Unas imágenes que se emitieron en Antena 3, La Sexta y Telecinco llevan a Competencia a advertir a los dos grupos de cadenas que tienen la obligación de evitar la emisión de contenidos que puedan incitar al odio, respetar los derechos al honor, a la intimidad y a la presunción de inocencia.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha realizado un requerimiento a Atresmedia y Mediaset para que en sus programas tipo magacín y tertulias eviten la emisión de contenidos que puedan suponer incitación al odio, respeten el honor, la intimidad y la propia imagen de las personas y el deber de diligencia en la comprobación de la veracidad de la información de los contenidos que emiten, según lo que indica la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Este requerimiento se produce a partir de la denuncia presentada por el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) mediante el cual se canalizaron unas quejas presentadas por un particular sobre el tratamiento informativo dado a un tercero inicialmente sospechoso, y posteriormente exculpado, en relación con la desaparición y asesinato de un menor en Almería el pasado mes de febrero. Las imágenes se emitieron en Antena 3, La Sexta y Telecinco.
Según indica la nota emitida por la CNMC, el tratamiento informativo de los sucesos que despiertan interés en la sociedad no debe incluir hipótesis o conjeturas sobre posibles culpables cuando se identifica a estos o se dé información que permita identificarlos. Tampoco deben difundir rumores, especulaciones o informaciones no contrastadas. Ni siquiera cuando forme parte de un contenido de entretenimiento y no meramente informativo.
Para evitar este tipo de hechos, la LGCA prohíbe la emisión de contenidos que puedan incitar al odio por cualquier circunstancia personal o social. Además, la LGCA reconoce el derecho de recibir información en cuya elaboración se haya respetado el deber de diligencia en la comprobación de la veracidad de la información.