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El aparato represor no descansa

La justicia española endosa a «Gara» una deuda atribuida a «Egin»

Fuentes: Gara

El pasado 8 de octubre, un juzgado de la Audiencia Nacional, el número 7 de lo Contencioso-Administrativo, estimaba el recurso presentado por KIE, la empresa que imprime diariamente GARA, contra la decisión de la Tesorería General de la Seguridad Social que le endosaba una deuda atribuida a «Egin» por valor de 441.824 euros. La Seguridad […]

El pasado 8 de octubre, un juzgado de la Audiencia Nacional, el número 7 de lo Contencioso-Administrativo, estimaba el recurso presentado por KIE, la empresa que imprime diariamente GARA, contra la decisión de la Tesorería General de la Seguridad Social que le endosaba una deuda atribuida a «Egin» por valor de 441.824 euros. La Seguridad Social recurrió en apelación ante la Sección Cuarta de la Sala del mismo tribunal, que ha decidido desandar el camino y volver a justificar la actuación de la Seguridad Social. Aunque el fallo se hizo público ayer, según consta en la propia sentencia, la decisión fue adoptada el 6 de abril, en plena campaña de las elecciones al Parlamento de Gasteiz.

En sus espacios informativos, EiTB se hacía eco de una filtración de la propia Audiencia Nacional en la que se aseguraba que había decidido «condenar» a Baigorri, la editora de GARA, a pagar 441.824 euros que reclama la Tesorería General de la Seguridad Social en concepto de deudas generadas presuntamente por Orain, la editora del diario «Egin», clausurado por el juez Baltasar Garzón en 1998.

La sorpresa fue mayúscula en la redacción de GARA cuando se recibió esa noticia, tanto por su contenido como por los canales utilizados. A esa hora, ni la representación legal de Baigorri ni su procurador ante la Audiencia Nacional tenían constancia de la decisión.Es más, fue la corresponsal de este diario que sigue el juicio del caso «Jarrai-Haika-Segi» quien, tras una gestión urgente, hizo llegar el auto judicial a la redacción. El fallo, según consta en el mismo documento, fue tomado el 6 de abril, en plena campaña de las elecciones al Parlamento de Gasteiz, pero no se hizo público hasta ayer.

A partir de ahí, se fue aclarando el alcance de la decisión tomada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo, que ha revocado una resolución del Juzgado Central nº 7 de lo Contencioso-Administrativo. El pasado 8 de octubre, este último anuló la decisión de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que adjudicaba a KIE, empresa que imprime cada noche los ejemplares de GARA, la supuesta deuda de Hernani Inprimategia, que hacía posible la publicación de «Egin».

No hay sucesión de empresa

El Juzgado Central nº 7 no sólo argumentaba su decisión de forma comprensible, sino que declaraba la nulidad de la resolución de la TGSS hasta por tres motivos diferentes.

Estimaba parcialmente el recurso presentado por la defensa de KIE, al mantener que la decisión debía ser anulada porque el director general de la TGSS no era competente para tomarla; que, en todo caso, la resolución administrativa se había tomado fuera de plazo, en abril de 2003, ya que el supuesto delito habría prescrito a los tres años del cierre judicial de «Egin»; y que, lo que es fundamental, no existe sucesión de empresas entre KIE y Hernani Inprimategia.

La aceptación del recurso no fue completa porque el citado juzgado no estimó conveniente sancionar a la TGSS por los perjuicios ocasionados a KIE.

Sin embargo, ahora la Sala Cuarta ha decidido desandar el camino y, como principal argumento para revocar el fallo del Juzgado Central nº 7, vuelve a retomar el auto dictado por Garzón el 20 de julio de 200 que dio origen a todo este procedimiento. Fue este juez el que, extralimitándose en sus competencias, «afirmó» que existía la sucesión de empresas y lo hizo, paradójicamente, mientras Orain SA estaba bajo su administración. Por pura lógica es imposible mantener razonadamente que existe una sucesión de empresas cuando Orain sigue existiendo como tal y al frente de la misma hay un administrador judicial.

Es más, como únicos argumentos de esa supuesta sucesión, el juez destacaba que la plantilla con la que echó a andar KIE estaba formada por ex trabajadores de Hernani Inprimategia ­cuya rescisión de contratos consta en un expediente aprobado por la autoridad competente­ y que se da una «sucesión ideológica» entre «Egin» y GARA, interpretación que pone en cuestión derechos fundamentales como los que protegen la libertad de expresión y la libertad de información.

La representación legal de KIE estudia presentar un nuevo recurso T.F.

El abogado Kepa Landa, que representa tanto a Komunikabideak Inprimatzeko Elkartea (KIE) como a Baigorri en los procesos paralelos que se están llevando a cabo en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, fue contundente al realizar una primera valoración de la noticia conocida ayer: «Había una decisión tomada previamente ­la de actuar contra GARA­ y han intentado, de una forma farragosa, justificar lo injustificable».

Después de haber leído un par de veces el auto dictado ayer, que consta de 37 folios, el letrado no podía salir de su asombro. «A pesar de que la sentencia es muy larga ­comentó­, lo único que recoge son los antecedentes de este proceso y determinadas sentencias de otras instancias sobre el tema, para finalmente hacer suyos los argumentos del auto de Garzón y del informe que un inspector de la Seguridad Social hizo a instancias del mismo Garzón».

«Es un absurdo completo con el que tratan de justificar lo injustificable», añadió después de incidir en que «se saltan las leyes». Más concretamente, hizo referencia a que el Juzgado Central nº 7 de lo Contencioso-Administrativo había constatado que no hay sucesión de empresas que achacar a KIE porque, entre otras razones, apelar a la contratación laboral de ex trabajadores de «Egin» como base del supuesto delito es, simplemente, «insostenible».

Landa también subrayó que el Juzgado nº 7 había esgrimido tres ra- zones para anular la decisión de la Seguridad Social de adjudicar a KIE la deuda de Hernani Inprimategia, «y cada una de ellas por sí sola era suficiente para estimar nuestro recurso, además que entraba en el núcleo de la cuestión para afirmar que no existe sucesión de empresas».

Por ello, reiteró que el nuevo auto es «confuso, incoherente y contrario a la propia ley». Ante esta situación, el letrado de KIE se plantea volver a recurrir ante las instancias correspondientes, con el objetivo de que la empresa que imprime GARA pueda funcionar con normalidad.

En estos momentos, KIE, al igual que Baigorri, se encuentra en suspensión de pagos debido a la pretensión de la Seguridad Social de cobrar un montante total de 5,1 millones de euros.

El proceso que afecta a Baigorri, que se enfrenta a la reclamación de un pago de 4,67 millones de euros, no se está desarrollando con la misma velocidad. En estos momentos, el correspondiente recurso contencioso-administrativo está en espera de la resolución de otro juzgado de la Audiencia Nacional.