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La situación en las prisiones sigue siendo una de las principales preocupaciones de la Apdha

La situación en las cárceles

Fuentes: Agencias

Rueda de prensa en Jerez En la rueda de prensa ofrecida en Jerez, el pasado día 19, se denunció la situación general de las cárceles, en los términos en que se había planteado en su día a la Directora General de Prisiones Mercedes Gallizo. Asimismo se denunció la muerte en el hospital de Puerto Real […]

Rueda de prensa en Jerez

En la rueda de prensa ofrecida en Jerez, el pasado día 19, se denunció la situación general de las cárceles, en los términos en que se había planteado en su día a la Directora General de Prisiones Mercedes Gallizo.

Asimismo se denunció la muerte en el hospital de Puerto Real de un preso a los seis minutos de haber ingresado, tras una comprobada desatención médica.

Los familiares del recluso jerezano Miguel Castro Cala, que cumplía condena en Puerto II y que falleció el pasado día 8 de junio a los seis minutos de ingresar en el Hospital Clínico de Puerto Real, acudieron ayer al centro cívico ‘Pedro Palma’ con representantes de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía para denunciar la escasa información que han recibido sobre las causas del fallecimiento y la «desatención médica» que, aseguran, padeció el recluso en la institución penitenciaria. «Nuestro hijo era portador de anticuerpos del sida. Nosotros fuimos a Puerto II a preguntarle al subdirector médico de qué había muerto y nos dijo que había sido de una bajada de azúcar. Mi mujer, Julia, le dijo que era imposible y que le había abandonado, que no lo habían visto los médicos. Y él dijo a todo que sí, nos dio la razón», relata Miguel Castro, padre del recluso. «Los presos están abandonados en la cárcel, los dejan morir como perros», sentenció la tía del fallecido, Mercedes Cala. El fallecimiento de Castro Cala ha planteado algunas cuestiones a las que los familiares no encuentran respuesta. Una de ellas es por qué el enfermo no fue trasladado al hospital de Jerez «que está más cerca, ya que con cinco minutos se puede salvar una vida».

También sacaron a la luz pública los testimonios de otros reclusos, que, aseguran, alertaron de la situación al personal de la institución penitenciaria. «A un recluso que estaba con él y que dio el aviso le dijeron: ‘anda déjalo, que ese lo que está es empastillado’. Cuando al fin se lo llevaron a la enfermería le pusieron una inyección de un medicamento que él no podía resistir porque era alérgico. Salió echando sangre por la boca. Eso habrá sido lo que le ha reventado», apostilló el padre de Miguel Castro.

Otro de los argumentos que los familiares esgrimen para apoyar la supuesta desatención médica es el hecho de que el recluso, según afirmó su padre «tuviera en la cartera tres o cuatro instancias de solicitud para que le atendiera el médico que se han perdido. No se sabe quién ha cogido las instancias. Se lo han quitado de la cartera», apuntó.

Asimismo, se preguntaron por qué no se realizó la autopsia del cadáver y criticaron que la institución penitenciaria no les avisara de inmediato una vez que el enfermo se encontraba en el hospital. «Al parecer nuestro hijo llegó por la mañana. A nosotros nos avisaron sobre las tres y cuarto de la tarde y nos enteramos del fallecimiento a las cuatro menos cuarto», explicó Miguel Castro.

Mercedes Cala, relató además el incidente que tuvo lugar en el Hospital Clínico de Puerto Real, «cuando uno de mis sobrino, que esta mal de los nervios, perdió el control y empezó a gritar preguntando por su hermano. Lo cogieron los guardias de seguridad del hospital, lo tiraron al suelo, le pegaron puñetazos y a mi hermana la pusieron morada. Tienen fotos de la paliza que les dieron», asegura.

