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Reflexiones sobre la Reforma Laboral

Fuentes: Rebelión

La destrucción de empleo y el consiguiente aumento del paro se han convertido en los indicadores más importantes y claros de la dureza de la crisis económica. Ya nadie niega su intensidad, pero sí se discute sobre la cuantía y la significación de muchos de los conceptos utilizados al calificar el mercado laboral, de manera […]

La destrucción de empleo y el consiguiente aumento del paro se han convertido en los indicadores más importantes y claros de la dureza de la crisis económica. Ya nadie niega su intensidad, pero sí se discute sobre la cuantía y la significación de muchos de los conceptos utilizados al calificar el mercado laboral, de manera que se llega a conclusiones divergentes sobre las recetas a aplicar en una adecuada política para activar el empleo en el medio plazo. También se discute sobre la calidad del mercado laboral y la necesidad o no de reformarlo.

En primer lugar, respecto a las cifras. Disponemos de dos fuentes de información diferentes: Los datos del registro de empleo y de paro proporcionados por el INEM, que recogen información de las personas que se inscriben en él y los datos de la encuesta de población activa (EPA) elaborada por el INE, y que son el resultado de un trabajo estadístico realizado por muestreo de toda la población residente en España. Naturalmente, las cifras no coinciden ni pueden hacerlo, al tratarse de dos metodologías diferentes. Veamos lo ocurrido durante el último año. El número de parados (INEM) en el registro se conoce mensualmente, y el último dato del mes de Septiembre ha sido de 4.226.744 personas, con un aumento interanual de 95.817 de parados con respecto al mismo mes del año anterior. Según la EPA, el número de parados en el segundo trimestre asciende a 4.833.700 personas, con un aumento en los últimos cuatro trimestres de 188.200 personas. Las dos cifras reflejan el dramatismo del problema, y sus diferencias pueden explicarse técnicamente, aunque, por su complejidad, no es el objetivo.

Es importante aclarar que este aumento del paro tiene dos componentes. Uno es el aumento de la población activa, es decir, las personas que pueden y quisieran trabajar. Según la EPA, el número total de activos se sitúa en 18.303.000 en el segundo trimestre de 2011, con un incremento de 151.400 personas respecto al trimestre precedente. La tasa de actividad es del 59,83%, lo que supone ocho centésimas más que en el trimestre anterior, se explica por diferentes motivos: entrada neta de inmigrantes en busca de trabajo, mujeres y jóvenes que se incorporan a la búsqueda de trabajo, etcétera. El otro componente del aumento del paro es la destrucción de puestos de trabajo, en lo que va de año ha alcanzado la cifra aproximada de 700.000. La pregunta más común es, aceptando que la crisis es global, por qué en España se destruye empleo más intensamente que en otros países de nuestro entorno. Y la pregunta del millón es cómo puede evitarse y qué habría que corregir en el medio plazo.

Como siempre, las respuestas no son sencillas, pero quizá podamos aclarar algo analizando las características de esta destrucción de empleo antes de sacar conclusiones erróneas sobre la naturaleza del fenómeno. Se dice que uno de los motivos de tan intensa pérdida de empleos es el peso excesivo de la construcción en la producción española de este último periodo. Y es cierto en parte, ya que la EPA señala una pérdida en el número de ocupados de 139.700 en el segundo trimestre, lo que sitúa el empleo total del sector en 1.663.000 personas a los que habrá que añadir la pérdida de empleos indirectos en industrias auxiliares. De esto no tengo información detallada, pero en el conjunto de la industria se ha perdido 81.100 empleos. La pérdida de empleos en los servicios es de 83.600, representando el mayor peso en el PIB (60 %) y debido al empleo en las Administraciones Públicas, en agricultura, aumenta en 52.600 y se sitúa en 835.200. Todos estos en cuanto a variación intertrimestral. En variación interanual, la ocupación baja en 78.800 en los Servicios (-0,59%) en 315.000 en la Construcción (-15,92%), en 300.300 en la Industria (-10,36%) y en 2.600 en la Agricultura (-0,31%).

