La Pepa por aquí, la Pepa por allá… mucha Pepa y nada de mujeres, pues lo que se conmemora en el día de hoy, 19 de marzo, es que se cumplen dos siglos de la redacción de la 1ª Constitución española (1812). Como coincidió con el día de San José, se le llamó Pepa. Femenino […]
La Pepa por aquí, la Pepa por allá… mucha Pepa y nada de mujeres, pues lo que se conmemora en el día de hoy, 19 de marzo, es que se cumplen dos siglos de la redacción de la 1ª Constitución española (1812). Como coincidió con el día de San José, se le llamó Pepa. Femenino porque la Constitución tiene ese género, no nos olvidemos, porque para las mujeres no cambió nada. Paradojas de la vida.
Los medios de comunicación se llenan la boca con que fue importante porque fue «la muerte del súbdito y el nacimiento del ciudadano» (El País). En eso no se confunden, sólo se trataba del ciudadano, porque a las mujeres no se les daba, en esa Constitución, la capacidad para votar, por lo que no se les concedía el estatus de «ciudadano».
Éste es un claro ejemplo de la importancia del lenguaje no sexista. Porque, leído el artículo que cito, en el que se resumen las aportaciones de esta Carta Magna:
- División de poderes.
- Nace la ciudadanía.
- Enseñanza pública.
- Libertad de expresión e imprenta.
- Abolición de la tortura.
- Diputaciones provinciales.
- Libertad de trabajo y de industria.
- Loterías del Estado.
- Tertulia política
Me surgen varias dudas:
- Tras la lectura del apartado «nace la ciudadanía», ¿podían votar las mujeres? Parece que sí, ya que ciudadanía se utiliza hoy día para incluir a mujeres y hombres.
- «La enseñanza pública: se plantea la educación básica como obligación del Estado». ¿Estaban las mujeres incluídas?
- «Diputaciones Provinciales». Dice que se enraízan en el «principio de igualdad de todos los ciudadanos». Claro que sí, todos los ciudadanos iguales, ¿y las ciudadanas?
- Libertad de trabajo y de industria. ¿También para las mujeres?
- Fiscalidad para todos. ¿Quiénes son todos?
De momento, y sin leer dicha Constitución, puedo responder a la primera duda: las mujeres NO podían votar.
Leerla es toda una diversión. Así, por ejemplo, en el artículo 22 dice que un hombre que venga de África será ciudadano si, entre otras condiciones, está casado con «mujer ingenua». También dice que sólo los ciudadanos podrán obtener empleos municipales, por lo que deduzco que las mujeres, al no ser ciudadanas, no podrían.
Sin embargo, sí se habla de las mujeres en la sucesión al trono, aunque siempre priorizando a los varones (como en la Constitución actual). Curiosamente, en ésta de 1812, se habla de hombres y de mujeres («Infantes e Infantas», «varones y hembras», «hijos e hijas»…) y a nadie se le caerán los anillos. Por cierto, es curioso que una mujer pueda reinar pero ninguna mujer pueda votar ni tener la categoría de ciudadana.
Éste es un desagradable ejemplo del fracaso de un artículo escrito sin perspectiva de género. Del fracaso por informar, objetivo que tiene que cumplir la prensa (y los libros de texto, etc.). El día que la información sea completa no será necesario tener que incidir en la coletilla «perspectiva de género», pues se tratará la historia con una perspectiva en la que todas las personas estemos incluídas.
Redactores y redactoras: tengan ustedes presente que también las mujeres leemos la prensa, y que queremos saber de nuestra historia. Por favor, no nos la roben más.
EL FUTURO SERÁ FEMINISTA
La Constitución de 1812: [Aquí]