La intervención de las cuentas al ayuntamiento de Madrid era una cuestión cantada. El informe de julio de 2017 de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya lo anticipaba. El ayuntamiento de Madrid ha gastado más que lo que se establece en las normas de Regla de Gasto. Pero eso no significa que las […]
La intervención de las cuentas al ayuntamiento de Madrid era una cuestión cantada. El informe de julio de 2017 de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya lo anticipaba. El ayuntamiento de Madrid ha gastado más que lo que se establece en las normas de Regla de Gasto. Pero eso no significa que las normas sean adecuadas para la estabilidad y modernidad.
Decimos que no son adecuadas para la estabilidad y, además, que el Gobierno cambia para mal las condiciones preestablecidas.
La estabilidad económica no está en discusión en este debate. Hay bastante consenso entre los economistas en acordar que la evolución de los presupuestos públicos deben ser anti cíclicos, es decir que si la economía está mal, hay un automatismo del presupuesto que alivia esa crisis, disminuyendo los ingresos porque la recaudación impositiva cae y, en cambio, una serie de gastos aumentan, por ejemplo, el desempleo. Pero, esto ocurre considerando los presupuestos consolidados. Aunque démonos cuenta que, en nuestro país, los gastos de desempleo provienen de la seguridad social, de las cotizaciones laborales y que las rentas salariales han disminuido su peso en la Renta Nacional.
La Unión Europea y los gobiernos nacionales establecieron varias normas que favoreciesen la estabilidad económica, que los ingresos fueran semejantes a los gastos, en la dirección anti cíclica: el techo y la regla de gasto.
La regla de gasto, diferente al techo de gasto, se calcula actualizando el gasto computable del ejercicio anterior por un porcentaje del crecimiento económico. Si la economía crece a un tres, y los ingresos en esa proporción o más, el gasto debe crecer menos de esa cifra. El superávit que se pudiera lograr se determina que reducirá la deuda de esa administración, sin que el remanente, aunque sea parcialmente, pueda sumarse a la capacidad presupuestaria del ejercicio siguiente.
En lo que respecta el techo de gasto, éste se calcula como resultado de un algoritmo que establece el máximo de gasto que puede tener una administración pública. Lo hace sumando a los ingresos fiscales previstos, el déficit máximo establecido de acuerdo con Bruselas y que forma parte del pacto de estabilidad y crecimiento económico, independientemente del crecimiento, es el déficit el que marca cual es el máximo de gasto a presupuestar.
Lo que ha hecho el gobierno del PP es, desde nuestro punto de vista, una lectura sesgada y contraria a una política de cohesión y redistributiva con respecto al techo y regla de gasto, limitando y reduciendo su crecimiento potencial.
Así, en estos momentos en los que la economía crece, el PP ha reducido tipos de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y Sociedades, después de haber subido el IVA. Es decir, deja que el crecimiento económico repercuta en una mejoría de los ingresos impositivos sustrayendo los ingresos que se producirían si se hubiera mantenido la progresividad del sistema fiscal que, incluso, puede provocar la reducción absoluta de ingresos públicos. Y esto en momentos donde la suficiencia del sistema fiscal sigue cuestionada. En todo caso, se reduce la potencialidad de crecimiento del techo de gasto.
Pero hay más, porque si bien, hemos dicho que está generalmente aceptada en la academia económica que es una buena una política económica presupuestaria anti cíclica, es discutible la regla de gasto diseñada por las autoridades económicas, si ésta determina que no se pueda recuperar rápidamente las cifras de gasto cubiertas por ingresos al comienzo de la parte alcista del ciclo. Si las listas de espera han crecido, si no hay plazas de escuelas infantiles, si la ley de dependencia no se implementa, o hay personas sin prestaciones económicas desempleadas y son necesarias inversiones y se agravó esas situaciones por la crisis económica, no tiene sentido que no se pueda recuperar la situación anterior a la crisis y reducir la brecha y sólo después, si así se considera, reducir el ritmo de gasto siempre respaldado por ingresos.
Por tanto el Techo de Gasto, como la Regla de Gasto tienen un diseño y se han hecho unas políticas fiscales para limitar el crecimiento del gasto, muy por debajo del crecimiento de la economía y de las necesidades de la población. La primera marca el volumen del gasto, pero como hemos dicho se ha querido laminar los ingresos y la progresividad fiscal; la segunda, el ritmo de crecimiento del gasto. No son normas que faciliten una estabilidad económica con cohesión y redistribución.
Hay otros elementos a considerar. A la reducción de la progresividad fiscal, se une la escasa diligencia para atacar el fraude y la elusión fiscal que se observa en la orientación y número de los efectivos de la Agencia Tributaria. Esta reducción de los ingresos potenciales, como hemos dicho, reduce el nivel del techo y regla de gasto.
Otra cuestión clave, desde el punto de vista macroeconómico, es que las entidades locales y esto también lo señala la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal es que «la aplicación [de la regla de gasto] tiende a imponer una evolución del gasto público más restrictiva que la que resultaría compatible con el cumplimiento del objetivo del déficit».
Este superávit de las entidades locales y el del ayuntamiento de Madrid es relevante, es un colchón para que la Administración del Estado (y de la Seguridad Social) pueda tener más déficit del calculado por el mismo Ministerio sancionador que redacta unos ingresos presupuestados más altos que los reales y promueve contra reformas fiscales que aumentan la desigualdad y así cuadrar globalmente mejor las cuentas con Bruselas. Aunque sea a costa de la cohesión, distribución y de una estabilidad al servicio de todos.
Santiago González Vallejo. USO. Miembro de la Plataforma de Justicia Fiscal.
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