Por su parte, los representantes de la asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía recordaron que el caso de Castro Cala no es «un hecho aislado» y aprovecharon para reivindicar la excarcelación de todos los presos que estén enfermos, así como su postura contraria a la construcción de nuevas cárceles. «La condena a prisión sólo supone en principio la restricción de la libertad, no la anulación del resto de los derechos que tenemos los seres humanos, que se extiende de la sanidad a la educación pasando por las condiciones higiénicas o la alimentación que hay en prisión», apuntó el coordinador general de la asociación Rafael Lara.

Fuentes internas de la prisión Puerto II han venido a confirmar a este diario la versión dada por la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) sobre la muerte del preso jerezano Miguel C.C., aunque han matizado algunas cuestiones. La APDHA denunció que el citado interno, enfermo de sida y fallecido el 8 de junio tan sólo seis minutos después de ser trasladado al Hospital Clínico de Puerto Real, fue víctima de «desatención médica» en la prisión. Según la fuente consultada por este periódico, Miguel C.C. no había mostrado síntomas de estar enfermo hasta la tarde del 7 de junio, cuando expresó que se encontraba mal, presentaba síntomas de asfixia y escupía sangre, por lo que el preso pidió ser trasladado a la enfermería. Antes de esa fecha, según la misma fuente, «el preso se encontraba bien, ya que estaba en el patio y solamente tenía problemas de garganta». Aquella tarde del 7 de junio, sin embargo, al llegar el interno a la enfermería y pese a los graves síntomas que presentaba, el facultativo de guardia dictaminó que el preso «estaba bien», decidiendo que regresara a su celda, lo que al parecer produjo cierta perplejidad entre los funcionarios, que «no pudieron contradecir el dictamen médico». Una vez de vuelta en la celda y al persistir los síntomas, el preso enfermo llamó de nuevo a los funcionarios hacia las 4 de la madrugada del 8 de junio, y lo volvió a reconocer el mismo facultativo de guardia, que esta vez decidió su ingreso en la enfermería «pero sin tratamiento». Ya por la mañana «sacaron corriendo al interno de la enfermería, lo trasladaron urgentemente en ambulancia, y es cuando murió en el hospital». La fuente consultada asegura que la muerte de Miguel C.C. es un caso puntual, un caso concreto, porque en general «la atención médica en la cárcel es buena, hay un seguimiento de los enfermos, consultas diarias y análisis». Esta atención correcta hacia los presos es observada «por todo el servicio y el funcionariado en general».

Un portavoz interno de la prisión denuncia que desde altas instancias penitenciarias «están intentando ocultar los hechos», y confirma que el subdirector médico en un principio reconoció a la familia del preso muerto que había existido un fallo en la atención al enfermo, lo que fue desmentido posteriormente por Instituciones Penitenciarias.

Por su parte, el director de Puerto II, afirma que el mismo día de la muerte del preso la prisión «se informó de todo al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que no ha iniciado procedimiento alguno».

Rueda de prensa en Huelva

Por otra parte, el pasado día 21 se ofreció una rueda de prensa en Huelva para denunciar el cúmulo de irregularidades y desprecio de los derechos humanos no sólo en Huelva sino en el conjunto de las cárceles

Junto al coordinador de la Asociación, Rafael Lara, que volvió a reiterar la denuncia de la situación de las cárceles en Andalucía, intervino María José Cuaresma, del grupo de cárceles de la delegación de Huelva de la Apdha. Reproducimos su intervención.

Haciendo balance de todas las actuaciones llevadas a cabo durante este año por la Comisión de Cárcel de DD.HH de Huelva tenemos que decir que seguimos denunciando la violación de derechos de las personas presas y aludimos a las situaciones más sangrantes que en esta prisión se produjeron y se siguen produciendo.

