El propio proyecto de ley incurre en errores de bulto… O intencionados
La abdicación exprés de Juan Carlos I será estudiada por los historiadores y juristas. No sólo por ser un proceso insólito, sino también por la chapuza en la que están incurriendo las instituciones del Estado con el fin de tramitar de urgencia su decisión y que las Cortes Generales proclamen al nuevo rey, Felipe VI.
La fórmula utilizada por el Gobierno para tramitar la abdicación es criticada por expertos constitucionalistas consultados. La mayoría coincide en que la abdicación es una decisión personalísima de Juan Carlos I, en la que las Cortes no debían entrar a aprobar.
Pero el Gobierno optó por presentar en el Congreso un proyecto de ley orgánica para que sea el poder legislativo el que apruebe una decisión personal del monarca. L a Constitución de 1978 no contiene requisito alguno de autorización previa a una abdicación . Es más, ya reconoce la sucesión en la persona de su hijo.
Por si fuera poco, la exposición de motivos del proyecto de ley hunde sus raíces en las monarquías borbónicas del pasado. Esto es, en lugar de centrarse en la Constitución -que es la que instaura una monarquía parlamentaria en la persona de Juan Carlos I – se remonta a Isabel II o Alfonso XII. Y, ya puestos, elude el detalle de que el rey fue jefe de Estado porque juró los principios del Movimiento de Franco.
Ahora, la chapuza ‘exprés’ ha contagiado al Senado. El Senado ha incurrido en una irregularidad insólita para aprobar de urgencia el proyecto de ley orgánica de abdicación del rey que pretende el Gobierno: ha convocado un pleno para votarla en lectura única para el martes 17 de junio, cuando ni siquiera ha recibido el texto del Congreso, ya que no lo aprobará hasta el 11 de junio.
El reglamento del Senado es muy claro al respecto. El artículo 129 exige al Congreso de los Diputados que remita al Senado los proyectos de ley que deban someterse a tramitación directa en lectura única, como es el caso. Pero no ha sido así. La Mesa del Senado decidió el pasado 3 de junio tramitar el proyecto de ley orgánica de abdicación de Juan Carlos I sin tener documento alguno remitido por el Congreso.
El artículo 129.1 del reglamento del Senado dice, textualmente: » Cuando la naturaleza de un proyecto o de una proposición de ley, remitidos por el Congreso de los Diputados, lo aconseje, o su simplicidad de formulación lo permita , el Pleno de la Cámara, a propuesta de la Mesa, oída la Junta de Portavoces, podrá acordar que se tramite directamente y en lectura única».
Sólo tres senadores protestaron por esta irregularidad : Jordi Guillot Miravet y Juan Saura , de la Entesa Catalana de Progrés, así como Jesús Iglesias , de IU. El diario de sesiones del pleno del Senado del 5 de junio que aprobó saltarse a la torera la legalidad queda reflejado así para la historia:
Jordi Guillot pidió intervenir para protestar porque no se respetara el reglamento en un tema tan trascendental como es la abdicación de un rey: «En democracia las formas lo son todo. El Congreso de los Diputados no ha remitido ningún proyecto de ley, con lo cual no conocemos su naturaleza ni su simplicidad. Podremos deducir, dadas las mayorías parlamentarias, qué es lo que vendrá, pero hoy por hoy al Senado no se ha remitido ningún proyecto de ley, con lo cual creemos que la propuesta de la Mesa y Junta de Portavoces conculca el espíritu y la letra del artículo 129.1».
«En estos momentos -destacó-, visto que hay una abdicación exprés, una tramitación parlamentaria exprés, una coronación exprés, nosotros reivindicamos un debate sereno, sosegado, sobre una cuestión tan trascendental como es la forma de Estado».
Jesús Iglesias Fernández, del Grupo Mixto (IU), hizo suya la argumentación de Guillot, y añadió que la fórmula de lectura única «tiene sentido cuando hay una unanimidad» o ante una situación de urgencia. Ninguna de las dos circunstancias se dan: Tampoco hay «una vacante institucional en este momento. Hay un anuncio del monarca de su voluntad de abdicar, pero hasta que se apruebe la ley orgánica correspondiente el monarca sigue ejerciendo todas y cada una de sus funciones. En consecuencia, no hay una urgencia para la aprobación de una ley orgánica, que, en primer lugar, por lo que se sabe, no es la que preceptúa el artículo 57 de la Constitución española, es otra ley orgánica la que nos convierte en fedatarios públicos de la voluntad del monarca. Y, luego, s i durante estos treinta y seis años no hubo oportunidad y tiempo para aprobar la ley orgánica que de verdad pide el artículo 57, no creo que esté justificado que en este momento se acuda al procedimiento de lectura única».
Un momento excepcional
Frente a esta visión, el portavoz socialista José Miguel Camacho Sánchez aseguró que su grupo «entiende que la tramitación por lectura única es un procedimiento excepcional, y que como tal se debe utilizar. También entiende mi grupo, sin entrar, evidentemente, en el fondo – corresponderá en otro momento ese debate-, que este es precisamente un momento de esa excepcionalidad y que, por lo tanto, sí se debe tratar y tramitar por lectura única. Nada más». Sus palabras fueron seguidas por aplausos.
Entonces tomó la palabra el senador del PP Antolín Sanz Pérez para apostillar: «Yo comparto con el senador Camacho, y que sirva de precedente, que no estamos hablando del fondo, sino de la forma. A diferencia de lo que opina el senador Guillot, el artículo 129.1 del Reglamento refleja claramente lo que estamos ahora debatiendo. Por lo tanto, el Grupo Parlamentario Popular, al que represento, va a mostrar su voto favorable a la tramitación por lectura única. Y al mismo tiempo quiero reafirmar el compromiso de este grupo y, por lo tanto, de mi partido, con la monarquía parlamentaria . Muchas gracias».
Aplausos y fin del debate: el Pleno del Senado aprobó tramitar el proyecto de ley de abdicación, saltándose su propio reglamento, por 209 votos a favor, 6 en contra (IU, ICV y ER) y 5 abstenciones (PNV).