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Historias para no dormir

Desamiantados escandalosos

Fuentes: Rebelión

La revisión de los diversos casos de desamiantados mal realizados, deliberada o accidentalmente, para de ello tratar de extraer provechosas conclusiones, está totalmente condicionada por la publicación, al menos en Internet, de las correspondientes historias, de tal suerte, que su inexistencia puede responder al sencillo hecho de que tales historias no las hubo, o alternativamente, […]

La revisión de los diversos casos de desamiantados mal realizados, deliberada o accidentalmente, para de ello tratar de extraer provechosas conclusiones, está totalmente condicionada por la publicación, al menos en Internet, de las correspondientes historias, de tal suerte, que su inexistencia puede responder al sencillo hecho de que tales historias no las hubo, o alternativamente, a que aun cuando sí las haya habido, sin embargo, las mismas no hayan llegado a quedar reseñadas, en cuyo caso, si esto último se estuviese prodigando, estaríamos ante un nuevo problema, nada desdeñable, a añadir a lo que meramente ya representa la toma en consideración de los casos que sí han quedado registrados.

Hecha esta advertencia previa, iremos revisando el contenido de tales relatos, dando preferencia, en primer lugar, a aquellos que implican algún tipo de delito o falta adicionales al propio desamiantado mal efectuado, cual es el caso, por ejemplo, de aquellos acontecimientos en los que ha mediado, además, algún tipo de falsificación.

SAN FRANCISCO.- Un jurado acusó a Rogelio (alias Roger) Lowe de dos cargos de fraude postal y nueve cargos de hacer o usar un documento falso o por escrito.

Lowe, de 43 años, de Thornton, California, fue acusado de participar en un plan para defraudar, en relación con la expedición de certificados a los trabajadores de eliminación de amianto, a pesar de saber que no les había proporcionado la formación adecuada, y a pesar de ello, cobrar a sus empleadores el precio total de la formación. Lowe también estuvo acusado de hacer y de usar documentos falsos, en relación con ese su esquema de actuación.

Conforme a la legislación norteamericana, la ley prohíbe a cualquier persona remover asbesto de escuelas y edificios públicos y comerciales, a menos que esa persona haya sido entrenada bajo un programa aprobado por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos o por un programa estatal acreditado. Para convertirse en un trabajador con certificado de manejo del asbesto, un individuo debe, como mínimo, completar un curso de capacitación, de cuatro días de duración, y de ocho horas por día. El curso de entrenamiento debe incluir conferencias, demostraciones, y por lo menos 14 horas de entrenamiento con sus manos y con prueba individual de ajuste de respirador. El estudiante debe pasar un examen, de libro cerrado. Una vez que una persona recibe un certificado, él o ella deben tomar un curso anual, de actualización.

Lowe fue el propietario y operador de la empresa «E & D Environmental Safety Training Inc.», una compañía de consultoría de seguridad, que, de acuerdo a su sitio web, ofrecía capacitación ocupacional, en trabajos de manejo del amianto, reducción del plomo y remediación del moho. De acuerdo con la acusación, a partir de una fecha desconocida, pero no más tarde de 2008, Lowe proporcionó cursos de remoción de amianto, que no cumplían con la ley federal. Como parte del programa, Lowe no enseñó el curso, por el número de horas requerido -incluyendo clases que no tenían más de 25 minutos de duración- proporcionó respuestas a los exámenes de libro cerrado, y pruebas falsas, forjadas para los estudiantes que no asistieron a alguno de los días de prueba. Lowe emitiría entonces certificados a los estudiantes, y cobraría a sus empleadores en consecuencia, como si la asistencia se hubiera producido.

La acusación también indicaba que Lowe también presentó listas de clases, a la División de Relaciones Laborales de California, División de Seguridad y Salud Ocupacional (Cal / OSHA), lo que reflejaba falsamente que estos estudiantes habían completado con éxito el entrenamiento, y aprobado el examen de libro cerrado, cuando sabía que no lo habían hecho. Cal / OSHA utilizó y se basó en estas listas, para agregar los nombres de los estudiantes a su lista estatal de trabajadores calificados para el manejo del asbesto. De acuerdo con la acusación, Lowe emitió certificados para el entrenamiento inicial sobre el manejo del asbesto, y cursos anuales de actualización, sin proporcionar la formación requerida, y por lo tanto en violación de la ley.