A destacar:

En cuanto a los permisos ordinarios, que son los que se conceden periódicamente para preparar la vida en libertad (art. 47.2 LOGP y art. 14 R.P.) y que supone además de todo el reencuentro con la libertad (lazos familiares, personales, profesionales…), el reconocimiento de que la persona forma parte de la sociedad, en Huelva no son muy usuales. Cuando se solicita un permiso pasa ante la Junta de Tratamiento de la prisión, quien hace un informe sobre la situación del preso y luego pasa por el JVP quien tiene que autorizarlo. La Prisión sigue denegando dichos permisos, cuando son instrumentos de preparación para la vida en libertad y un derecho de la persona y cuando esta lo admite es el JVP quien deniega de una forma atroz, pero ¿no es la prisión, su personal, quien se supone que conoce al preso, que sabe de su desarrollo y su evolución? y si ésta admite el permiso ¿por qué lo rechaza el JVP? En Huelva son numerosas las denuncias que han llegado hasta nosotr@s y ante la Audiencia Provincial por la falta de concesión de permisos, MOTIVOS?? Son diversos los argumentos que se aluden desde el JVP: Falta de garantías: no entendemos que supone tal concepto y creemos que los pres@s tampoco, otro argumento muy utilizado es el de la falta de consolidación de factores positivos, tampoco lo entendemos, y la mayoría de ellos, ya que el porcentaje de personas con problema de drogadicción que se encuentra en la cárcel es muy elevado, es cuando se alude a que tal persona no se encuentra rehabilitada de su adicción; por un lado no existen los medios necesarios para toda la población reclusa con problemas de drogadicción, no hay programas suficientes, por lo que el círculo continúa y en la mayoría de los casos, se vuelve a consumir y por otro lado nos encontramos con casos de personas que intentan dejarlo, que hace años que no consumen nada, pero que como no se encuentran en ningún programa de desintoxicación pues para la prisión y el JVP siguen siendo drogadictos. Estos permisos cuando son denegados por el JVP se recurren a la Audiencia y tenemos ejemplos en los que han sido admitidos a trámite y cuando se ha vuelto a solicitar por parte del preso se ha vuelto a denegar, la propia Audiencia ha considerado este hecho como inadmisible.

En cuanto a los permisos extraordinarios, (son aquellos que se solicitan en situaciones inusuales, es decir, acontecimientos que inciden en el preso como pueden ser una boda de un familiar, una fallecimiento…) en Huelva son casi inexistentes. Hace poco veíamos en los medios de comunicación como Mario Conde salía unos días con un permiso de estas características a la boda de su hija, si no se llamara así y estuviera en la prisión de Huelva seguramente no hubiera podido asistir a tal acontecimiento familiar, ya que tenemos conocimiento de presos que han sufrido la muerte de sus padres y bodas de hermanos que no han podido asistir ya que no se les ha permitido. Si es un derecho ¿por que no para tod@s?

También queremos hacer mención a la situación sanitaria, TOTALMENTE DEFICITARIA. En primer lugar nos unimos a las reivindicaciones de otros muchos sectores sociales de que el personal sanitario tienen que ser eso mismo, sanitarios, no funcionariado. Los servicios médicos de las prisiones dependen de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y no del Sistema Público de Salud, por lo que la atención de estos enfermos es diferente a la del resto de los ciudadan@s; ya que deben someterse a una jerarquía poniendo en peligro la salud de las personas que allí se encuentran; nos sorprende por ejemplo que todos los informes de lesiones son AUTOLESIONES y que el médico forense cuando acude lo hace cuando han desaparecido ya todo tipo de marcas y señales. Por citar algunos ejemplos de la vida diaria, decimos que:

