Son numerosas las razones por las que estoy en contra de la Ley de Partidos. Todas esas razones podrían resumirse en una. Pienso que la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos constituye un límite estrechísimo a la capacidad de pensar, reflexionar y dialogar sobre cuestiones como la democracia, la justicia, la […]
Son numerosas las razones por las que estoy en contra de la Ley de Partidos. Todas esas razones podrían resumirse en una. Pienso que la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos constituye un límite estrechísimo a la capacidad de pensar, reflexionar y dialogar sobre cuestiones como la democracia, la justicia, la verdad o el bien común.
El artículo 9 de la citada ley dice: «Un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos (…) mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave (…) acompañar la acción de la violencia con programas y actuaciones que fomentan una cultura de enfrentamiento y confrontación civil ligada a la actividad de los terroristas, o que persiguen intimidar, hacer desistir, neutralizar o aislar socialmente a quienes se oponen a la misma, haciéndoles vivir cotidianamente en un ambiente de coacción, miedo, exclusión o privación básica de las libertades y, en particular, de la libertad para opinar y para participar libre y democráticamente en los asuntos públicos».
No se trata de prevenir y evitar la confrontación civil, implicando a partidos políticos, movimientos ciudadanos, medios de comunicación, etc., sino de «suprimir» a quienes no compartan la definición de un conflicto y caractericen a los agentes que intervienen en el mismo de forma diferente a la «nuestra» (incluidos los y las activistas de ETA: «gudaris» para una de las partes del conflicto, «terroristas» para la otra parte).
Parece ser que no bastaba con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966, que establece un único deber para los estados firmantes: la prohibición de toda propaganda a favor de la guerra (resulta irónico, conociendo al promotor de la ley). El artículo 20.2 del Pacto dice: «Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley».
La Ley de Partidos es la doctrina del Partido Popular, y sirve para reforzar su ideología y su discurso político, social y moral, que consiste en eliminar toda oposición y disidencia a su proyecto. Para ello, no dudó en suprimir la divergencia de opinión, controlando y restringiendo la libertad de expresión. El PSOE, otorgando su apoyo incondicional a esta ley, le proporcionó el consenso necesario, eliminando toda marca partidista (del PP) en la misma. De esta forma, cualquier alteridad o diferencia en la interpretación y resolución de un conflicto sería sacrificada.
La Ley de Partidos ha heredado de la Inquisición la figura de las «relapsa» (reincidentes), exigiendo el arrepentimiento público a quienes militaron en partidos pertenecientes a la izquierda abertzale. El Tribunal Supremo ha anulado 133 listas de ANV y todas las agrupaciones electorales de Abertzale Sozialistak. ¿Con las actuales reglas «válidas» del juego, podrá este pueblo decidir sobre su futuro?
* Belén Martínez es analista social.