«No se ría de la bruja Avería», cantaban los Electroduendes en el programa infantil ‘La Bola de Cristal ‘(TVE) en los años 80. Este siniestro personaje encarnaba el poder absoluto en la ‘República electrovoltaica de Tetrodia’, fulminaba a los disidentes con un rayo y no tenía que justificarse. En España, esa pesadilla se hizo en parte realidad con las llamadas ‘leyes Mordaza’, concebidas para reprimir sin garantías judiciales protestas, expresiones ofensivas y opiniones «peligrosas» para el sistema.
La polémica ‘ley mordaza’, la misma que el PP aprobó en solitario en 2015, y que el PSOE y sus socios se comprometieron a eliminar, sigue en vigor e intacta. Por el camino deja cientos de miles de sancionados —su aplicación se ha disparado durante la pandemia—, mientras las Fuerzas de Seguridad del Estado mantienen un poder inédito sobre los ciudadanos en democracia.
En realidad, es más exacto decir ‘leyes mordaza’, en plural. Tal día como hoy hace seis años entró en vigor la Ley Orgánica de Protección y Seguridad Ciudadana (LOPSC), que limitaba severamente los derechos de reunión, manifestación y protesta, así como la intimidad de los ciudadanos. El mismo día también entró en vigor una reforma del Código Penal que suprimía las faltas (pasaban a ser ilícitos administrativos castigarles sin necesidad de juez), reforzaba las penas de los delitos de piratería, y redefinía y ampliaba los delitos de atentado y alteración de orden público.
El rosario de casos polémicos relacionados con estas medidas de represión incluye, entre los más graves, la persecución o incluso condena por terrorismo a tuiteros (Cassandra, Arkaitz Terrón… ), titiriteros, periodistas y cantantes (César Strawberry, La Insurgencia, Valtonik, Pablo Hasél…), actividades difícilmente relacionables con actos violentos. La Justicia ha tenido que aclarar y delimitar las condenas una y otra vez, aunque no siempre a favor de los perseguidos.
Esta fiebre se extiende a las multas. Desde aquel 1 de julio de 2015, los ciudadanos se exponen a sanciones de hasta 600.000 euros basadas en la apreciación personal de un policía o guardia civil, cuyo testimonio alcanza un valor probatorio total «salvo prueba en contrario» (art. 52 de la LOPSC), a quienes no se puede fotografiar ni filmar para publicar después (art. 36.23 de la misma Ley, infracción grave). Esta medida se ha aplicado incluso a periodistas.
Cualquier ciudadano también se expone a multas administrativas —sólo recurribles judicialmente por la vía de lo Contencioso— si se manifiesta, concentra o reúne en lugar público sin autorización, si no enseña su DNI inmediatamente a petición de un agente (aunque no explique la razón de esa petición) o incluso si se les falta el respeto, según el criterio del correspondiente policía o guardia ofendido.
Por poner un ejemplo reciente, esta misma semana Levante-EMV publicó el caso de un hombre de 69 años que resultó multado en València por reírse de una foto en la que aparecía una bicicleta de la Policía local en la que se podía leer «Policía loca», al faltar una letra en la pegatina.
Esta multa por falta leve (hasta 600 euros) es sólo una gota en el océano de las sanciones impuestas por incumplimiento de las ‘Leyes Mordaza’ durante estos seis años. Es decir, «no se ría».
La reforma, bloqueada
Parece existir un cierto consenso en la modificación de algunos aspectos de la Ley de Seguridad Ciudadana, como suavizar las restricciones a las manifestaciones pacíficas no comunicadas previamente, matizar los supuestos de identificación y registro corporal por parte de los policías, o rebajar cuantías de las multas. Pero lo que ya es seguro es que no se va a derogar, sino que se modificarán los artículos más controvertidos.
Según informaba El País a principios de este mes, el principal obstáculo en las negociaciones se refiere a las devoluciones en caliente de migrantes, que Interior quiere mantener frente a la oposición de Unidas Podemos, socio del Gobierno de Pedro Sánchez.
En cualquier caso, la norma cuenta con el aval del Tribunal Constitucional excepto en aspectos como el la prohibición general del uso «no autorizado» de imágenes de agentes en la calle, algo que podría incurrir en censura previa. Y existen otros supuestos controvertidos que cruzan la línea de los derechos fundamentales, como la ‘patada en la puerta’ sin orden judicial previa, a raíz de la actuación que protagonizaron unos policías para detener una fiesta legal el pasado 21 de marzo en Madrid, alegando delito de desobediencia.
Las cifras más actualizadas de las que se disponen son las que proporcionó el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en el Congreso de los Diputados hace ya más de un año: las multas aplicadas contra las personas sólo por burlar las restricciones de movilidad durante los tres meses del primer confinamiento general por la Covid durante el Estado de Alarma supusieron 1,1 millones de multas propuestas y cerca de 9.000 detenciones.
Por contextualizar con los datos públicos existentes, entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de diciembre de 2019 se pusieron en total casi el mismo número de multas (1.009.729) con una cuantía global de 563,3 millones de euros. Los datos del Portal Estadístico de Criminalidad llevan desactualizados, precisamente, desde el inicio de la pandemia, pero el ejemplo anterior indica el enorme incremento de la aplicación de esta singular normativa.
Hasta en dos ocasiones se ha iniciado su reforma en el Congreso. La última de ellas decayó a causa de las elecciones anticipadas del 28 de abril de 2020, justo cuando había un principio de acuerdo sobre un texto presentado por el PNV. Ahora, en plena pandemia covid y recién salidos de una importante crisis migratoria en Ceuta, algunos de sus preceptos, como el régimen sancionador por desobediencia o las mencionadas devoluciones en caliente, podrían arraigar.
Durante estos seis años, organismos internacionales, asociaciones de defensa de derechos civiles y ciudadanos de todo tipo han señalado insistentemente a las ‘leyes mordaza’ (y las interpretaciones extensivas de los delitos de odio, contra la corona o contra los sentimientos religiosos) como ejemplos claros de normativa represora y desproporcionada.
Mientras tanto, toda estos preceptos siguen en vigor, así que recuerde: “No se ría”.