El pleno de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha acordó ayer martes archivar definitivamente la causa que instruye el juez de este tribunal Fernando Andreu en la que investiga un ataque de Israel a la franja de Gaza en 2002 en el que murieron un líder de Hamás y catorce […]
El pleno de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha acordó ayer martes archivar definitivamente la causa que instruye el juez de este tribunal Fernando Andreu en la que investiga un ataque de Israel a la franja de Gaza en 2002 en el que murieron un líder de Hamás y catorce civiles.
De esta forma, los dieciocho magistrados que componen el pleno han estimado por amplia mayoría (14 votos contra 4) el recurso que la Fiscalía presentó contra la decisión de Andreu , han informado fuentes jurídicas.
Las mismas fuentes han señalado que el auto del pleno de la sala de lo penal, contra el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, será redactado en los próximos días por el ponente, el magistrado Juan Francisco Martel, y que contará con votos particulares discrepantes.
Según han informado fuentes jurídicas, el archivo definitivo de esta investigación no tiene «nada que ver» con la reforma legal aprobada la semana pasada por el pleno del Congreso que limitará la actuación de la Audiencia Nacional en materia de jurisdicción universal a los casos en los que existan víctimas españolas o en los que los responsables del delito se encuentren en España.
Los magistrados del pleno, han añadido las fuentes consultadas, consideran que Israel ha investigado el ataque de 2002 y que, por tanto, su jurisdicción tiene preferencia sobre la española .
El pasado 29 de enero Andreu imputó al ex ministro de Defensa de Israel Benjamín Ben-Eliezer y a seis militares de ese país un delito contra la humanidad por un ataque «desproporcionado» en la franja de Gaza el 22 de julio de 2002, en el que murieron el dirigente de Hamás Salah Shehade y catorce civiles -la mayoría niños y bebés- y resultaron heridas otras 150 personas.
Tras recibir la información solicitada al Gobierno de Tel Aviv para averiguar si estos hechos habían sido investigados allí, Andreu concluyó que de la documentación facilitada se desprendía que no hubo una investigación judicial en aquel país y prosiguió instruyendo el caso.
Sin embargo, la Fiscalía entendió que sí se había investigado y que la Audiencia Nacional no era competente, por lo que pidió el archivo provisional de la causa.
«Carácter preferente» de Israel
El magistrado desestimó su petición y el 4 de mayo dictó el mencionado auto en el que sostenía que, aunque se hubiera investigado, de la Convención de Ginebra se desprende la competencia «concurrente» del tribunal español, dada la naturaleza de los delitos investigados (crímenes de guerra).
Dos días después, el Ministerio Público recurrió en apelación la decisión del juez y pidió a la sala de lo penal que la revocase porque, a su juicio, Israel tiene «carácter preferente» para llevar a cabo dicha investigación ya que «está conociendo de los hechos».
Según el fiscal, en Israel ha habido tres investigaciones: una llevada por el fiscal general militar, otra por el fiscal general del Estado de Israel y una tercera revisión judicial del Tribunal Supremo de aquel país, y cree que todas ellas responden a los «cánones mínimamente exigibles en un Estado de Derecho».
Sin embargo, para Andreu, aunque el caso llegó hasta el Tribunal Supremo israelí, éste se limitó a dar por buena «la decisión de la Fiscalía Militar de no abrir una investigación criminal» sobre los hechos.
«Buena prueba de ello -según el juez- es que los aquí querellantes (la Asociación Al-Quds de Solidaridad con los Pueblos del Mundo Árabe y el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe), víctimas del ‘ataque preventivo’, se han visto obligados a acudir a la jurisdicción española para que se proceda a la apertura de una investigación judicial».