Hay naciones en las que tales historias de falsificaciones no se producen, porque no se pueden producir. Porque no hay certificados que falsificar. Porque no existen certificados que oficialicen una preparación mínima garantizada, para el manejo de productos que contienen amianto. Porque a las empresas de desamiantado no se les exige una capacitación acreditada mediante los oportunos exámenes a superar. Porque no hay renovación anual alguna, que tener que fingir que se ha superado.

WASHINGTON – El dueño de una compañía de salvamento y demolición de Watford, «Watkins Street Project LLC», se declaró culpable en la corte federal en Chattanooga, Tennessee, por conspirar para violar la Ley de Aire Limpio, y por defraudar a los Estados Unidos.

Gary Fillers, de Chattanooga, Tennessee, se declaró culpable de un delito criminal, por conspirar para violar los «estándares de práctica laboral» de la Ley norteamericana de Aire Limpio, relacionados con el despojo de residuos con asbesto.

De acuerdo con los cargos, Fillers y otros coacusadores, acusados ​​y no indiciados, se involucraron en un plan, de un año de duración, en el cual, cantidades sustanciales de materiales que contenían amianto, fueron removidas de la antigua planta de la empresa «Standard Coosa Thatcher», sin seguir la Ley de Aire Limpio y las regulaciones que rigen los requisitos de notificación de la Agencia de Protección Ambiental (EPA); retirar todo el amianto antes de la demolición; y extracción, ensacado, y eliminación de dicho amianto.

La alegación estuvo relacionada con la acusación contra las firmas «Watkins Street Project LLC» y «Mathis Companies Inc.», y contra Donald Fillers, James Mathis y David Wood.

No puede hablarse en este caso, ciertamente, de incumplimiento circunstancial y limitado, sino de todo lo contrario: deliberado, concertado, y mantenido durante un tiempo considerable.

WENATCHEE – 29 Dic. 2016. El Tribunal Superior del Condado de Chelan presentó cinco cargos por graves delitos, contra un hombre de Cashmere, y su negocio de reducción de asbesto.

Timothy Powell y su negocio, «A1 Asbestos LLC», fueron acusados ​​de proveer registros falsos de envío de desperdicios de asbesto a un relleno sanitario del condado de Okanogan, incluyendo falsificaciones de firmas en uno de los documentos. Powell y «A1 Asbestos» también son acusados ​​de ofrecer declaraciones falsas al Departamento de Trabajo e Industrias sobre las fechas de inicio del trabajo de reducción del asbesto, en un intento por evitar las inspecciones de seguridad, en el lugar de trabajo.

Antes de que un vertedero acepte desechos de construcción en general, los contratistas deben proporcionar la prueba de que un contratista de reducción del asbesto, como la empresa «Asbesto A1», haya certificado que los desechos no contienen asbesto. Los contratistas eliminan el amianto y disponen de él, de forma adecuada y segura, en los vertederos, y proporcionan un registro de despacho de residuos de amianto a los contratistas, como prueba de que sus residuos de construcción han sido tratados para haber eliminado el asbesto.

Powell fue acusado de falsificar los registros de los desechos del condado de Okanogan, en varias ocasiones, para demostrar de manera inexacta que eliminó adecuadamente los desechos de amianto, en un relleno sanitario diferente, en el condado de Grant.

La eliminación de residuos de amianto es más cara, evidentemente, que la eliminación de residuos de construcción, en general. Los documentos falsos permitieron a Powell y a su negocio evitar algunos de los costos de la eliminación del amianto, al combinar los desechos de amianto de varios sitios de trabajo y pagar sólo una tarifa de disposición.

En aquellas naciones en las que no se exige a los remitentes a vertederos ordinarios, de residuos de materiales de construcción, supuestamente exentos de amianto, que acrediten dicha condición de inocuidad, mediante certificado emitido por empresa legalmente habilitada para poder emitirlo, es evidente que la ausencia de casos de certificados falsificados, solamente nos está evidenciando que, al no ser obligadamente precisos, tampoco existe necesidad de falsificación alguna para que, no obstante el incumplimiento real de la obligación de dar adecuado tratamiento y destino a los residuos con contenido de amianto, sí se haya llegado a producir.

