Recomiendo:
0

Por una Comisión Nacional de Búsqueda de los Desaparecidos del Franquismo

Fuentes: Diagonal

El Estado español, el país que con casi 150.000 personas en fosas clandestinas, y un número indeterminado de «niños perdidos», se sitúa en cabeza del trágico ranking mundial de víctimas de desaparición forzada -superados tales números del franquismo tan sólo por el régimen de Pol Pot-, carece, sin embargo, todavía hoy, de ninguno de los […]

El Estado español, el país que con casi 150.000 personas en fosas clandestinas, y un número indeterminado de «niños perdidos», se sitúa en cabeza del trágico ranking mundial de víctimas de desaparición forzada -superados tales números del franquismo tan sólo por el régimen de Pol Pot-, carece, sin embargo, todavía hoy, de ninguno de los instrumentos internacionalmente previstos en materia de verdad, justicia y reparación a los desaparecidos y a sus familias.

Tal como suena

La dura crónica de todo lo que -aún con 30 años de retraso- se continúa omitiendo en nuestro país resulta ya demasiado sobrecogedora, demasiado extensa e incomprensible. Como si, una vez más, el derecho internacional de los derechos humanos, el mismo derecho penal internacional, volviese a acabarse en los Pirineos; al menos respecto de todo un amplio colectivo de ciudadanos con los apellidos y antecedentes familiares «equivocados».

No se articularon, desde el principio, las políticas públicas de memoria y reparación siguiendo el modelo de Comisión de la Verdad, independiente, prevista con normalidad por el sistema ONU como espacio natural de debate y amplia participación, transparente – en algunas experiencias retransmitidas sus sesiones por radio o televisión- que elevase las propuestas de intervención legislativa a nuestras autoridades; se prefirió crear, en cambio, una Comisión Interministerial de estudio. Aunque «interministerial» e «independiente» no signifique exactamente lo mismo. Aunque la lacónica idea de transparencia y accesibilidad a la documentación del año y medio de trabajos de nuestra Comisión Interministerial sea constatable por el lector en la red. Aunque tras todo ese estudio, lamentablemente, se dejasen en el tintero todo el caso de los niños perdidos, que la subsiguiente ley «de la memoria» ni siquiera menciona -ni siquiera lo menciona-; aunque de «memoria de género» tampoco se diga una sola palabra, ni de las vigentes resonsabilidades de los empresarios del franquismo, las requisas coactivas de papel moneda de la República, las deportaciones forzadas de población civil protegida, la persecución… imagínense que en las sesiones de una Comisión de la Verdad, independiente, retransmitida por televisión, se hubiese acabado escuchando cientos de tales testimonios, y hasta debatiéndose de todas estas cosas, y se hubiese llegado al atrevimiento – que a los independientes los carga el diablo- de elevar propuestas legislativas concretas respecto de todo ello en su informe final para la elaboración de una ley «de la memoria» diferente, y que, probablemente, hubiésemos tenido que llamar de otra manera; función esencial ésta última atribuida a las Comisiones de la Verdad precisamente para que ningún estudioso ministerial, ni interministerial, se despiste.

Pero total, para qué va a necesitar nuestra sociedad conocer la verdad para poder hacer «memoria», si con el buen rollo institucional y un par de subvenciones nos sobra… la sombra de los Pirineos, efectivamente, es alargada.

Y, claro, así las cosas, mucho menos aún se iba a enjuiciar a los responsables de toda esa inmensidad de desapariciones, justamente por aquello mismo del anómalo «efecto jurídico ultrapirenaico»: al parecer al norte de los Pirineos sí que rigen con normalidad los posicionamientos adoptados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde Papon contra Francia y Kolk Kislyiy contra Estonia en materia de persecución penal de los crímenes de ese periodo histórico -nuevamente reiterado, además, todo ello en recientísimos pronunciamientos de septiembre de 2008 y de este mismo enero de 2009-, y que permitieron a los tribunales de dichos países aplicar el legado de Nuremberg a sus nacionales; al sur de los Pirineos, en cambio, esto tampoco es así. Y no lo es, precisamente, en virtud de la llamada doctrina «Scilingo» de un Tribunal Supremo bastante menos atento a dicha jurisprudencia del máximo órgano jurisdiccional europeo de derechos fundamentales de lo que lo ha estado respecto a los argumentos de la ultra derecha patria contra Baltasar Garzón, justamente el primer juez que ha intentado hacer valer en España esa misma jurisprudencia europea. Ver para creer.