Nos encontramos con numerosas problemas para acudir a las citas de especialistas, las consultas externas, se proclama casi como una odisea el poder salir de prisión para alguna dolencia que requiera de un tratamiento específico. Ni que decir de los enfermos terminales, que siguen muriendo en prisión, o a los días de salir de la misma o en la misma ambulancia que los traslada al hospital, ¿por qué no se cumple con el art. 104.4 de R.P. que alude a la excarcelación de enfermos terminales? Y luego tenemos a las personas con problemas psíquicos, en primer lugar consideramos que no es el lugar más idóneo para estar, ya que por sí misma, la cárcel provoca en el individuo problemas psiquiátricos, cuando dicho individuo ya los tiene ¿? Además según nuestras fuentes existen uno o dos psiquiatras en prisión, para una población de 1500 con esta problemática, podemos hacer un cálculo y se realizaría una visita cada seis o siete meses ¿qué clase de tratamiento es? En relación con esta problemática tenemos la muerte de un chico el pasado 16 de octubre de 2.003, el cual había intentado suicidarse, le pusieron un preso de apoyo y a los días de retirárselo sin argumento alguno, murió. Su muerte se debe a una mezcla de barbitúricos, metadona y otros elementos, nos preguntamos cómo alguien privado de libertad tiene acceso a estas sustancias, si verdaderamente se suicidó, ya que su familia en ningún momento aboga por tal premisa y qué hubiera pasado si hubiera tenido un tratamiento especializado e individualizado. Existe una reclamación administrativa ya que se supone que es la prisión la que tiene que velar por la seguridad y por la vida de las personas que se encuentran allí, qué ha pasado?

Por último, queremos hacer referencia a dos casos de vulneración de los derechos más básicos y fundamentales de la persona que se han producido en la prisión de Huelva y que son una muestra de todo lo que ocurre dentro de esos muros:

* Se han producido casos de limitación regimental del art. 75 RP. Esto supone que a una persona se le aplica un régimen asimilado al de los presos en régimen cerrado, es decir un preso de 2º grado con condiciones de 1º grado.

La ley exige que estas limitaciones se apliquen con unas condiciones mínimas, pero NUNCA como una forma de sanción, y NUNCA como una medida cautelar a la espera de una REGRESIÓN A PRIMER GRADO.

Así lo ha mantenido la doctrina y así lo ha expresado claramente el DEFENSOR DEL PUEBLO ESTATAL.

Sin embargo, en nuestra prisión de Huelva se han aplicado recientemente las medidas del Art. 75 como MEDIDA CAUTELAR a la espera de la REGRESIÓN A GRADO. Y ello con la autorización del JVP.

Esto supone que la Dirección del CP asume competencias que no le corresponden y utiliza un subterfugio legal para castigar a una persona. Y ello sin un procedimiento sancionador ni nada que se le asemeje.

* Queremos poner de manifiesto la situación de un chico que fue rapado y desnudado lo que ha originado ¡por fin! Una investigación del JVP. Este chico tras obtener el tercer grado se le relacionó con unos hechos (contra una funcionaria concretamente) del que no es culpable, como se demuestra con su absolución en el juicio, y tras varios acontecimientos, vuelve a ingresar en prisión. Tras su entrada se ha llevado meses y meses denunciando humillaciones, vejaciones, agresiones, abusos de autoridad… en las cuales siempre se hizo nada ni siquiera investigación. Se produce una amenaza de regresión a primer grado por un hecho que no se produjo (pincho) y aquí es cuando vuelve a sufrir agresiones e interviene el médico, a los treinta días aparece el médico forense y aparece la J.V.P. A partir de aquí: se paraliza el progreso a primero grado, el JVP manda los hechos al Juzgado de Instrucción nº1 y el Director abre expedientes disciplinarios. Nos preguntamos qué es lo que habrá ocurrido para que toda esta maquinaria haya saltado a la vez, ya que el único acto que observa la J.V.P. es el hecho de que lo desnudaran y raparan el pelo, hecho humillante pero no mucho más de todo lo pasado en meses anteriores de los cuales tiene conocimiento.

Por último añadir que todas estas circunstancias la hemos puesto en conocimiento del Subdelegado del Gobierno en una reunión mantenida el pasado viernes.

