El caso de la agresión sexual ocurrida en el entorno de la carpa universitaria de Pamplona muestra con bastante nitidez cómo funciona el sistema penal cuando confluyen tres elementos: violencia sexual, racismo estructural y populismo punitivo. No estamos ante un exceso puntual ni ante un error aislado, sino ante una forma de funcionamiento profundamente normalizada.
Ante unos hechos graves —una agresión sexual que debe abordarse con todo el rigor y situando en el centro a la víctima—, la respuesta institucional fue inmediata y máxima: detenciones rápidas, prisión provisional casi automática y un relato de culpabilidad construido desde el primer momento. Esa celeridad no fue neutra ni casual. Los sospechosos encajaban perfectamente en un perfil social previamente señalado como peligroso: hombres jóvenes pobres, migrantes, racializados y residentes en un asentamiento informal. Antes de que existieran pruebas concluyentes, ya pesaba sobre ellos una condena social firme.
El componente racista del caso es central. No porque la violencia sexual tenga color —que no lo tiene—, sino porque el sistema penal sí racializa la sospecha. La asociación inmediata entre agresión sexual, migración y origen magrebí no surge de la nada: se apoya en un imaginario profundamente arraigado que convierte la cárcel en una respuesta casi automática cuando las personas señaladas son siempre las mismas. A determinados sujetos se les asigna de antemano un destino penal: vigilar, controlar y encerrar. Resulta difícil imaginar una reacción tan rápida y tan severa si los acusados hubieran sido hombres blancos, con domicilio estable y capital social reconocible.
La comparación con el caso de La Manada de Pamplona es reveladora. Aunque hubo prisión provisional inicial, el proceso estuvo marcado por la duda, la minimización de los hechos y el cuestionamiento constante de la víctima. Desde el inicio se escrutó su comportamiento, se puso en entredicho su relato y se interpretaron los hechos como abuso y no como agresión, reduciendo su gravedad jurídica y simbólica. Tras la primera sentencia, los acusados quedaron en libertad provisional mientras se resolvían los recursos, y el sistema mostró una notable preocupación por sus derechos y su reputación. No se trata de reclamar más castigo, sino de evidenciar que la distribución de la sospecha y de la credibilidad fue profundamente desigual.
La prisión provisional vuelve así a mostrarse como lo que es en la práctica: una pena anticipada aplicada de forma selectiva. Aunque formalmente se justifique como medida cautelar, sus efectos son punitivos, estigmatizantes e irreversibles. Cuando posteriormente las pruebas de ADN excluyen a los acusados, el sistema no repara automáticamente el daño causado. La medida se levanta, pero la restitución depende de largos y complejos procedimientos administrativos. El tiempo pasado en prisión, la exposición mediática y el señalamiento social rara vez encuentran una reparación proporcional.
También la respuesta institucional del Ayuntamiento de Pamplona resulta reveladora. Durante los primeros días optó por el silencio y la cautela extrema. Solo cuando las pruebas de ADN exculparon a los jóvenes detenidos, el equipo de gobierno salió a exigir responsabilidades políticas a la oposición y a pedir dimisiones. Esa reacción tardía no es casual: llega cuando el daño ya está hecho y cuando posicionarse ya no tiene costes. Una actitud verdaderamente garantista debería haberse manifestado desde el inicio, no únicamente cuando la inocencia resulta incontestable.
El punitivismo alimenta el racismo y el racismo refuerza el punitivismo. Cuando la izquierda y ciertos feminismos asumen sin matices la lógica del castigo —más prisión, más dureza penal, menos garantías—, dejan el terreno abonado para que la derecha radical convierta cada caso en una pieza más de su agenda securitaria y xenófoba. Su indignación, además, es profundamente selectiva: solo se movilizan cuando el presunto agresor es una persona migrada, utilizando estos casos como altavoz mediático para alimentar el caldo de cultivo racista. Cuando se producen asesinatos machistas fruto de una violencia estructural que niegan o minimizan sistemáticamente, el silencio es atronador.
Defender los derechos de las víctimas no puede implicar aceptar un modelo de justicia que sacrifica garantías básicas y refuerza estructuras de exclusión. La cárcel no repara, no previene y no protege mejor; únicamente produce más daño, especialmente sobre quienes ya se encuentran en posiciones de vulnerabilidad extrema. Un feminismo que no cuestione el aparato penal corre el riesgo de convertirse en legitimador de violencias institucionales.
La lección política de este caso es clara: la presunción de inocencia no puede ser un privilegio blanco o de clase. La demanda constante de más dureza penal responde a lógicas que poco tienen que ver con la protección de la vida y las libertades. Desmontar la fe en la cárcel como solución a los conflictos sociales sigue siendo, hoy más que nunca, una tarea urgente.