Con carácter general, normas más estrictas y garantistas, hacen de centinela respecto de eventuales incumplimientos, también en relación con aquellos cuya finalidad manifiesta ha sido, precisamente, obviar los controles derivados de esa legislación comparativamente más restrictiva.

Por nuestra parte, permítasenos expresar nuestra opinión, en el sentido de que cuando una práctica delictiva, fraudulenta, se ha podido desarrollar durante cerca de una década, alguna responsabilidad cabría también atribuir a la propia Administración pública concernida, por manifiesta laxitud en su labor fiscalizadora, habida cuenta del dilatado tiempo durante el que la grave transgresión tuvo oportunidad de seguir manteniéndose, reiteradamente, en diversos lugares y situaciones respectivas.

Paradójicamente, si el tardío destape de la situación fraudulenta ni siquiera se hubiera llegado a producir, aparentemente se estaría ante una idílica situación, en la que supuestamente nada anómalo se estaba detectando, como si no hubiese ningún comportamiento transgresor que denunciar.

Similarmente, en aquellas naciones en las que las administraciones públicas no realizan actividades de fiscalización del cumplimiento de sus respectivas leyes, también estaremos ante un vacío informativo, que aparentará una ausencia de problemas, que ni puede ser confirmada, ni tampoco excluida como posible, como mínimo.

La reiteración de historias similares en lo esencial, nos lleva a reproducir íntegramente, a continuación, el contenido del capítulo nº 3 de nuestro libro: «Los ilotas de la gleba»:

«La proliferación del amianto instalado, ha llegado hasta tales extremos, que incluso las sedes judiciales en las que han de ventilarse las responsabilidades derivadas de ese uso generalizado, han resultado afectadas por dicha situación de riesgo. Es lo sucedido, por ejemplo, en el tribunal de Créteil, en Francia. Por consiguiente, la remediación aportada por el desamiantado, correctamente realizado, cobra proporcional relevancia.

En el año 2014, el presidente del «Sindicato da Construção de Portugal (SCP)», Albano Ribeiro, solicitó una entrevista con su ministro de Medioambiente, para plantearle la oportunidad de un plan nacional de desamiantado, que generaría cuarenta mil puestos de trabajo, según su propia estimación. Eso, en principio, hay que considerarlo como positivo, pero todo dependería, evidentemente, de cómo se hiciese. Como alguien ya dejó dicho, los cementerios están llenos de cadáveres de trabajadores que trabajaron con amianto, «en condiciones de seguridad».

Las actividades de desamiantado, allí donde rige una prohibición de uso de todas las variedades de amianto, o donde el desuso ha sido alcanzado en su totalidad, o casi, representan, en la práctica, las únicas en las que subsiste un riesgo de exposición laboral activa a los efectos nocivos del mineral. La infracción de sus normas específicas, incurriendo en prácticas fraudulentas, implican, por consiguiente, un completo fracaso en la finalidad perseguida por esa prohibición. En esas situaciones anómalas, incluso se produce la paradoja, de que cuanto más desamiantado hay, más contaminación se genera.

A propósito de esta cuestión, parece oportuno traer aquí a colación lo asumido en el trabajo de Szeszenia-Dąbrowska & Świątkowska (2015), atribuyendo la incidencia de 14 mil nuevos casos de cáncer de pulmón en el país, al desarrollo del «Programa para la Reducción de Asbesto en Polonia, desde 2009 hasta 2032», y en consecuencia pedir el cese inmediato del mismo.

En Francia, en el mes de marzo del año 2004, la División de Relaciones Laborales (LRD), la Caja nacional del seguro de enfermedad de los trabajadores asalariados (CNAMTS), y el Instituto nacional de investigación y seguridad (INRS), organizaron una campaña de inspecciones, para controlar los lugares de trabajo en curso de realización, de retirada de asbesto, con el propósito de identificar y de sancionar las infracciones de las muy estrictas normas francesas sobre retirada de amianto friable. Del total de sitios visitados, el 76’4% no estaban cumpliendo íntegramente la normativa vigente en dicho país. Una constatación nada tranquilizadora.

