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Prisioneras de la falta de vivienda social

Fuentes: Ctxt

La escasez de vivienda pública propicia que las víctimas de violencia machista permanezcan atrapadas con sus agresores. Mientras la media europea es del 9,5% sobre el total de viviendas, España dispone de apenas un 2,5%.

El acceso a una vivienda digna es, en la actualidad española, una tarea de lo más complicada. Si bien es un derecho básico recogido en nuestra Constitución, de facto no está protegido en nuestro país, y se ha convertido en una de las causas que más vulnerabilidad generan cada año a miles de familias. Por ello, es imprescindible la aprobación en este 2023 de una Ley de Vivienda actualizada y eficaz, tal y como llevan meses reclamando diferentes colectivos.

Esta dificultad de acceso tiene multitud de causas: los excesivos precios de las viviendas y de los alquileres, la gentrificación en las grandes ciudades, la enorme cantidad de viviendas vacías en manos de grandes tenedores, etc. 

Sin embargo, podría decirse que una de las causas más importantes de esta problemática, por lo menos en España, es la falta de vivienda social. Las familias que no pueden acceder a una vivienda digna en el mercado ordinario no disponen tampoco de un plan B. Las personas que se ven involucradas en esta situación provienen de escenarios muy diversos. No obstante, las consecuencias se tornan especialmente graves para las mujeres, como veremos a continuación. 

Para ilustrar la importancia y dificultad de acceso a la vivienda social en España, me gustaría describir dos historias reales a las que me he enfrentado recientemente (los nombres se han cambiado para proteger la privacidad de las protagonistas):

  • María lleva 16 años con su pareja, con el que tiene dos hijos en común. Ha sufrido maltrato psicológico durante toda la relación, y maltrato físico durante los últimos dos. No aguanta más, y toma la valiente decisión de salir de casa. Como no tiene a donde ir con sus ingresos, se va a casa de una amiga, que le presta una habitación hasta que encuentre otra cosa. Por más que busca, no encuentra ningún alquiler al que pueda acceder. Como la casa en la que se quedó su maltratador está a nombre de los dos, no puede acceder a vivienda social por sobrepasar el límite patrimonial. Desesperada, ahora se plantea volver a casa de su agresor hasta que firmen el divorcio. 
  • Carmen nunca ha tenido un trabajo remunerado, se casó muy joven y no acabó los estudios. Su marido lleva el dinero a casa, y ella realiza las tareas del hogar. Este hombre lleva años maltratándola de diferentes formas: la ha separado de todo su núcleo social, ha destrozado su autoestima, le agrede físicamente, le ha requisado su pasaporte y no le da acceso a la cuenta bancaria, generando una dependencia económica total. Viven en una habitación de un piso compartido y ella, que no puede más, se decide a pedir ayuda y contar por lo que está pasando. No obstante, hay que decirle que espere. No tiene otra opción: deberá permanecer compartiendo habitación con su agresor hasta que su solicitud de vivienda social por “especial necesidad” (así es como se llama el procedimiento, aunque parezca una broma de mal gusto) sea revisada y, en su caso, y con mucha suerte y paciencia, adjudicada.

A partir del análisis de estos relatos, me surgen diferentes reflexiones. La dificultad en el acceso a la vivienda es un problema que, como ya se ha comentado, afecta con especial virulencia a las mujeres. El techo de cristal, la feminización de los cuidados, la maternidad, las condiciones sociales y los roles de género multiplican los efectos más dañinos de la falta de vivienda. La menor capacidad económica y las condiciones de trabajo precarizadas dejan a las mujeres en una situación más vulnerable ante la subida generalizada de los precios. 

Además de estas cuestiones, es imprescindible resaltar la importancia de una realidad tan incómoda como preocupante: la situación de las mujeres víctimas de violencias machistas. La mencionada precariedad laboral y económica, unida a la grave dificultad (por no decir imposibilidad) para acceder a una vivienda social en España, fuerza a muchas víctimas de maltrato a permanecer conviviendo con sus agresores, con el riesgo (a veces vital) que esto conlleva. Esta situación se ha agravado sustancialmente durante los últimos años, primero con la crisis económica (que generó desempleo, pérdida de poder adquisitivo, etc.), después con la imparable subida de los precios de la vivienda, y por último a causa de la pandemia. 

Estas circunstancias han causado que muchas mujeres no tengan forma de huir de sus agresores. Si bien no hay que olvidar que muchas mujeres víctimas de violencias machistas no quieren, o no se sienten capaces de abandonar sus hogares por miedo, por dependencia emocional, por sus hijos e hijas, o por falta de recursos económicos, entre otras causas, es necesario alertar de la preocupante situación actual: cuando las mujeres se arman de valor y deciden abandonar a su agresor para iniciar una nueva vida, se topan con la cruda realidad: no hay viviendas para ellas. Quedan así prisioneras de sus maltratadores.

Nuestro ordenamiento prevé una puntuación mayor en el baremo de adjudicación de alquiler social para mujeres víctimas de violencia de género (siempre y cuando esta condición quede acreditada, ya sea a través de sentencia condenatoria para el agresor o bien a través del título habilitante) y/o con cargas familiares, pero hemos constatado que no es suficiente; el problema no es la competencia entre diferentes solicitantes, sino la falta de vivienda pública en este régimen en nuestro país. 

Mientras que la media europea de vivienda pública está en torno al 9,5% del total de viviendas (rozando incluso el 20% en países como Dinamarca), España dispone de un limitado 2,5% de este tipo de viviendas. Y esto es así pese a que, al menos con datos del 2021, un 27,8% de la población española se encuentra en situación de pobreza o exclusión social, algo que se ve agudizado para el caso de las mujeres. 

No hay una alternativa habitacional de otro tipo. Sin la opción de recurrir a un alquiler social, estas mujeres sólo pueden tomar tres decisiones: o bien permanecer en sus hogares, con el riesgo para sus vidas y el desgaste psicoemocional que ello conlleva; o bien recurrir a algún familiar o conocido, en el caso de que los tengan; o, por último, acudir a las ONG, entidades privadas o del Tercer Sector que dispongan de alternativas habitacionales para estos casos. Sin embargo, esta opción es limitada, puesto que también es un recurso escaso para la gran demanda que tiene, y además suele tratarse de pisos de emergencia, que las mujeres deben abandonar a los tres meses de haber ingresado allí, lo cual no proporciona ninguna estabilidad a medio plazo. 

La nueva Ley de Vivienda, actualmente en fase de negociación, prevé medidas interesantes que podrían suavizar algunos de los efectos comentados: imponer un tope a los precios del alquiler, recargar el IBI de las viviendas vacías, limitar la venta de vivienda pública, así como la reserva del 30% de nuevos desarrollos inmobiliarios para vivienda social. 

Quiero pensar que las historias de María y Carmen tendrán un final feliz, pero podría no ser así; y no fue así, desde luego, para muchas otras. Para ello, las administraciones públicas tienen dos tareas ineludibles: por un lado, invertir en vivienda pública, por ser de justicia social y una necesidad primordial; en segundo lugar, revisar las normativas al respecto, los requisitos de acceso y el procedimiento de adjudicación, puesto que hay miles de familias, personas, y en concreto mujeres, a las que les va la vida en ello, en el sentido más literal de la palabra. 

Rebeca Endsjo Martín es trabajadora social, jurista y politóloga. Se desempeña como asesora jurídica en Unión Romaní de Madrid.

Fuente: https://ctxt.es/es/20230201/Politica/42098/vivienda-publica-mujeres-maltrato-feminismo-victimas-agresores-ley-de-vivienda.htm