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¿Por qué en España la ciudadanía no elige al presidente del Gobierno?

Fuentes: Rebelión

¿Cuándo es más fácil que dos cosas sean diferentes? Pues seguramente cuando se eligen de maneras distintas. Así pues, en Estados Unidos, por ejemplo, el presidente se elige en unas elecciones, mientras que los miembros del Congreso (compuesto por la Cámara de Representantes y el Senado) se designan en otros comicios. De esta manera, se […]

¿Cuándo es más fácil que dos cosas sean diferentes? Pues seguramente cuando se eligen de maneras distintas. Así pues, en Estados Unidos, por ejemplo, el presidente se elige en unas elecciones, mientras que los miembros del Congreso (compuesto por la Cámara de Representantes y el Senado) se designan en otros comicios. De esta manera, se consigue cumplir la teoría de la división de poderes, puesto que el poder ejecutivo recae sobre el presidente y el legislativo sobre el Congreso de los Estados Unidos. Por tanto, si los sistemas representativos occidentales aspiran a ser decentes deben procurar que el ejecutivo, legislativo y judicial sean verdaderamente independientes entre sí. ¿Y esto cómo se consigue? Pues para empezar haciendo que cada poder nazca de procedimientos distintos, dado que si nacen del mismo o son configurados por las mismas personas, es muy difícil que un poder termine supervisando la acción del otro.

Esta introducción permite abordar plenamente la cuestión en España. En este país, aunque las elecciones generales no sirven para elegir al jefe del ejecutivo, lo habitual es que haya presidente poco tiempo después de ellas. De hecho, desde los poderes públicos se promueve esta práctica como algo que responde a lo que llaman «normalidad democrática». ¿Es así? ¡En absoluto! Las elecciones generales son solo legislativas, y de ellas no salen más que los miembros de las Cortes Generales (Congreso y Senado) que conforman el poder legislativo. Sin embargo, estas personas rápidamente comienzan a negociar la investidura del presidente del Gobierno, que es el jefe de otro poder (el ejecutivo) y quien nombra además a los restantes miembros del mismo (ministros). Entonces, si desde la mayoría del poder legislativo (sea el grupo político con más peso o mediante pactos) se elige al jefe del ejecutivo, no es ya que estos dos poderes no vayan a ser independientes, es que directamente ¡uno de ellos será comparsa del otro!

Por consiguiente, ¿qué consecuencias se derivan de este despropósito? Sencillamente, que el/los partido/s con mayor cuota del poder legislativo tendrán a su vez controlado el ejecutivo. Asimismo, no debe olvidarse la determinante influencia que adquieren para designar a los miembros del Tribunal Supremo, del Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial. Todo ello implicará que un único procedimiento (elecciones generales) sirva para adquirir suficiente poder como para adueñarse de las principales estructuras del Estado durante, al menos, 4 años. Así que, para evitar precisamente eso se introdujo la teoría de la división de poderes, porque cuando en un sistema representativo un grupo reducido de personas concentran demasiado poder, dicho sistema se vuelve despótico (y lo seguirá siendo aunque sea de carácter temporal y elegible).

Entretanto, este «despotismo elegible» que reina en España, además de las carencias señaladas, pone de manifiesto también la escasa capacidad de elección de la ciudadanía. Dado que si los sistemas representativos actuales presumen que sus cargos son directamente elegidos por sus ciudadanos, ¿cómo puede justificarse que el jefe del ejecutivo, que no es un cargo precisamente menor, sea elegido por sus colegas del Congreso? Seguramente cueste hacerlo, de modo que las elecciones legislativas adoptan un falso enfoque presidencialista, y buscan transmitir la sensación de que la ciudadanía realmente puede votar al presidente. No obstante, los únicas personas que pueden hacerlo son los habitantes de la circunscripción de Madrid, ya que probablemente el candidato a presidente se presente como número uno por esa circunscripción. Ahora bien, en ese caso concreto no lo hará como presidenciable, sino como candidato a diputado.

De esta manera, los problemas mencionados provienen, casi con toda seguridad, de los rasgos preeminentemente partitocráticos que tiene el sistema. Unos rasgos que permiten que el partido que gane las elecciones generales consiga seguramente, además de la mayoría del legislativo, el poder ejecutivo y una influencia determinante en el poder judicial. Este entramado se sostiene evidentemente en una legislación electoral que sobrerrepresentando a las mayorías e infrarrepresentando a las minorías, termina diseñando un parlamento con una correlación de fuerzas muy dispar. Sin embargo, cuando por avatares del destino se terminan teniendo parlamentos más fragmentados, la clase política debe negociar entre sí algo que sería más lógico que correspondiera hacer a la ciudadanía. Puesto que, en esos momentos es cuando tienen lugar concesiones en una dirección u otra, normalmente a escondidas del resto de la gente, para que el poder nuevamente consiga acomodarse en una dócil minoría.

Juan Carlos Calomarde García es politólogo y doctorando en Ética y Democracia

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.