Comunicado de la Asamblea Estatal de las Marchas de DIGNIDAD 22M
Por el Derecho a Decidir
En el estado español se está dando una profunda involución democrática. La crisis financiera nos muestra cada día con mayor crudeza las contradicciones existentes entre el neoliberalismo capitalista y la posibilidad de ejercer un gobierno democrático.
En este contexto comprobamos cómo éste deterioro democrático conlleva la negación sistemática del Estado sobre el derecho a decidir de la ciudadanía en todos los ámbitos, aquellos que inciden sobre las personas y las colectividades. El último ejemplo de esta negación del derecho a decidir ha sido la imposición de la sucesión monárquica, negando a la ciudadanía la posibilidad de decidir sobre el modelo de estado.
Pero esta no es más que la última muestra de una ausencia total de procesos de participación ciudadana a través de referendos, consultas, etc., en temas fundamentales tanto a nivel social, económico y ecológico como pueden ser la negación de la soberanía de los territorios de canarias y baleares para decidir sobre el uso de sus recursos naturales; temas sociales y económicos, como pueden ser las reformas laborales y de pensiones, cuestiones consustanciales a nuestras condiciones de vida, reformas constitucionales, relaciones internacionales etc. Muy al contrario, el estado limita el derecho a decidir de las personas incluso sobre su propio cuerpo, como lo pretenden hacer sobre la mitad de la población, las mujeres, con la pretendida reforma de la ley del aborto.
Capítulo aparte merece la negación del derecho a decidir sobre su modelo político, social y económico a los pueblos y naciones del estado español que mayoritariamente lo demandan. Con ello se niega también el derecho a decidir sobre el modelo de relación que su ciudadanía desea establecer con el resto de pueblos y naciones, incluido el estado español.
En este sentido, el aparato de estado insiste hasta la náusea, con amenazas, en impedir por todos los medios, (incluyendo la suspensión de la autonomía de Cataluña según los previsto en el Articulo n. o155 de la Constitución de 1978 *(1)), el derecho democrático a que la ciudadanía catalana, exprese el tipo de relación política que quieren mantener con el estado español.Desde el Movimiento 22M – Marchas de la Dignidad – queremos manifestar nuestra profunda convicción de que si se impide el derecho a decidir de las gentes, de las mujeres, de los Pueblos… en sus espacios respectivos, se está de hecho negando las cuestiones más esenciales que configuran un sistema democrático. Convirtiendo cada vez más al Régimen del 78, en un Estado autoritario y antisocial.
Desde las marchas de la dignidad, movimiento en el que confluyen organizaciones sociales, sindicales y políticas de las diversas naciones, Pueblos y del conjunto del Estado, queremos expresar nuestro total apoyo al derecho a decidir de toda comunidad que así lo demande.
En consecuencia, defendemos entre otros, el Derecho a Decidir del Pueblo de Cataluña. Por ello, queremos informar que el próximo 11 de septiembre -Diada de 2014- una delegación de las Marchas de la DIGNIDAD 22M, estará en Cataluña, para mostrar nuestro apoyo a ese derecho básico que se recoge en el artículo 1 del pacto internacional de derechos civiles y políticos de la asamblea general de la ONU (2).
Notas:
(1) Artículo 155
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
(2) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Convienen en los artículos siguientes:
Parte I
Artículo 1
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultura.