La vista celebrada el jueves 9 de febrero en la Audiencia Nacional, en la que está en juego ejercer el derecho de huelga en Telefónica, volvió a suspenderse. El ponente de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional así lo hizo saber a las partes en una sala repleta de público, la mayoría […]
La vista celebrada el jueves 9 de febrero en la Audiencia Nacional, en la que está en juego ejercer el derecho de huelga en Telefónica, volvió a suspenderse. El ponente de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional así lo hizo saber a las partes en una sala repleta de público, la mayoría trabajadores de la empresa. La suspensión fue común para las tres demandas (dos por ilicitud de la huelga y una por vulneración de derechos sindicales) por el acuerdo de las partes en la estrecha relación entre ellas.
El magistrado de la Sala explicó que se habían solicitado documentos que no habían sido presentados. Concretamente faltaban los documentos requeridos al Comité de Empresa de Granada, al sindicato Comisiones Obreras de Zaragoza y al sindicato Unión General de Trabajadores de Sevilla. Y se requería que se presentaran de nuevo las peticiones para poder celebrar el juicio.
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Los trabajadores despedidos miembros del Comité de Huelga en la puerta de la Audiencia Nacional. De izquierda a derecha: Carlos Royo, Juan Carlos Spínola, Javier Estebaranz, Felicísimo, Angel Provencio, Miguel Izquierdo, Eugenio, Pepe Sequeiros, Agustín Zapata y Juan Mayordomo. |
El presidente de la Sala entendió que se debía volver a requerir la presencia de estos testigos y explicó que no iba a escatimar nada, ni en pruebas documentales ni en testigos, para que todos tuvieran una legítima defensa.
La vista concluyó con la fijación de una nueva fecha, el 25 de abril y días siguientes, para continuar con el proceso. En tanto se volvería a pedir la documentación y los testigos volverían a ser llamados a declarar.
Son curiosas las declaraciones públicas del propio ponente de la Sala de que este conflicto se está alargando demasiado y que, aunque solo fuera por cumplir con las estadísticas, quisiera quitárselo de encima cuanto antes. Además, aseguró, tratará que, tras la sentencia, una de las partes recurra al Tribunal Supremo para que legisle. No deja de ser un guiño a que este caso tiene una enjundia especial, como es la legislación sobre el derecho de huelga, una ley preconstitucional y que, hasta ahora, nadie ha tratado de modificarla.
Siguen las huelgasMientras esto se dirimía en el ámbito judicial, el conflicto laboral sigue adelante. Hoy, viernes, está convocada una nueva jornada de huelga de 1 hora de duración pero con un carácter especial ya que la CGT ha desconvocado los paros. Por eso solo queda en vigor la convocada por AST, precisamente la que con fecha 17 de junio de 2005 fue unilateralmente declarada ilegal por Telefónica.
Ante este hecho muchos han sido los que están pretendiendo desmovilizar a los trabajadores convocados al paro con el fantasma de la ilicitud de la huelga. Consultados los convocantes, el sindicato AST, nos comunican que no hay razón alguna para pensar que esta convocatoria es ilegal, que el reconocimiento de los Comités de Huelga es patente tanto por la empresa (que permite la entrada de sus miembros a los diversos centros de trabajo) como del Ministerio de Industria (que decidió que no eran necesarios los servicios mínimos para una huelga de 1 hora de duración). También explicaron que la legalidad o ilegalidad de una huelga la decide el juez, nunca la empresa; y que si el juez la declarara ilegal lo único que habría que hacer es corregir los puntos que entiende ilegales. Solo se cometería delito si ante la sanción del juez no se corrigieran y se volviera a convocar en los mismos términos.
Desde el Comité de Empresa de Madrid también aseguraron que el derecho de huelga es un derecho constitucional y la única herramienta que tienen los trabajadores para defenderse de los abusos de la empresa. Y que la cuestión de fondo es el intento de Telefónica de obtener un fallo judicial favorable en esa cuestión que nadie se ha atrevido, hasta el momento a legislar, y que cree jurisprudencia para abortar cualquier intento de los trabajadores de protestar fuera de los cauces establecidos.