Al aplicarnos a la descripción de algunos casos de incumplimientos especialmente clamorosos, nuestro propósito es poner el énfasis en el riesgo así generado a los trabajadores involucrados, y en algunos casos, incluso respecto de la población general del entorno de las tareas de retirada del asbesto. Su relato, en los ejemplos concretos escogidos, permite apreciar, en toda su crudeza, el abuso cometido; por ello, pasamos seguidamente a exponerlos, de forma individualizada para cada uno de esos ejemplos.

Comenzaremos con el llamado «caso Salvagno». Raúl y Alexander Salvagno, padre e hijo, copropietarios de la empresa «AAR Contractors, Inc.», de Latham, Nueva York, en el condado de Albany, fueron condenados por todos los 18 cargos de los que fueron acusados, incluyendo conspiración para violar la ley norteamericana conocida como «Ley de Aire Limpio» y la «Ley de Control de Substancias Tóxicas», violaciones de las normas sobre contaminantes atmosféricos peligrosos, de la citada Ley de Aire Limpio, que rigen para la eliminación segura y apropiada del amianto, y fueron acusados también de conspiración para violar la Ley sobre Organización Corrupta – Racketeer Influenced and Corrupt Organization Act (RICO)-, obstrucción a la justicia, blanqueo de dinero, fraude postal, manipulación de licitaciones, etc., todos ellos eran delitos relacionados con sus actividades ilegales relacionadas con la retirada de amianto.

Los Salvagno habían llevado a cabo sus actividades ilegales de reducción de amianto, durante un período de más de una década; operaban una de las firmas de retirada de amianto más grandes del estado, trabajando en unos 2.000 proyectos, desde Buffalo hasta Long Island, a menudo con la intervención de un determinado laboratorio específico para tales menesteres, «Analytical Laboratories of Albany Inc. (ALA)», que avalaba sus resultados, y en un máximo de 1.555 instalaciones en todo el estado de Nueva York, con sospecha o evidencia de haber sido mal desamiantadas, incluyendo iglesias, hospitales, viviendas militares, teatros, cafeterías, oficinas públicas, edificios comerciales y residencias privadas.

Los Salvagno, utilizando varios nombres de entidad corporativa, en la que «AAR» generalmente detentaba íntegra o mayoritariamente la titularidad, celebraron contratos públicos en todo el estado de Nueva York, incluyendo escuelas de primaria, secundaria, y los edificios del campus de la Universidad Estatal de Nueva York (SUNY).

Incluso el Departamento de Construcción y Trabajo del Estado de Nueva York – que albergaba a la propia Oficina de Control del Asbesto- se encontraba entre los 39 edificios especificados en la acusación, por haber sido objeto del simulacro de desamiantado en condiciones de seguridad.

Los Salvagno habían dirigido las actividades ilegales de 500 trabajadores de la retirada de asbesto, y de empleados de laboratorio.

En lugar de seguir los requisitos legales para la eliminación adecuada del amianto, previstos con el fin de asegurarse que el mismo no quedara libre en el medio ambiente, utilizaron, por el contrario, técnicas ilegales de «destripar y correr», liberando en interiores, lo que los trabajadores describieron en el juicio como «tormentas de nieve», formadas por el polvo de amianto en suspensión.

Durante su testimonio, los trabajadores dijeron que Raúl Salvagno, de 71 años, que a menudo asumía bajo su supervisión el desamiantado aplicado en los diversos sitios, lo hacía exigiendo que los empleados trabajaran a un ritmo de vértigo, que sólo era posible cuando no se tomaban las debidas salvaguardias. Se prescindía de hacer humectación.

Para ocultar sus fechorías, los Salvagno, secreta e ilegalmente, mantenían la copropiedad, con una participación controladora, del 51% del capital, con un laboratorio acreditado para efectuar mediciones, que supuestamente debería de ser independiente, sobre las concentraciones de fibras de asbesto en atmósfera, generadas durante las tareas de desamiantado: los «Analytical Laboratories of Albany Inc. (ALA)», que actuaron en connivencia con «AAR», para crear hasta 75.000 resultados de los análisis de laboratorio, fraudulentos.

Algunos resultados de muestras, falsos, se denominaron «muestras 890», ya que correspondían a monitores creados para la aspiración de aire desde la ventanilla del coche, que eran puestos en funcionamiento mientras conducían por la autopista interestatal 890, cerca de Schenectady, en el área de Albany, Nueva York, y que eran presentados como muestras tomadas en la atmósfera del lugar de trabajo donde se había realizado el desamiantado, según el testimonio de un trabajador apellidado Alvord.

