El pasado 29 de enero de 2010 el Consejo de Ministros aprobó una Declaración política («Declaración», en adelante) que ha provocado un ambiente de inseguridad en los trabajadores de nuestro país, alentando una conciencia de precariedad en el acceso presente a, y en el mantenimiento futuro de, la protección dispensada por el poder público a […]
El pasado 29 de enero de 2010 el Consejo de Ministros aprobó una Declaración política («Declaración», en adelante) que ha provocado un ambiente de inseguridad en los trabajadores de nuestro país, alentando una conciencia de precariedad en el acceso presente a, y en el mantenimiento futuro de, la protección dispensada por el poder público a través de la pensión de jubilación. La «Declaración», de carácter eminentemente programático [1], establece las orientaciones y criterios que, en un futuro cercano, deben regir la acción del Gobierno en el universo de la protección social. Esa intención se deduce de la propia literalidad del lenguaje utilizado en la «Declaración «, que se refiere a la «presentación de un documento que sirva como referencia de la posición del Ejecutivo», susceptible de » traducirse en el plazo más breve posible en reformas legales concretas».
La «Declaración» se muestra abiertamente partidaria de introducir modificaciones en el régimen jurídico de las prestaciones de Seguridad Social que integran el núcleo duro del sistema asegurativo-contributivo de protección social, con el fin de garantizar «tanto su sostenibilidad como su adecuación y suficiencia protectora, todo ello en un contexto de presión sobre las finanzas públicas y de progresivo acercamiento de los desafíos planteados por el envejecimiento demográfico». Sin embargo, como vamos a ver enseguida , bajo las nociones aparentemente neutras de «racionalización», «sostenibilidad» o «adaptación», se esconden intereses muy concretos en favor de una reforma neoconservadora que acaso constituya el mayor retroceso en la protección de los trabajadores desde el advenimiento de la democracia.
En general, puede afirmarse que el documento al que nos referimos está al servicio de dos grandes objetivos, que son complementarios y responden a un propósito común. El primero consiste en abrir al mercado el sistema español de protección social, acreciendo y extendiendo la importancia de la previsión social complementaria que se desarrolla en el ámbito privado. La » Declaración» admite este planteamiento con sorprendente naturalidad, reservando «un papel reforzado para la previsión social complementaria, que no solo debe articular sus funciones en relación con la prestación por jubilación, sino que puede ayudar a los contribuyentes a mejorar su protección social, reforzando la sostenibilidad del conjunto del sistema». El segundo objetivo, complementario del anterior e íntimamente ligado al mismo , consiste en establecer restricciones subjetivas y limitaciones objetivas en el régimen de acceso o de disfrute de determinadas prestaciones, fundamentalmente, aunque no exclusivamente, la prestación económica por causa de jubilación .
En efecto, lo primero que señala la «Declaración» es la necesidad de incrementar la edad de jubilación legalmente establecida «desde los 65 hasta los 67 años», a través de un proceso gradual y progresivo que comenzaría en el año 2013 y se prolongaría durante un período no determinado, afectando de manera más intensa a los trabajadores que se jubilasen al finalizar dicho período. Según diversas fuentes periodísticas, se trataría de aumentar la edad de jubilación a razón de dos meses por año a partir de 2013, de forma que alcanzase los 67 años de edad en 2024 [2].
Además, la «Declaración» defiende la ampliación del período de cotización que se toma en consideración para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación, lo que podría traducirse en una sensible disminución de la cuantía de la pensión para una mayoría de trabajadores que obtienen mejores salarios en el último período de su carrera profesional. El documento no concreta el alcance de esta medida, aunque las fuentes anteriormente citadas señalan que, en un primer momento, el período de cotización podría ampliarse de 15 a 20 años, extendiéndose progresivamente hasta abarcar toda la vida laboral del trabajador. De aplicarse esta medida, se produciría un efecto particularmente pernicioso por su carácter discriminatorio, perjudicando a las mujeres q ue dejan de trabajar unos años debido a la maternidad y neutralizando, al menos en parte, los avances contenidos en la disposición adicional decimoctava de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Como puede observarse, la tan citada «Declaración» del Ejecutivo no se limita a proponer una simple «adaptación» o «ajuste» del régimen jurídico de la pensión de jubilación, sino que pone sobre la mesa una estrategia calculada y diseñada para reducir la cobertura que dispensa el sistema de Seguridad Social frente a la situación de necesidad que doctrinariamente se conoce con el nombre de jubilación. Lógicamente, el Gobierno era consciente del rechazo popular que iba a provocar esta propuesta, por lo que introdujo dos matizaciones en la concepción política que articula la «Declaración». Por un lado, se prevé que las medidas anteriores sean aplicadas de manera gradual y paulatina «para permitir a los ciudadanos adaptarse a la nueva configuración legal de forma que no disminuyan sus niveles de protección social». Por otro , se afirma que la reforma no puede afectar » a quienes han consolidado sus derechos como beneficiarios» , garantizando el percibo de la prestación a las personas que tuvieran reconocida la condición de pensionista cuando se produzca su entrada en vigor . Lo que se pretende, en realidad, es difuminar las consecuencias sociales que provocará una reforma económica de corte radical y antigarantista , para que la reacción de la población sea más contenida y acabe por desdibujarse con el transcurso del tiempo .
La «Declaración», que ha merecido el inmediato aplauso de la patronal [3], plantea el endurecimiento de las condiciones que permiten el acceso a la pensión contributiva de jubilación y trasluce la intención de reducir notablemente la cuantía de la prestación. Pero, más allá de todo ello, el documento aprobado por el Gobierno representa un claro alineamiento con las tendencias más radicales que defienden la ruptura del modelo público de protección social vigente en nuestro país, aproximándonos a un escenario que aparece caracterizado por dos rasgos significativos: una seguridad social pública muy debilitada, de naturaleza crecientemente asistencial, y una protección complementaria que se encomienda a la iniciativa privada y al esfuerzo individual de los trabajadores. Desde este punto de vista, la «Declaración» que hemos analizado constituye un giro político mayor y crea las condiciones para que la clase obrera, a través de sus organizaciones representativas, se oponga a esta ofensiva procediendo a la convocatoria de una huelga general. De lo contrario, la seguridad social de los trabajadores, hasta cierto punto inalcanzable y contradictoria con la reproducción del sistema, se teñirá completa mente de utopía.
Notas:
[1] El texto completo puede obtenerse en http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/201001/29/economia/20100129elpepueco_2_Pes_PDF.pdf
Héctor Illueca Ballester es Inspector de Trabajo y Seguridad Social