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105 días de cárcel por izar la bandera republicana

Fuentes:

El viernes se conoció el contenido de la sentencia del juicio contra el activista que hace dos años, sustituyó la bandera nacional por la republicana en un edificio público. En el fallo, el juez Francesc Ferrer i Pujol, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. 5, de lo Penal en Madrid, absuelve al acusado del […]

El viernes se conoció el contenido de la sentencia del juicio contra el activista que hace dos años, sustituyó la bandera nacional por la republicana en un edificio público. En el fallo, el juez Francesc Ferrer i Pujol, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. 5, de lo Penal en Madrid, absuelve al acusado del delito de «desórdenes públicos» que le imputaba la Fiscalía; condenándolo no obstante, al pago de siete meses de multa -que a razón de 6 euros diarios, resulta en: 1.260 euros-, al encontrarle culpable del delito de «ultrajes a España».

El contenido íntegro de la sentencia se puede consultar en los siguientes enlaces: página 1, página 2, página 3, página 4, página 5, página 6, página 7 y página 8.

En reiteradas declaraciones a la prensa, el joven republicano manifestó su intención de no atender el pago de la multa, al considerar que ello «supondría la aceptación de la pena y los cargos», lo que atentaría contra sus convicciones políticas. Según él, reivindicar sin-violencia el advenimiento de una democracia plena -aún cuando pueda hacerse a través de acciones puntuales de desobediencia civil pacífica -, no supone una ofensa al país, al contrario.

El activista cita como ejemplo de ultrajes a España, la presencia del rey Juan Carlos en la sesión de apertura de la IX Legislatura, en el Congreso de los Diputados, prevista para el próximo 16 de abril -tan solo dos días después de la efeméride de la proclamación de la Segunda República Española-. «Eso sí es reírse de la ciudadanía, que sea un autócrata designado por un golpista (BOE 175, de 23 de julio de 1969), quien todavía en 2008, presida una sesión de nuestro Poder Legislativo», declaró.

De mantener su voluntad de no pagar la multa, de acuerdo con los términos de la propia sentencia y la redacción del Art. 53 del Código Penal, correspondería un día de privación de libertad por cada dos días de impago, lo que en este caso significaría que el activista republicano deberá cumplir 105 días en prisión (efectivos, pese a tratarse de una condena inferior a dos años y carecer de antecedentes penales).

Los hechos ocurrieron en el transcurso de la primera de las manifestaciones para reivindicar el acceso al derecho a una Vivienda Digna (Art 47. CE) y para protestar por el elevado nivel de precariedad laboral.

El ahora condenado, relaciona ambas causas -las reivindicaciones obreras y su apelación a la República- con el argumento de que: «si todo el poder estuviera en manos del pueblo, otro gallo cantaría», en alusión al déficit democrático que a su juicio acusan algunas instituciones públicas, cuyas políticas percibe como alejadas de los intereses del proletariado: «flexibilización del mercado laboral «, opacidad en la adjudicación de contratas públicas, aumento anual del 26% del presupuesto de Defensa y de un 35% de la dotación económica a la Iglesia Católica, aceleración de los procedimientos de ejecución hipotecaria, desinterés en luchar contra la corrupción, mantenimiento de una legislación electoral no-proporcional, preocupante privatización de sectores estratégicos y servicios públicos como la Sanidad, la Enseñanza o las infraestructuras, etc.

Precisamente ayer, se dieron a conocer los términos de la petición fiscal para los manifestantes detenidos en el transcurso de la segunda de las protestas ciudadanas para reivindicar el derecho constitucional a una Vivienda Digna (Art 47. CE) y contra la precariedad laboral: imputaciones que acarrean penas de hasta 6 años de cárcel, acusando a los jóvenes de la comisión de supuestas «lesiones» y «atentado a la Autoridad», pese a que en todos los casos se trató de concentraciones pacíficas, como recogen numerosos testimonios gráficos aparecidos en la prensa. Pacíficas… si se excluye la desproporción de formas y medios empleados por los agentes del orden , que actuando en grupos de cinco, no dudaron en arremeter indiscriminadamente contra los concentrados y viandantes, sin mediar provocación previa ni respuesta a las agresiones, como reflejan también abundantes fotografías: ejemplo 1, ejemplo 2, ejemplo 3, ejemplo 4 o ejemplo 5, entre otras, correspondientes todas ellas a protestas convocadas para reclamar el derecho a la vivienda.

Diversos movimientos sociales han manifestado su solidaridad hacia los encausados en esta serie de procesos destinados en última instancia a reprimir las protestas vecinales y estudiantiles en defensa de derechos recogidos entre los principios rectores de la política social y económica. Entre estos movimientos sociales, destaca la labor de la Asamblea popular por el derecho a la vivienda, y más en concreto, su sección de ayuda a los detenidos. A pesar de todo, existe unanimidad de criterio entre todas las organizaciones participantes, al confirmar que, en cualquier caso, las reivindicaciones continuarán.