Desde la Asociación seguimos pidiendo transparencia a los organismos pertinentes para que las situaciones aquí planteadas como un boceto de lo que realmente ocurre, no vuelvan a producirse, que la cárcel forma parte de la sociedad y todas las personas que se encuentran dentro tienen derechos individuales y les aseguramos que desde la Asociación vamos a seguir denunciando situaciones de violación de DD.HH. Gracias.

Otro suicidio en prisión, ahora en Mansilla (León)

El vecino de Quilós que apuñaló el pasado año al entonces concejal de Cacabelos Julio Voces se ha quitado la vida en la cárcel de Mansilla. G.A.F. se encontraba internado en la enfermería de la prisión provincial.

Según ha confirmado el director del centro penitenciario, Alberto Fidalgo, el suceso se produjo el pasado día 12 del presente mes. En el momento en el que los funcionarios del centro procedían a un recuento rutinario de los reclusos, descubrieron el cuerpo sin vida de G.A.F., que, según el responsable de la prisión, utilizó su propio cinturón para colgarse del soporte del televisor. 18 días antes, el 25 de junio, se había dictado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que decretaba el ingreso del hombre, que tenía 70 años, en un centro psiquiátrico penitenciario como medida de seguridad, pero dicho traslado aún no se había llevado a efecto.

Fidalgo explica que, tras el hallazgo del cuerpo, «se dio cuenta al juzgado de guardia, quien ordenó el posterior levantamiento del cadáver». Además, «se instruyen las diligencias correspondientes propias de estos casos y, a nivel administrativo, se abre también la información correspondiente para determinar oficialmente y en todos sus extremos las circunstancias de la muerte de esta persona».

El pasado día 25 de junio la Audiencia dictó la sentencia del proceso abierto a raíz del apuñalamiento del ex edil de Cacabelos. El tribunal considera probado que G.A.F. asestó dos puñaladas a su vecino, «ambas susceptibles de haber causado la muerte». La víctima tuvo que ser atendida en el Hospital del Bierzo y «resultó con lesiones que tardaron en curar cincuenta días, durante los cuales precisó de asistencias facultativas».

La propia sentencia recogía que el acusado «presenta un cuadro compatible con esquizofrenia paranoide de curso crónico que evoluciona con exacerbaciones agudas, que en el momento de los hechos anulaba su capacidad de conocimiento y voluntad». Teniendo en cuenta esto, tanto el Ministerio Fiscal como la defensa del acusado coincidieron en apuntar que no procedía «la imposición de una pena, sino de una medida de seguridad».

En el proceso se presentaron informes que determinaban los problemas psiquiátricos del hombre y aludían a un anterior intento de suicido. En el transcurso de las diligencias ya había permanecido ingresado en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante.

Julio Voces, representado por el letrado Manuel Casero, había decidido voluntariamente retirarse del proceso en el que, en un principio, se había personado. Por ello, dicha parte no llegó a formular ninguna acusación.

En los fundamentos jurídicos de su resolución, la Sección Tercera de la Audiencia apunta que «debe dictarse, sin más, la sentencia correspondiente, partiendo de los hechos admitidos por el acusado de ser los mismos constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa». En cualquier caso, se le aplicó «la circunstancia eximente completa de anomalía y alteración psíquica del artículo 20.1º del Código Penal que determinará su absolución, pero el sometimiento a la confirmada medida de seguridad de internamiento para su tratamiento médico». Así, en el fallo se decretó el internamiento de G.A.F. «en Centro Psiquiátrico Penitenciario adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que padece y, ello, durante el límite máximo de diez años».

A pesar de ello, 18 días después el vecino de Quilós permanecía todavía en la prisión de Mansilla y no se había llevado a efecto su traslado. Estaba en la enfermería, según el director, «más que nada por su edad, porque estaba totalmente estabilizado». Fidalgo asegura que durante su estancia en prisión había mantenido una conducta «totalmente normalizada».