Si hay algo de escaso merito por parte de ejecutorias gubernamentales del subpresidente colombiano es la fallida política exterior y por ende la carencia de una acertada visión de relación con los Estados en cuanto al tema migratorio acaece.
Lo migratorio clasifica como álgido en la agenda internacional de cualquier país. Subsume diagnósticos tempranos y problemas de afrontar como la salud, educación, seguridad. Acorde con el panorama geopolítico el transito, recepción y destino de esa población, que afecta el tejido social y de entorno.
Tal cual ha sucedido con la concentración de migrantes (la mayoría haitianos y de otros países) en Necloquí, la improvisación y la desidia redundan en característica y el trato dado a la población migrante venezolana, aupada y soliviantada por motivaciones de injerencias extranjeras y manejo maquiavelista de obtusa oposición al reconocimiento de un gobierno constitucionalmente establecido, conllevan al diagnostico que en materia de relaciones exteriores y comportamiento migratorio nacional se esta ante una verdadera pifiada
En el presente mes entró en vigencia una nueva Ley de Fronteras por medio de la cual se establece un régimen especial para los corregimientos, municipios, departamentos y regiones de frontera de Colombia, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 9, 289 y 337 de la constitución política. La norma fue impulsada por el Gobierno Nacional para regular lo relacionado con las zonas fronterizas de los países vecinos. Al igual que todas las leyes en Colombia, se hacen de espaldas a un debate nacional y a auscultar las necesidades recientes locales. Un ingente esfuerzo, que en nada compensó situaciones nuevas suscitadas en el escenario internacional; precisamente por falta de una perspectiva funcional del las relaciones exteriores aplicada, o sin aplicar, debido al desconocimiento y lo sujeto a la improvisación. Es así, como se estrena esa ley, que plasma situaciones de hecho acomodadas y que ante lo inusitado que ha resultado, el paso por el territorio nacional y permanencia de población migrante haitiana y de otros países, concentrados en zonas no fronterizas, nos damos el lujo de estrenar nueva ley, que no contempla la situación de hecho planteada.
Para el próximo mes de octubre queda definida la legalización de mas de 1.700.000 venezolanos de ambos sexos, que permanecían en el país, a partir del 31 de enero de 2.021.
La carencia de una política consecuente con las actividades e intereses de relaciones de poder y de grupo de los migrantes en Colombia, explica el porqué ahora, salta la liebre en un mundo tan distante como el lejano oriente y nos vemos avocados a la orden imperial de tener que aceptar la permanencia y hospitalidad de población afgana, resultado de la debacle producida en ese país invadido por las fuerzas estadounidenses y de la Otan.
El Estatuto de Permanencia Permanente en el Territorio para venezolanos, conocido como Estatuto Temporal de Protección (ETP),está compuesto por tres fases, a partir del Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV). En USA se denomina Estatuto de Protección Personal(TPS). Tamaña coincidencia!. La primera etapa se inició el 5 de mayo. La segunda etapa se inicia el 1 de septiembre e incluye la verificación de datos de manera presencial y el registro biométrico; la tercera fase, concluye hasta octubre de 2.021. A partir del mes de octubre de 2.021 los venezolanos obtendrán la decisión de recibir el certificado de permanencia, como documento permanente, en el plazo de treinta días. Desde ya indicar que esa permanencia se otorga gratuitamente por el plazo de 10 años, como algo que no ajusta realidades cambiantes en la situación venezolana interna. En tanto, ningún venezolano está beneficiado por el Estatuto, sin cambiar su condición migratoria, que es lo indispensable para poderse beneficiar del Sisben, por ejemplo. Están como en el limbo, sin cédula, pasaporte,opciones; algo cohonestado por el sistema migratorio inoperante y que laxa el control de comportamiento social de esta población migrante. Es de enterarse que el actual éxodo de población venezolana, no había tenido parangón de proporción,por su cantidad, en América Latina. Ha venido siendo resuelto en otros países y Colombia, la mayor receptora de ese fenómeno no ha logrado dar las pautas de ejemplo a seguirse.
