El Estado español defendió ayer ante la ONU la que no tiene cabida en su ordenamiento jurídico la investigación penal de crímenes cometidos durante la Guerra del 36 y el franquismo por tratarse de delitos ya prescritos, que además quedaron absueltos por la Ley de Amnistía de 1977. El Estado español presentó ayer ante el […]
El Estado español defendió ayer ante la ONU la que no tiene cabida en su ordenamiento jurídico la investigación penal de crímenes cometidos durante la Guerra del 36 y el franquismo por tratarse de delitos ya prescritos, que además quedaron absueltos por la Ley de Amnistía de 1977.
El Estado español presentó ayer ante el Comité sobre Desapariciones Forzadas de la ONU su primer informe sobre el grado de cumplimiento de la Convención Internacional sobre esta materia, que entró en vigor en diciembre de 2010, subrayando su «firme compromiso» en la lucha contra las desapariciones forzadas, como uno de los cuarenta países firmantes de la Convención Internacional sobre esta materia, pero asegurando que los crímenes cometidos durante la Guerra del 36 y el franquismo están ya prescritos.
El delito de desaparición forzada es considerado en los estándares internacionales como crimen de lesa humanidad, que no prescribe nunca; aspecto que España introdujo en su Código Penal en 2003.
Sin embargo, el abogado del Estado José Luis Vianda aclaró a los miembros del Comité que, aunque el artículo 131 del Código Penal establece la «imprescriptibilidad» de los delitos de lesa humanidad, esto se refiere a los crímenes de estas características cometidos a partir de la entrada en vigor de esa medida, es decir, hace diez años.
«Aunque consideremos las desapariciones forzadas como un delito de lesa humanidad, no tiene efecto retroactivo en base al principio de la ley penal más favorable», explicó.
Recordó que los delitos de desapariciones forzadas relacionados con el franquismo están absueltos por la Ley de Amnistía de 1977, «que extinguió las responsabilidades penales de todos los delitos de carácter político cometidos durante esa etapa», y sostuvo que esa ley «no sólo depuró las responsabilidades penales de delitos cometidos por el régimen franquista, sino también de organizaciones de la oposición».
El Gobierno español vuelve a dejar claro que la impunidad del franquismo es intocable
Editorial de Gara
La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas está en vigor en el Estado español, pero este no investigará las desapariciones de la guerra del 36 y de la dictadura posterior porque la competencia del Comité sobre Desapariciones forzadas de la ONU está limitada por la fecha de entrada en vigor de la Convención, en diciembre de 2010. Ese es el argumento esgrimido por Madrid para rechazar esa investigación. No dice que no se deban investigar esas desapariciones, sino que no las va a investigar. Pero al justificar su negativa con un impedimento que no existe, el Gobierno español viene a decir de la forma más grosera que si la entrada en vigor de la Convención hubiera conllevado la investigación de todas las desapariciones, no la habría suscrito. Para él, la impunidad de los crímenes del franquismo es intocable.
Este, además, no es el único desprecio del Estado a un tratado internacional sobre derechos humanos al que se ha sumado. Recientemente ha sido condenado el Tribunal de Estrasburgo en virtud de uno de esos tratados y ha calificado la sentencia de «injusta» y de «insulto», e intenta retrasar su cumplimiento.