Interpelado por el padre de unos jóvenes torturados, el juez Grande-Marlaska de la Audiencia Nacional ha pretendido que toma, «a efectos preventivos», todas las medidas necesarias para evitar dichas torturas. La verdad, sin embargo, es que se opone frontalmente a aplicar tres medidas preventivas que vienen siendo demandadas desde hace más de una década por […]
Interpelado por el padre de unos jóvenes torturados, el juez Grande-Marlaska de la Audiencia Nacional ha pretendido que toma, «a efectos preventivos», todas las medidas necesarias para evitar dichas torturas. La verdad, sin embargo, es que se opone frontalmente a aplicar tres medidas preventivas que vienen siendo demandadas desde hace más de una década por todos los organismos internacionales de prevención de la tortura y que sí aplican otros tres colegas suyos de la AN: grabación del periodo de detención, visita del médico de confianza acompañado del forense y notificación de la detención y lugar en que se encuentra el detenido a sus familiares.
La realidad es que, de 63 incomunicados torturados el año pasado, 41 lo fueron bajo su responsabilidad. Ni más ni menos que el 65%. Los otros dos jueces que se niegan a aplicar las mencionadas medidas preventivas acumularon el 32% de las denuncias de torturas y tan sólo dos incomunicados, el 3%, denunciaron malos tratos tras ser incomunicados por los tres jueces que sí las aplican, aunque con notorias deficiencias.
Precisamente, fue una de las redadas ordenadas por Marlaska, la realizada el 14 de abril del 2010 en la que detuvieron a diez personas, la que dio origen al descubrimiento de un dossier policial interno del que se desprenden claras pruebas sobre lo que realmente les sucede a la mayoría de las personas incomunicadas en el Estado español.
Dicho dossier dejó negro sobre blanco lo que, por otra parte, era más que obvio: que equipos de agentes especializados, identificados en el dossier por sus alias, someten a los militantes vascos incomunicados a interrogatorios ilegales cuyo objetivo es el de «obtener manifestaciones que ratifiquen las imputaciones judiciales que existen»; es decir, autoinculpaciones y confesiones.
En efecto, según la ley, si el detenido desea declarar, lo debe hacer siempre ante el instructor policial, el secretario, y el abogado, que es siempre de oficio en casos de incomunicación. Cualquier otro interrogatorio es ilegal, incluso aplicando la legislación antiterrorista, pero no por ilegal deja de ser absolutamente habitual, y su objetivo es el de preparar las confesiones que será obligado a hacer el torturado en un interrogatorio legal ante abogado de oficio. Y si se niega a ello, o no sigue exactamente el guión preestablecido, ya sabe lo que le espera: el infierno de nuevo.
El dossier interno daba cuenta de cómo se debía desarrollar el operativo, las detenciones, los registros y los interrogatorios, remarcando el trato diferencial a mantener con tres abogados y un reconocido artista, respecto al resto de detenidos. Así, se insistía de manera expresa en que «en todo momento» se les dispensara a los cuatro un buen trato, y que su traslado a Madrid se efectuara en furgón policial, y no en coches camuflados como los otros seis detenidos.
Consignas que se cumplieron a rajatabla pues las declaraciones realizadas por los detenidos ante el juez Marlaska tras agotar el periodo de cinco días de incomunicación concordaron con lo recogido en el dossier. Mientras que los cuatro «agraciados» relataron un trato correcto, el resto de detenidos denunciaron todo tipo de presiones, incluso de índole sexual en el caso de las mujeres, malos tratos y sesiones de tortura con métodos como «la bolsa», entre otros.
El juez, una vez más, no les hizo ni caso, ya que centenares de detenidos incomunicados han denunciado torturas ante él y la única ocasión en que ha deducido testimonio para remitirlo al juzgado competente ha sido en el caso de Portu y Sarasola. Y lo hizo porque las pruebas eran tan flagrantes que no le quedó otro remedio.
Ahora Marlaska asegura que sólo actúa cuando ve y observa «realmente una mínima seriedad» en las alegaciones de torturas, y ha recalcado que para ello tiene que haber «unos mínimos elementos valorativos». ¡Como si no los hubiera siempre que una persona incomunicada denuncia haber sufrido malos tratos o torturas!
Lo que hay que dejar muy claro es que la simple denuncia de torturas ya es de por sí un claro elemento valorativo y el hecho de que la mayoría de esas personas se autoinculpe en dependencias policiales para después negar ante el juez las imputaciones aún lo es más. Sobre todo, porque no sucede nunca nada similar en el estado francés.
También es muy esclarecedor que cada vez que el CPT del Consejo de Europa visita el Estado español da credibilidad a denuncias de torturas despreciadas por quienes siempre se escudan en la falta de pruebas. O que dictámenes y estudios publicados por el Gobierno Vasco, el Ararteko y el Instituto Vasco de Criminología no apunten precisamente a la falsedad de las alegaciones de torturas.
Ante todo ello, sólo cabe tildar la actuación de Marlaska como de absolutamente cómplice con los torturadores y pedir con todas nuestras fuerzas que se constituya cuanto antes una Comisión de la Verdad ante la que los torturadores y sus cómplices deberán rendir cuentas.
¡A ver cómo se explica entonces!
Xabier Makazaga es autor de Manual del torturador español
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.