«España es una República democrática de trabadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones. La bandera de la República española es roja, amarilla y […]
«España es una República democrática de trabadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones. La bandera de la República española es roja, amarilla y morada».
Así dice el artículo 1º. de la Constitución española de 1931 y, aspiramos a que, algún día, más temprano que tarde, se recoja en el artículo 1º. de la Constitución de la Tercera República española.
Más adelante, en su artículo 6º., dice: «España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional».
Más claro y concreto, imposible. Como veíamos en el capítulo I, Azaña y los republicanos de izquierda, querían una Constitución cuanto más corta y clara, mejor. Por y para el pueblo. Sin duda, una de las más avanzadas, no solo para el momento en el que se aprobó, 1931, sino para nuestros días.
En el Título Primero, define la organización territorial del Estado español, tal como podríamos asumirla ahora, más de setenta años después, ya que, muchas de las cuestiones, entonces planteadas, están aun por resolver.
A continuación se recogen los derechos y deberes de los españoles. «No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas. El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios».
«Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial. El Estado, las regiones, las provincias y los municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas».
Artículos 25º y 26º de la Constitución española de 1931. Para no extenderme sobre el desarrollo de este importante tema, remito al lector al artículo titulado, ‘El Estado laico: un compromiso de la izquierda’, de Rafael Padial, publicado en Rebelión, el 30 de junio de 2005 http://www.rebelion.org/noticia.php?id=17202
«Toda la riqueza del país, sea quien fuere su dueño, está subordinada a los intereses de la economía nacional y afecta al sostenimiento de las cargas públicas, con arreglo a la Constitución y a las leyes». Artículo 44º.
«La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna». Artículo 46º.
«El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado…». «La enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideales de solidaridad humana». «Se reconoce a las Iglesias el derecho, sujeto a inspección del Estado, de enseñar sus respectivas doctrinas en sus propios establecimientos». Artículo 48º.
Tanto los republicanos de izquierda, como los socialistas, de aquellos tiempos, dedicaron muchos esfuerzos a la educación y la cultura, sabedores de que la cimentación de la libertad y la democracia, no la puede sustentar el analfabetismo y la ignorancia. Dos lacras existentes que, junto con la pobreza, eran objetivos esenciales de la República, su erradicación.
Los instrumentos de la educación y la cultura, como útiles para lograr ciudadanos libres, no súbditos, sigue siendo hoy, una asignatura pendiente. La vigencia de los valores educativos y culturales que defendía la Segunda República española, para los republicanos de izquierda, es una realidad constatable, cada día.
Libertad, Igualdad y Fraternidad.
Francisco Vega es miembro de la Comisión Ejecutiva Federal de Izquierda Republicana y secretario de Organización de IR-Andalucía.