En el caso de otras contrataciones, como, por ejemplo, en el desamiantado de un cuartel de la policía estatal, no se tomaron muestras de aire, y los resultados simplemente se «inventaron», según lo que testificó el citado operario. En el Siena College, en Loudonville, los trabajadores retiraron algunos elementos constructivos con contenido de amianto, y a continuación, se procedió a pintar sobre el resto, para ocultar que los demás, que seguían allí presentes, no se habían llegado a retirar, según lo que testificó también el mismo obrero.

Otros resultados de mediciones, fueron cambiados en el laboratorio. Estos resultados de laboratorio falsos, fueron utilizados para defraudar a los clientes, en la creencia, por parte de éstos, de que los edificios que «AAR» había «remediado», estaban libres de niveles nocivos de amianto.

Contaminación residual por amianto, fue encontrada por los investigadores federales, en numerosos lugares que los Salvagno habían declarado estar libres de ese riesgo.

En un caso, los investigadores encontraron polvo de amianto incluso en la cesta de las piruletas ofrecidas al público en un banco, según manifestó el fiscal Sr. Benedict.

Los propietarios de los edificios contaminados, fueron contactados por funcionarios de la EPA, y tuvieron que eliminar el amianto que se había dispersado por todas partes de sus edificios, por la actuación de las cuadrillas de trabajadores de la empresa «AAR», incluso llevando el amianto hasta zonas en donde inicialmente, antes del supuesto desamiantado, no había causa razonable para esperar que lo hubiera habido.

Cuando la empresa de retirada de amianto pensó que podría estar en peligro de ser atrapada, sopesó que sería conveniente realizar al menos algunos trabajos ejecutados legalmente, según testificaron varios trabajadores. El fiscal pidió a un ex trabajador que precisara sobre cuántos de los puestos de trabajo en los que trabajó, fueron operaciones de desamiantado hechas correctamente. El ex trabajador, Anthony Mongato, respondió: »Menos del uno por ciento».

Las pruebas presentadas en el juicio demostraron que los Salvagno enviaron, a sabiendas, a trabajadores, muchos de los cuales estaban en sus veinte años de edad, a las «zonas calientes» y les animaron a trabajar sin respiradores y sin otros equipos de protección. Al pronunciar sentencia, el juez de la corte de distrito hizo mención específica de que los delitos de los Salvagno terminaron en una probabilidad sustancial de muerte o lesiones corporales graves a numerosas personas. La prueba en una de las audiencias en las que se sustentó la sentencia, estableció que al menos 100 ex trabajadores de «AAR» estaban ahora sustancialmente con altas probabilidades de desarrollar asbestosis, cáncer de pulmón, o mesotelioma.

Hasta 500 trabajadores de «AAR», asumieron un riesgo elevado. Los expertos médicos que testificaron para la administración pública de los Estados Unidos, personada en la causa, informaron al juez, de que los miembros del público del entorno de las obras de retirada de amianto también fueron expuestos al asbesto residual, dentro de esos edificios específicos, y ahora estaban en riesgo elevado de padecer alguna de las enfermedades relacionadas con el amianto. Todas las víctimas conocidas fueron contactadas por la administración pública norteamericana, con el fin de asegurarse de que eran capaces de obtener la atención médica adecuada.

En un momento dado, un monitor independiente, en la planta de Ford Motor en Green Island, cerca de Troy, comenzó a sospechar, cuando se encontró con que todas las puertas de la zona de trabajo estaban cerradas. »Finalmente, cuando entró en el local, se encontró con que los trabajadores de «AAR» procedían a rasgar el asbesto y a lanzarlo hacia abajo, en medio de un gran desorden dentro de la planta», declaró el Sr. Goyeau, quien dijo que renunció después a colaborar con «AAR» y con «ALA», que fingieron despedir a sus supervisores de obra, para apaciguar a Ford.

