Hace muchos años, hice un artículo titulado ‘La responsabilidad fiscal de la monarquía’ en Mundo Obrero y un ejemplar fue enviado a la atención de Juan Carlos de Borbón. Seguramente, no lo leyó, pero sí nos consta que alguien de la Casa Real sí lo hizo. En el artículo se intentaba fijar lo que debiera ser un correcto comportamiento fiscal del señor De Borbón en sus declaraciones del IRPF y Patrimonio y la necesaria declaración de bienes y la entrega al Patrimonio del Estado de los obsequios percibidos en base a su función representativa.
La Constitución, en su artículo 64, establece que los actos del rey serán refrendados por el presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes, siendo quienes los refrenden responsables de dichos actos. De este refrendo están excluidas, por razones obvias, las actividades privadas de los miembros de la Casa Real.
En el artículo citado se ponía en solfa la cantidad formal recibida por parte del rey asignada por las Cortes Generales, dado que era dudoso que se incluyeran ingresos en especie, se aportasen al Patrimonio Nacional las dádivas recibidas, etc.
Desde la fecha publicada del artículo ha habido avances, no por parte de los gobiernos y de los partidos que han formado parte de la mayoría de la Mesa del Congreso que han seguido impidiendo la transparencia económica de la Casa Real. Solo, el accidente de la caza de elefantes en Botsuana o de osos en Rumanía por parte de Juan Carlos de Borbón empezó a precipitar hechos que han mejorado la situación. Esto sin entrar en el caso Urdangarín o las puertas giratorias de Telefónica.
Así, el nuevo rey Felipe de Borbón, en enero de 2015 extendió a la Casa Real el artículo 26.2b).6º de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que dice lo siguiente: “No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente.” No se tiene conocimiento de que en su toma de posesión y legislaturas sobrevenidas haya hecho declaración de bienes como cualquier alto funcionario público.
En la autorregulación real de enero de 2015, hay un apartado específico sobre las herencias Así, en su apartado 8, viene recogido lo siguiente: Los bienes dejados en testamento o disposiciones de última voluntad, ya sea en concepto de heredero o legatario, en favor de algún miembro de la Familia Real por personas que no tengan una relación familiar, podrán ser aceptadas cuando así se considere procedente. Estos bienes, en atención a su naturaleza, deberán incorporarse al Patrimonio Nacional o ser entregados a instituciones públicas o entidades sin ánimo de lucro para la consecución de fines de interés general, salvo que las disposiciones incluyan un destino o finalidad específica cuyo cumplimiento se requiere para su aceptación.
Todo estos elementos nos pueden servir para valorar las recientes noticias sobre la renuncia por parte de Felipe de Borbón, hace un año, de la herencia que pudiera provenir del rey emérito, Juan Carlos de Borbón, a través de la Fundación Lucum, que éste había creado en el paraíso fiscal de Panamá en el año 2008, para crear una cuenta en Suiza a nombre de la Fundación y percibir los 100 millones de dólares del rey saudí Abdullah, que nunca había declarado, ya fuera por una actividad mercantil, independientemente si fue por supuestas comisiones o corrupción por asuntos del AVE, armas o petróleo -y entraríamos en que estaría fuera de lugar su participación- o por donación -y si hubiera habido un código de conducta, se tendría que haber rechazado o entregado al Patrimonio Nacional-. En todo caso, queda clara la conducta de opacidad para esconder dinero negro.
El también rechazo, ahora, a su designación como heredero de la curiosa Fundación Zagatka, sita en el paraíso fiscal de Liechtenstein, que supuestamente ha estado financiando durante años ‘gratuitamente’ los viajes privados del ex rey, ahora emérito. Esta supuesta herencia se hubiera recibido tras el fallecimiento de su patrono, el residente monaqués, Álvaro de Orleans, amigo de Juan Carlos de Borbón.
Paralelamente al descubrimiento de estos embrollos, se hace pública, ahora, la instrucción de Felipe de Borbón de retirada de asignación económica anual a su padre, de 194.232 euros, del presupuesto de la Casa Real.
Más noticias de enredo serían las apariciones periódicas de informaciones no contrastadas sobre la riqueza de Juan Carlos de Borbón y más cuentas en la banca suiza y otras en paraísos fiscales; la falta de declaración de la herencia recibida por este mismo rey emérito y otras personas de su entorno familiar de su padre. un no laborioso Juan de Borbón y, que se ha publicitado proveniente por lo menos parcialmente, se supone, de otro no laborioso Alfonso XIII, que alcanzó los 1.100 millones de pesetas; su ‘donación’ o desvío a su antigua amiga, la señora Larsen, de 65 millones de euros que provienen de la donación saudí.,…
Un suma y sigue que señala la mala conducta fiscal de Juan Carlos de Borbón, consentida por tantos gobiernos de la que son cómplices y que debiera tener consecuencias fiscales, dado que su patrimonio y cuantiosos ingresos provienen en principio de actividades privadas, fuera de su antiguo cargo institucional.
Con respecto, a la responsabilidad fiscal y política del actual rey, Felipe de Borbón, entendemos que no es suficiente que hace un año haya renunciado a la herencia que pudiera recibir de su padre y ahora le retire la asignación presupuestaria. Existen, en nuestra opinión, indicios de que tendría que haber hecho ambas cosas mucho antes, incluso, en su toma de posesión.
E, independientemente, de la mejora parcial de transparencia fiscal llevada en estos últimos años por parte de la Casa Real, que no es poco pero insuficiente, la cuestión, además, es la respuesta a la pregunta sobre la necesidad de tener un rey o reina lógicamente no responsables de los actos del gobierno, firmantes de leyes que efectúan Las Cortes y que, por su trabajo protocolario, no pueden ejercer funciones laborales diferentes para tener otro tipo de remuneraciones para ganarse la vida.
Publicado originalmente en: https://www.mundoobrero.es/pl.php?id=8818