Continúa la campaña de represión judicial y mediática contra el movimiento independentista en Galiza. Un nuevo juicio político tuvo lugar los días 7 y 8 de octubre en la Audiencia Nacional de Madrid contra el militante gallego Heitor Naia Koala. La Fiscalía pide 17 años de prisión y 10 de libertad vigilada por delitos de […]
Continúa la campaña de represión judicial y mediática contra el movimiento independentista en Galiza. Un nuevo juicio político tuvo lugar los días 7 y 8 de octubre en la Audiencia Nacional de Madrid contra el militante gallego Heitor Naia Koala.
La Fiscalía pide 17 años de prisión y 10 de libertad vigilada por delitos de «pertenencia a banda armada» y «daños con finalidad terrorista». Se le acusa de la colocación de un artefacto explosivo en una instalación de antenas de comunicación, propiedad de la empresa Red de Banda Ancha de Andalucía, en 2012.
Durante la primera vista, Heitor Naia negó en su intervención todos los cargos en su contra. De hecho, todas las pruebas que se presentaron se basan únicamente en las acusaciones verbales de Xurxo Rodriguez, otro de los procesados junto a Diego Santim. Hecho que fue reconocido por las fuerzas policiales, que declararon, entre constantes contradicciones, que nunca llegaron a identificar a Naia.
Tanto Santim como Rodrigues se han puesto al servicio de la Fiscalía a cambio de reducciones de condena y beneficios penitenciarios. En sus intervenciones, ambos reconocieron los delitos que se les imputan, sin embargo, Rodrigues, en estrecha colaboración con la policía española, lanzó acusaciones contra varios militantes, entre ellos, Heitor Naia.
El Código Penal español ha legalizado, a través de diversas reformas, el tratamiento excepcional de lo que se denomina «la figura del arrepentido», para aquellos que muestren una actitud de «colaboración». Desde esta lógica, cumplirá menos condena no quien cometa más delitos, sino quien delate y traicione más a sus ex compañeros de lucha, lo que evidencia claros intereses políticos en lugar de jurídicos, y otorga poca credibilidad a estas declaraciones forzadas. En este caso, para quien se niega a pactar, la petición se eleva hasta 17 años, mientras que para los que se autoinculpen o acusen a otros procesados, la condena se reduce a tan sólo 3 años. Un absurdo jurídico que pretende legitimar declaraciones que carecen de credibilidad.
En mayo de 2014, la Audiencia Nacional española condenó al militante Carlos Calvo a 12 años de prisión con una única prueba: la confesión del otro acusado, Xurxo Rodrigues. Éste había llegado previamente a un acuerdo con la fiscalía de rebajarle la pena a la mitad, a cambio de modificar el sentido de sus declaraciones, que siempre habían sido de exculpación a Carlos Calvo. En esta ocasión, un juez de la Audiencia Nazional se declaró completamente en contra no sólo de la acusación sobre Carlos, sino de la existencia misma de la organización terrorista.
Último ingreso en prisión
El pasado viernes 3 de octubre la Guardia Civil desplegó en la capital gallega un desproporcionado operativo policial, perfectamente coordinado con las principales agencias de comunicación, para detener al joven militante independentista Raúl Agulheiro. Una vez más, el discurso periodístico reproduce literalmente la tesis policial y el auto judicial: en una suerte de juicio paralelo, obvia la presunción de inocencia y acusa directamente a Raúl de ser integrante de «Resistencia Galega» y autor del sabotaje ocurrido el pasado 30 de septiembre en la sede municipal de Baralha, pueblo de la provincia de Lugo (Galiza).
Después de tres días de detención incomunicada, sin acceso a asistencia médica y jurídica y sin derecho a comunicarse con familiares o amigos, el militante Raul Agulheiro ha pasado este lunes 6 de octubre a disposición de un juez de la Audiencia Nacional, quien ha decretado prisión incondicional en la cárcel madrileña de Soto del Real, a cientos de kilómetros de su entorno social.
Estas medidas excepcionales que contempla la legislación antiterrorista han sido fuertemente criticadas por la normativa internacional. En este sentido, el Comité Europeo de Derechos Humanos, así como el Comisionado Especial de Naciones Unidas contra la Tortura, instaron al Estado español para que «erradique por completo la figura de la incomunicación ya que facilita que se cometan actos de tortura y malos tratos», y denunciaron la dispersión penitenciaria como un castigo para el entorno social, así como «un obstáculo práctico para la preparación de la defensa, pues las personas acusadas están internadas a gran distancia de los abogados». Enlace al Informe de Naciones Unidas contra la tortura en España: http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/7485.pdf?view=1.
Actualmente el saldo de esta represión, iniciada en el año 2011, es de seis militantes presos bajo medidas excepcionales de dispersión, aislamiento e incomunicación; cinco de ellos con sentencias firmes de entre 7 y 15 años, y uno a la espera de juicio. Además, el movimiento independentista ha tenido que afrontar duras sanciones económicas, intentos de infiltración policial, registros de centros sociales, identificaciones constantes y detenciones. La campaña mediática de criminalización política da por hecho las acusaciones de la policía y argumenta como prueba la militancia pública y, en concreto, el apoyo a los colectivos de solidaridad con los presos independentistas gallegos: el Organismo Popular Anti-represivo Ceivar y la Plataforma Que voltem para a casa.