Pero hay otro aspecto que es importante resaltar. Se discute sobre si el mercado laboral español es flexible o no. En mi opinión, es flexible, pero dualmente flexible. Lo es en el mercado de los contratos temporales y no lo es en el mercado de los trabajos indefinidos. En los datos de la EPA por tipo de contrato se observa claramente dónde se concentra la pérdida de empleos. En el último año el número de asalariados ha bajado en 589.800, de los que 305.200 tenían contrato temporal. La tasa de temporalidad se sitúa en el 24,39%, lo que supone 69 centésimas menos que en el trimestre precedente. En los últimos 12 meses el total de asalariados ha descendido en 589.800 personas. Está claro que la flexibilidad está en los temporales y los autónomos, y no en los contratos indefinidos, que están muy protegidos. Por este motivo, reclamar aún mayor flexibilidad en los contratos temporales (política estrella del PPPSOE) puede desventajoso cuando no inasumible, más sabiendo que muchos de estos contratos son de 600 euros. En esta línea, un director de la CEOE aseguró hace algunos meses que la patronal ha propuesto en la Mesa del Diálogo Social la creación de un nuevo «contrato de inserción» para jóvenes menores de 30 años, con una duración de entre seis meses prorrogable a un año y sin indemnización por despido, al estilo francés dicen, y para más risa cuentan también con el contrato tipo alemán. Si esto son ideas, es que estamos faltas de ellas. Sin embargo, hay que desmontar la falacia de que el contrato para jóvenes que proponía la CEOE se inspiraba en un modelo francés (igual pasa con el alemán). Ni en el espíritu ni en la letra. Porque el contrato de inserción francés contempla indemnización y sí que cuenta para el paro. Y además, las circunstancias son distintas. La primera y principal es que el salario mínimo francés es de 1.200 euros y otra, no menos importante, que el contrato francés no tiene limitación de edad, y se dirige a toda persona con problemas para encontrar empleo.

Son dos mundos laborales diferentes (indefinidos y temporales) y también lo son en lo referente al coste del despido. La terminación de los contratos temporales apenas tiene coste, cuando se acaba el contrato se acaba la relación, y no hay indemnización, a no ser que los tribunales decidan que ha habido algún tipo de ilegalidad. Cuando se habla del elevado coste del despido en España en comparación con el de otros países y de la falta de flexibilidad que esto comporta, las instituciones y analistas se refieren únicamente a los contratos indefinidos, que no es donde se están perdiendo empleos.

Entrando ya en la discusión respecto a la calidad del mercado laboral y la conveniencia de abordar o no una reforma laboral, conviene aclarar que además de ser necesario que se discuta en el contexto del diálogo social, siempre tendría que referirse a las actuaciones futuras, tanto en materia de contrataciones como de negociación colectiva. De momento, las centrales sindicales se oponen y el Gobierno no parece estar dispuesto. Pero quizá deberían pensar en los parados actuales y en el modo de facilitar y abaratar las contrataciones futuras para corregir las injusticias actuales y permitir una futura contratación más equilibrada y eficaz. No olvidemos que la contratación temporal impide una buena formación continua de los trabajadores, rebajando así su productividad.

Se ha dicho que un abaratamiento del coste del despido facilitaría una mayor creación de empleo. Pero esto es incorrecto si la reforma no afecta a los contratos indefinidos existentes. Se está hablando de generar un nuevo tipo de contrato que sustituya muchos de los contratos temporales actuales que en realidad van destinados a tareas continuas, y se reservaría este tipo de contratación para casos que realmente se ajusten a una necesidad temporal. Hay muchas posibles fórmulas para corregir los defectos actuales del mercado laboral, pero para ello lo primero es sentarse a negociar.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.