Cuando los empleados de la empresa «AAR» comenzaron a sospechar que eran objeto de una investigación, los jefes ordenaron a la contable para «ALA», Katherine Phelan, que dispusiese lo necesario para destruir los registros, según lo que ella testificó después en el juicio. Cuando se negó, Alexander Salvagno fue a verla y le llevó a dar un paseo. Condujo el coche hasta una manzana próxima, en la que estaba situada una gasolinera, y le dijo, en ausencia de testigos, «que era muy importante para mí, negarlo todo», según lo que ella testificó. «Acabé de tomar valor y le dije: Alex, no voy a mentir; sin duda, yo no voy a mentir». La Sra. Phelan, que no fue acusada, añadió: «Él estaba visiblemente enojado». Otros trabajadores destruyeron los registros, pero ella y otros testificaron. La Sra. Phelan tenía en su casa algunas copias de los registros, que entregó a los investigadores.

«ALA» producía resultados falsos, no sólo para «AAR»; lo hizo también para otras compañías dedicadas a la misma actividad de remoción del asbesto, según pudieron averiguar las autoridades, con las consiguientes consecuencias penales para todos los infractores. Más de otras treinta empresas, resultaron involucradas. Algunas de esas empresas también infractoras, trabajaban en concierto con «AAR», actuando como sub-contratistas suyas.

Algunas de las empresas que contrataron los servicios de «ALA», eran honestas, pero muchas otras operaron al estilo de lo realizado por «AAR».

Alex Salvagno también utilizó a «ALA» como fuente de espionaje industrial, para la manipulación de las licitaciones: a través de los empleados de «ALA», se enteró de lo que otras empresas estaban haciendo para preparar una oferta para concurrir los contratos públicos, y así socavar sus ofertas. Obviamente, sus competidoras ignoraban la verdadera relación de «AAR» con «ALA».

«AAR» fue capaz de mantener sus tarifas bajas, ya que no tenían que hacer mucha reducción real del amianto, o que cumplir con los requisitos de seguridad de los trabajadores. Además de falsificar los resultados del desamiantado, a través de «ALA», los Salvagno, «AAR», y «ALA», estaban involucrados en la producción de falsos certificados de formación, para los trabajadores del asbesto.

En efecto, la Agencia de Protección del Medio Ambiente (EPA) inició una investigación en 1999, después de que alguien se quejó de que la firma «Analytical Laboratories of Albany Inc. (ALA)» estaba proporcionando certificados de formación en eliminación de amianto, falsos, a los trabajadores de «AAR». Pero para entonces, las dos compañías habían estado ya operando juntas, en esa otra actividad fraudulenta, durante casi 10 años.

En el curso del proceso, surgieron cuestiones tales como el consumo de cocaína y de crack, prostitutas, sobornos, corrupción, abuso infantil, y evidencias de conexiones con la mafia.

Uno de los trabajadores de «AAR», Tom Valachovic, de 46 años de edad, quedó afectado por una asbestosis avanzada, sólo cinco años después de haber cesado en su empleo de eliminación del amianto.

Como dijo un comentarista norteamericano: «Esta es una de esas historias que usted necesita recordar cuando oye a funcionarios de la administración Bush, que dicen que realmente no se necesita más el cumplimiento de nuestras leyes de seguridad en el trabajo, sino sólo más asistencia para el cumplimiento, hojas de datos y páginas web. O cuando escuche al saliente Presidente del Comité del Senado, para la Salud, la Educación, el Trabajo y las Pensiones, Mike Enzi, que con optimismo nos decía: «La cooperación, no la confrontación, es esencial en la construcción de nuestros lugares de trabajo más seguros. La noción de que los empleadores se preocupan poco por la seguridad del trabajador, o de que están dispuestos a sacrificar la salud de los trabajadores, en la búsqueda de beneficios, es un mito peligroso«. (Fuente: http://spewingforth.blogspot.com.es/2006/12/jail-for-asbestos-test-fraud.html ).

En la Directiva nº 23.70, de la «Division of Occupational Safety and Health», perteneciente al «Department of Labor and Industries», del Estado de Washington (véase nuestra bibliografía), se especifican hasta un total de 19 circunstancias determinantes de una revisión de la certificación concedida a constructores, supervisores o trabajadores habilitados para las tareas de desamiantado, además de otras 7 adicionales. Varias de esas especificaciones, aluden a la falsificación de documentos, utilizados en el desempeño de las tareas cubiertas por la acreditación. Al parecer, eso se había convertido en una práctica fraudulenta tan reiterada, que se había hecho acreedora de esa mención específica, en una directiva oficial.