Y no hay más que hablar, que aunque los derechos humanos de nuestros desaparecidos y sus familiares se sigan violando de forma continuada cada día que se sigue prolongando esta situación -sin que hayamos cumplido ni una sola de nuestras obligaciones al respecto para tratar de imperdirlo- nuestra olvidadiza ley «de la memoria» ya se encarga de prever todo un bonito puzle de normas sin desarrollo… que ahora tampoco parece que las comunidades autónomas estén dispuestas a pagar.

Como si finalmente lo hicieran: el problema es el mal planteamiento de base de una ley contraria a varios derechos humanos recogidos en los artículos 2 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos -veinte organizaciones de jueces y fiscales de toda Europa agrupadas en torno a MEDEL se lo han dicho a nuestro Gobierno-; el problema es que nuestra ley descarga las funciones estatales de búsqueda de los desaparecidos en sus familiares, subvencionados a su suerte, y no tiene nada que ver con los mínimos internacionales exigidos por la Corte Internamericana de Derechos Humanos, o el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, respecto el deber de llevar a cabo una «investigación oficial efectiva e independiente» sin tardanza, por propia iniciativa de las autoridades del Estado -no de ningún familiar- y en todos los casos de desaparición de los que se tenga noticia; un modelo patrio, sur-pirenaico, el actualmente vigente en nuestro país que, de hecho, está copiado-pegado de una orden de Franco de mayo de 1940 (BOE n.130 de 09/05/1940, pág. 3157), por mucho que pueda producir vergüenza hasta el mencionarlo. Y por eso no hay buen desarrollo que valga de dicha regulación, sino expulsar ese «redivivo» jurídico del pasado de nuestro ordenamiento modificando la ley -como se modifican tantas otras- y creando una Comisión Nacional de Búsqueda de los Desaparecidos del Franquismo con plena garantía de la particición de las asociaciones en su seno, como se le tuvo que recordar a El Salvador con ocasión del caso de las «niñas perdidas» Serrano Cruz.

Pero, lamentablemente, antes parece previsible – nada deseo tanto como equivocarme – la inminencia de nuevas dosis de malabarismo dialectico-jurídico, de huida hacia adelante, «protocolizando» ahora dicha misma abdicación de funciones propias del Estado, que ninguna otra cosa. Según parece «el espectáculo debe continuar», aunque el precio de todo esto lo continúen pagando todas esas familias, víctimas del «trato inhumano» de nuestro Estado y hasta de injerencia en su «derecho a la vida familiar» en virtud de otras cuantas más de esas sentencias «latosas» de allende los Pirineos y con la que -antes o despues- tendremos que acabar haciendo las cuentas como cualquier otro Estado de Europa.

¿Cómo podremos explicar a nuestros hijos, a nuestros estudiantes, los presentes momentos de impunidad y abandono de todos esos miles de personas, nosotros que estamos siendo testigos directos de todo esto, el día que obtengan pleno reconocimiento jurídico e institucional los derechos humanos de estas víctimas, y nuestro Estado tenga que pedir perdón y cumplir con todo lo que hoy incumple?, ¿cómo hablarles, ese día, del relato de estos crímenes contra la humanidad de la dictadura más sangrienta de nuestra historia, y de la propia parcela de responsabilidad de unas autoridades ya democráticas que, durante décadas, toleraron la continuación de dicha situación sin activar por propia iniciativa ni uno sólo de los mecanismos del entero aparato de justicia?, ¿con qué palabras seremos capaces de escribir, y preservar para el futuro, esa otra «memoria histórica» de la vergüenza, el relato de todas esas madres y familiares -cientos, miles…- cuya vida hemos permitido, seguimos permitiendo, que se vayan apagando, una por una, en el íntimo dolor y la soledad de la larga espera de un anhelado reencuentro familiar que ya nunca podrá ser?.

Por favor, que impere de una vez la cordura -jurídica, institucional-, que impere de una vez la humanidad y la compasión, el Estado de Derecho, y se detenga, de una vez, toda esta situación que nos hace ya acreedores de nuestra propia parte de daño en el trágico devenir de estas decenas de miles de seres humanos. Comisión Nacional de Búsqueda de los Desaparecidos del Franquismo, «investigación oficial efectiva e independiente» por parte de nuestro Estado, ya.

Miguel Ángel Rodríguez Arias es investigador de Derecho penal Internacional de la UCLM, autor del libro El caso de los niños perdidos del franquismo: crimen contra la humanidad