Suscita debate e interpretaciones diversas la permanencia de venezolanos en el país. Expertos los califican de mitos y los reducen a grupos o temas como el que los migrantes salen de su país porque quieren. Generaran inseguridad. Representan peligro para la cultura del país. Afectan la capacidad laboral y de trabajo a la población colombiana.Discriminan a la mujer venezolana situándola en que vienen a embarazarse a Colombia y tener a sus hijos, en garantía a una permanencia.
NATURALEZA DE LA POBLACION MIGRANTE VENEZOLANA EN COLOMBIA.
A Colombia arriban venezolanos y venezolanas migrantes, motivados por situaciones económicas, sociales, de subsistencia. Se trata de desplazados laborales, emigrantes económicos. Buscan mejorar sus calidades de vida; o salir, puesto que lo hicieron sus familiares; también, para reunificarse. Buscar otros horizontes, etc. Etc. En modo alguno son perseguidos políticos. Huyen por las condiciones económico, sociales y de desventaja, producto de las medias coercitivas y de embargos contra las divisas internacionales del país bolivariano; bloqueos y sanciones impuestos por decenas de países, incluidos los Estados Unidos y la UE, como agentes instigadores principales. Buscan la caída no solo del presidente N. Maduro, sino de todo el sistema imperante de la Revolución Bolivariana. Y esto no es simple afirmación, sino punto de vista escueto. Obedece a la característica de esa población, a la luz del Derecho Internacional Público. Por el contrario, los refugiados son personas que huyen de conflictos armados y de persecución directa. Por motivos políticos, religiosos, raciales, de genero, de libre determinación de sexo. Califican como personas en quienes penden amenazas, procesos y/o sentencias adocenadas de parcialidad política, persecución y sobre quienes pesa grave riesgo de perder la vida y por ende a quienes resulta peligroso negar el refugio o el asilo. En esto del estatus de refugio y asilo impera es el estado de conciencia subjetivo del perseguido y/o solicitante. Algo que la regularización del tal Estatuto de personas migrantes venezolanas no califican, para permanecer como refugiados en Colombia.
El régimen de refugiados está claramente normativado en lo internacional. Los países respetan y aplican esa normativa que sustenta el principio de legalidad interna. De manera que el tratamiento dado a la población migrante venezolana, no admite discusión y es en ocasiones, contenido de acciones y conductas prevaricadoras. Cada país tiene soberanamente procedimientos especializados para conceder o negar un estatutos de refugiados y o asilados; así como para declarar personas no gratas y hasta permitirse el no ingreso o expulsar a extranjeros. Eso concierne al poder de discrecionalidad. En Colombia el invento del Estatuto Provisional de Permanencia por mas de diez años, da al traste con esos principios de aplicación universal del debido proceso. Es claramente inconstitucional.
DE LA NATURALEZA DE LOS MIGRANTES AFGANOS.
Al respecto hablemos de una caja de Pandora. El gobierno narco paramilitar, cipayo, pro imperio y los medios de alienación masiva(MAM), mantienen en vilo a la opinión publica nacional acerca de la llegada de mas de 4.000 afganos, que huyen de su país de origen. Se anticipan a calificarlos de refugiados. Tamaña tropelía. El solo hecho de acatar la propuesta unilateral, in consulta, de orden y mando del gobierno norteamericano, para que sean recibidos un numero de afganos que han salido de su país y ellos han evacuado, previamente, representa el asomo de un flagrante delito de abuso de poder, en un país bajo un supuesto régimen de Estado de Derecho. Qué conlleva esa aceleración confusa?: a una flagrante violación de la soberanía nacional. El trasfondo de supuestos ciudadanos, mujeres, familias y niños perseguidos, abrirá la patente de corso para que los efectivos para invasores afganos, actores de crímenes de guerra y de alistamiento militar, traídos, al servicio de las tropas invasoras del pueblo afgano, llegaren a las fértiles tierras del narco para militarismo estatal colombiano. Cuántos de ellos mercenarios y sicarios, en listados de aprobación de el Pentágono y de la CIA?. Anuncian además, que USA costeará todo, cual prebendas, de por sí denigrantes; lo cual de por si es manifiestamente inconstitucional y craso delito a lesa soberanía ( me abstengo de mencionar lesa “patria”, que la bota militarista del ejército made in Usa, ha pisoteado).
Todo pareciere indicar que la llegada de los tales afganos fracasará. De lo contrario, es porque hay Troya!.