Son los ciudadanos los que han de estar consternados por no tener un Plan de Urbanismo y, sobre todo, por no haber tenido una alcaldesa y unos concejales, que para eso estaban y cobraban, con la voluntad de sacarlo adelante por la vía democrática, tal como algo tan importante y de interés colectivo requiere, y […]
Son los ciudadanos los que han de estar consternados por no tener un Plan de Urbanismo y, sobre todo, por no haber tenido una alcaldesa y unos concejales, que para eso estaban y cobraban, con la voluntad de sacarlo adelante por la vía democrática, tal como algo tan importante y de interés colectivo requiere, y no de manera soterrada como ha resultado ser.
Y lo anterior no solo es una opinión, también es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias cuando decide anular el PGO porque no ha cumplido con los principios de publicidad y participación ciudadana lo que ha generado indefensión a los ciudadanos. Tampoco es una cuestión de «forma» con la que pretenden disculparse y escudarse la ex alcaldesa Fernández Felgueroso y el concejal Santiago Martínez, ni el silencio de los dos concejales de Urbanismo Jesús Morales y Pedro Sanjurjo (actual Presidente del Parlamento asturiano y cuñado de Santiago Martínez ), protagonistas y responsables de este ladrillazo. La sentencia es clara, ustedes han hecho su Plan a espaldas de los ciudadanos a los que han relegado reiteradamente.
Pero por si lo anterior no fuera suficiente, el jueves día siete, en un artículo de Miriam Suárez en LNE, dice «las grandes bolsas urbanizables del concejo están en manos de 21 empresas, algunas familias notables y los bancos». La inmediata pregunta es ¿para qué y para quién era el PGO anulado? O, dicho de otra manera, ¿quiénes eran los beneficiarios del Plan? En Gijón, como en tantos otros lugares, sobran pisos y faltan pisos; sobran pisos vacíos y hay mucha gente sin vivienda, cuando no desahuciados. Esto no es un defecto de forma, esto es simplemente el resultado de una estudiada planificación de Política Económica con unos criterios que han dado por resultado la actual debacle financiera pero, sobre todo y lo más importante, nos han conducido, junto con otras actuaciones similares, al desastre social en el que estamos, a lo que llaman crisis, de la que nadie sabe cómo ni cuándo vamos a salir.
Ni este Plan ni tampoco el anterior, del que el Tribunal Supremo confirmó la anulación con más de treinta sentencias, han sido redactados democráticamente. La movilización social de la pasada década en contra del Plan fue muy importante y numerosa sin que por parte del Ayuntamiento hubiera más respuesta que las descalificaciones (Abogados de caleya, quieren hacer caja, decía Montes Estrada). El Ayuntamiento, ex alcaldesa y concejales, se burlaron de las tres «Marchas Verdes» y de los tres mil escritos presentados en el Registro municipal con la escusa de que si eran o no «alegaciones» o «recursos» de modo que en vez de facilitar la participación ciudadana, el Ayuntamiento la obstaculizó de mil maneras.
El PGO no ha sido recurrido por ningún malvado enemigo de Gijón sino por organizaciones vecinales y por ciudadanos a secas. Decir ahora que la victoria ha sido pírrica, como afirma la exalcaldesa, es tratar y considerar y a los ciudadanos como si fueran masoquistas. El interés general tiene que comenzar por el respeto de los bienes y de los intereses particulares hasta donde se pueda, pero no vale actuar como si el fin justificara los medios.
Es más, nada de victoria pírrica, sino de tozudez antidemocrática por parte del Ayuntamiento porque no conformes con las treinta sentencias, volvieron a reescribir el mismo PGO, más o menos y a toda prisa, solo unos días antes de finalizar el mandato. Así las cosas, no sorprende que este segundo Plan, fotocopiado del anterior, haya sido anulado.
Esta es la primera sentencia, porque al TSJA aún le quedan por resolver unos setenta recursos más y es fácil sospechar que todavía se desvelará algún despropósito que todavía vaya mucho más allá de un defecto de «forma». Queda por ver ahora qué Recursos de casación admite el TS porque los incumplimientos del PGO ni siquiera podrían ser de su competencia, sino simplemente de leyes autonómicas en las que el TSJA tiene la máxima competencia.
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