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Declaración de la embajadora de Cuba Anayansi Rodríguez en el órgano de diferencias de la Organización Mundial del Comercio

Fuentes: Rebelión

27 de febrero de 2013 Señor Presidente, La ubicación de este punto al inicio de la agenda mensual del Órgano de Solución de Diferencias se corresponde con el período de tiempo que se ha mantenido «bajo vigilancia» en virtud del artículo 21 del Entendimiento de Solución de Diferencias (ESD), contraviniendo las disposiciones encaminadas al «pronto […]

27 de febrero de 2013
Señor Presidente,

La ubicación de este punto al inicio de la agenda mensual del Órgano de Solución de Diferencias se corresponde con el período de tiempo que se ha mantenido «bajo vigilancia» en virtud del artículo 21 del Entendimiento de Solución de Diferencias (ESD), contraviniendo las disposiciones encaminadas al «pronto cumplimiento» y constituyendo lamentablemente, uno de los casos de incumplimiento de más larga data en la OMC. Justo el día 2 de febrero se cumplieron 11 años desde que el (OSD) dictaminara la incompatibilidad de la «Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones de 1998», con el Acuerdo sobre los ADPIC y con el Convenio de París.

Sin embargo, los Estados Unidos continúan sin efectuar la más mínima acción para aplicar las recomendaciones y resoluciones del OSD. Resultado del inmovilismo tanto de los Estados Unidos como de la Unión Europea en la búsqueda de soluciones efectivas, este diferendo tiene ya casi igual número de años que las negociaciones de la Ronda Doha. Para Cuba es inaceptable esta situación de prolongada ilegalidad e insubordinación a las decisiones del máximo Órgano de jurisdicción de la OMC. Desde que se sometió a vigilancia este caso, un número de Miembros expresan cada mes sus preocupaciones con relación a este incumplimiento que afecta de manera particular a un país en desarrollo y han advertido las implicaciones sistémicas que tiene mantener sin solución esta disputa. Sin embargo, ninguna de las partes del diferendo ha tenido la voluntad de resolverlo. Como bien fue constatado por el OSD desde febrero del 2002, la ilegal Sección 211 establece disposiciones que transgreden normas elementales del derecho internacional. Responde a la aplicación de la demencial política de hostilidad anticubana que practican los Estados Unidos y es una de las tantas normativas que sustentan el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. Como expresión de las posiciones injerencistas de ese país, tiene también la particularidad de que no solo afecta los intereses de empresas cubanas, sino también de las de otros Miembros como es el caso de la compañía francesa Pernod Ricard.

Señor Presidente, Muchos son los foros internacionales donde se rechazan las políticas unilaterales de los Estados Unidos contra Cuba. En la recién concluida Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC, que congrega a 33 países del área) y de la Unión Europea (UE), ambos bloques regionales adoptaron el 28 de enero la «Declaración de Santiago» que refleja entre sus principales acuerdos, que el bloqueo de los Estados Unidos contra Cuba «representa una grave amenaza al multilateralismo». Las conclusiones respaldadas por los Miembros de la CELAC y de la UE muestran su firme rechazo a «todas las medidas coercitivas de carácter unilateral con efecto extraterritorial que son contrarias al derecho internacional y a las normas comúnmente aceptadas de libre comercio».

El documento incluye además un párrafo que hace referencia a la resolución adoptada, por vigésimo primera ocasión consecutiva, el 13 de noviembre de 2012 en la Asamblea General de Naciones Unidas (A/RES/67/4) con 188 votos a favor: «Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba». Asimismo, reafirma las posiciones contrarias a «la aplicación de las disposiciones extraterritoriales de la ley Helms-Burton», norma estadounidense que da continuidad al bloqueo contra nuestro país.
Señor Presidente, Ningún Estado puede arrogarse la potestad de ignorar los reclamos de la comunidad internacional y las normas de derecho internacional. Estamos ante un caso de burdo irrespeto al sistema de normas que conforman la OMC. Cuba exige que se ponga fin a este caso sin nuevas dilaciones, mediante la derogación de la Sección 211 como única opción para encontrar una solución justa a esta disputa.

Cuba desea agradecer a los Miembros que todos los meses se proclaman ante el OSD a favor de la conclusión de este diferendo, a los Miembros que cada año ejercen su voto en la Asamblea General de Naciones Unidas para que se ponga fin al bloqueo y a nuestros hermanos latinoamericanos y caribeños, que congregados en la CELAC solicitaron reflejar en el documento final de la Cumbre con la UE, su postura fraternal con la situación discriminatoria contra Cuba. Muchas gracias