El movimiento ciudadano puso en cuestión, también, la legalidad del “comportamiento abstencionista” de Puertos del Estado, organismo público dependiente del Ministerio de Transportes; la razón es que tanto el MITECO como Puertos del Estado han eludido sus responsabilidades, “evitando pronunciarse sobre la cuestión clave de los perversos impactos” que generaría el macroproyecto.
¿Qué argumento de fondo sostiene la Comissió -en el frente judicial-, respecto al Proyecto constructivo del muelle de contenedores de la Ampliación Norte del Puerto de Valencia? “Desde su presentación y obtención de una Declaración Ambiental (DIA) favorable –en agosto de 2007-, (el proyecto) ha sido modificado, al menos, en 2018, 2021 y 2022, además de haber excedido el ámbito delimitado por aquella DIA en aspectos tales como el traslado del muelle de cruceros, el exceso de dragados o la prolongación de un nuevo canal de acceso en aguas exteriores”.
En conclusión, como consecuencia del Auto y de modo cautelar, Puertos del Estado continuaría teniendo la obligación de decidir –motivadamente- sobre la “sujeción” a una nueva Evaluación Ambiental de la macroiniciativa de la APV.
Pero el litigio y el empeño en impulsar la ampliación continúan; así, la Abogacía del Estado presentó un recurso de reposición contra la resolución del TSJ (Agencia Efe, 9 enero 2023); la argumentación de la Abogacía fue impugnada por los colectivos ciudadanos, que calificaron la suspensión cautelar de “adecuada” y “necesaria”, con el fin de evitar que la APV emprenda actuaciones “que comprometan una más que probable sentencia favorable al colectivo ciudadano”.
En el escrito de la Comissió remitido al TSJ-Madrid a primeros de enero, se hacía referencia a las “prisas” de la Autoridad Portuaria de Valencia para la aprobación (“irregular”) del proyecto constructivo.
De hecho, el 2 de diciembre, el Consejo de Administración de la APV aprobó el Proyecto de construcción de la nueva terminal de contenedores –la cuarta del recinto valenciano-, con una inversión pública oficialmente prevista de 542,7 millones de euros; a esta cifra se agregarían 1.021 millones por parte de la compañía italo-suiza TIL, del grupo MSC, que correría a cargo de la construcción y explotación de la terminal.
En un comunicado hecho público el mismo día, el movimiento ecologista y ciudadano concluyó: “La APV cruza hoy una línea roja (…), y declara abiertamente la guerra a la ciudadanía valenciana”.
No hubo sin embargo unanimidad. Según informó la agencia Europa Press el 4 de enero, el secretario autonómico de la Vicepresidencia Primera de la Generalitat Valenciana (GVA) y representante de la GVA en el Consejo de Administración de la APV, Iván Castañón, de la Coalición Compromís, votó en contra del proyecto de ampliación portuaria (al igual que el alcalde de Valencia, Joan Ribó), y presentó un recurso de reposición contra el Acuerdo.
Los movimientos sociales se apoyan también en el informe de la Dirección General de Costas, dependiente del MITECO, hecho público a finales de noviembre por elDiario.es; el documento incluye 21 condiciones o líneas rojas al proyecto portuario; “la profundidad de la draga del canal de acceso no será de 24 metros como se pretendía con el anteproyecto. El Puerto tampoco podrá utilizar los finos del yacimiento de arena frente (al municipio de) Cullera porque el destino preferente de la draga del fondo marítimo es, por Ley, para la regeneración de la costa”, destacan las organizaciones.
El 16 de enero la plataforma ciudadana interpuso dos recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) contra los acuerdos –de noviembre y diciembre- adoptados por la APV: el relacionado con la construcción del muelle de contenedores de la Ampliación Norte; y, por otra parte, el de concesión a la empresa Balearia Eurolíneas Marítimas para la construcción y explotación de una terminal pública de pasajeros.
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