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¿Reyno o República? 14 de Abril

Fuentes: Rebelión

Subvencionar un rey, no. La Constitución de la II República Española declara en su «Artículo 1º: España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia». Según éste primer artículo nadie podrá afirmar en la República la máxima de Anacarsis: «Las leyes son como las telarañas, […]

Subvencionar un rey, no. La Constitución de la II República Española declara en su «Artículo 1º: España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia».

Según éste primer artículo nadie podrá afirmar en la República la máxima de Anacarsis: «Las leyes son como las telarañas, los insectos pequeños se quedan en ellas y los grandes las atraviesan».

Y para que tal cosa no ocurra , la Constitución de la II Republica declara en el «Título III», bajo el rótulo «Los derechos y deberes de los españoles. Garantías individuales y políticas». Artículo 25º. No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas.

El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios».

A freír espárragos los exclusivismos. Una cosa más con respecto a la defensa de la igualdad y la negación de los privilegios, bajo el «Título III», en su «Capítulo Segundo», denominado «Familia, economía y cultura», la Constitución Republicana dice, «Artículo 46º: El trabajo, en sus diversas formas, es una obligación social, y gozará de la protección de las leyes.

La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna. Su legislación social regulará: los casos de seguro de enfermedad, accidente, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte; el trabajo de las mujeres y de los jóvenes y especialmente la protección a la maternidad; la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero, las instituciones de cooperación; la relación económico-jurídica de los factores que integran la producción; la participación de los obreros en la dirección, la administración y los beneficios de las empresas, y todo cuanto afecte a la defensa de los trabajadores».

A freír espárragos quienes arruinan la vida de la clase trabajadora. Y por último, bajo el «Título V de la Constitución Republicana», titulado: «Presidencia de la República» leemos: «Artículo 70: No podrán ser elegibles ni tampoco propuestos para candidatos: ….

C) Los miembros de las familias reinantes o ex reinantes de cualquier país, sea cual fuere el grado de parentesco que les una con el jefe de las mismas».

¿Reyno o República? Pues eso, a freír espárragos.

Ramón Pedregal Casanova es autor de «Siete Novelas de la Memoria Histórica. Posfacios«, edita Fundación Domingo Malagón y Asociación Foro por la Memoria (asociación. [email protected]

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

rCR