La propietaria de una gran escuela de formación para la retirada de amianto, fue condenada a más de siete años de prisión y al pago de más de 1.5 millones de dólares, en restitución y como castigo por la venta de cientos de certificados de finalización del curso correspondiente. La compañía entregó los certificados a inmigrantes ilegales, que no habían tomado los requeridos cursos de remoción de asbesto.

Los certificados se utilizaban para permitir a los trabajadores inmigrantes llevar a cabo los servicios de reducción, sin la formación adecuada, a la vez de que les pagaban sin soporte documental alguno.

Albania Deleon, propietaria y directora de «Environmental Compliance Training (ECT)», una escuela de formación en el manejo del amianto, radicada en Methuen, en las afueras de Boston, en el estado de Massachusetts, fue procesada y condenada.

El 20 de noviembre de 2008, Deleon, de 40 años, fue declarada culpable en un tribunal federal, después de casi tres semanas de proceso sobre un cargo de conspiración por hacer declaraciones falsas, por alentar a delinquir a los inmigrantes ilegales que residen en los Estados Unidos, y por contratar a extranjeros ilegales; cinco cargos de hacer declaraciones falsas, dentro de la jurisdicción de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos; 16 cargos de adquisición de falsas declaraciones de impuestos, correspondientes a nóminas; y cinco cargos de fraude postal.

Desde aproximadamente 2001 a 2006, Albania Deleon, propietaria y gerente de «Environmental Compliance Training (ECT)», una escuela de formación certificada sobre manejo de amianto, fue declarada responsable de su funcionamiento ilegal. «ECT» anunciaba cursos de formación, que normalmente eran ofrecidos semanalmente en sus oficinas, y sin embargo, muchos de los beneficiarios de los certificados, nunca tomaron el curso obligatorio. En cambio, con el conocimiento y aprobación de Deleon, los empleados de «ETC» emitieron certificados de finalización del curso, a cientos de personas que no lo llegaron a tomar. Estos individuos presentaron los certificados en la División de Seguridad Ocupacional de Massachusetts, para estar autorizados a trabajar en la industria de la retirada de amianto. Muchos de los beneficiarios, eran extranjeros ilegales, que querían saltar el curso de cuatro días, para no renunciar a la paga que podían obtener, trabajando durante esos escasos días.

Los registros del curso de formación de «ECT» estaban sujetos a la inspección, y Deleon y sus empleados trataron de encubrir la práctica de la emisión de certificados, a los solicitantes sin entrenamiento, haciendo que los solicitantes firmasen las hojas de respuestas del examen final, que ya habían sido completadas y graduadas, que se mantenían en los archivos de «ECT». La evidencia puesta de manifiesto en el juicio, demostró que, de todos los certificados de formación emitidos por «ECT», aproximadamente del 65 al 80% de los supuestos alumnos, no habían adquirido la capacitación necesaria.

La mayoría de estos individuos que obtuvieron los certificados falsos, fueron empleados por «Methuen Staffing», agencia de empleo temporal, también propiedad de Deleon, y que se especializó en la contratación de operarios para la demolición de asbesto. Ella fue, por tanto, quien envió a los obreros a sitios de trabajo, a lo largo del estado de Massachusetts, incluyendo Boston, Worcester y New Bedford-Fall River, así como a New Hampshire, Maine, Connecticut, y más allá. Deleon pagó a la mayor parte de los contratados, sin ninguna suerte de nómina, y no retuvo los impuestos que habrían correspondido. Ella informó al Servicio de Rentas Internas, y a sus compañías de seguros de compensación de trabajadores, sólo de aquellos empleados que en realidad tenían impuestos retenidos, lo que le permitió ahorrar más de un millón de dólares en el pago de impuestos y seguros.

Deleon huyó de Massachusetts, dos días antes de cuando estaba programado para ser sentenciada: el 23 de marzo de 2010. Cuando no se presentó a la audiencia de sentencia, el Juez de Distrito emitió una orden para su arresto. Deleon se convirtió en la primera mujer nombrada en la lista de fugitivos de la EPA. El Servicio de Alguaciles de los Estados Unidos llevó a cabo una búsqueda a nivel nacional, y una vez que se determinó que había huido del país, el Departamento de Estado presentó, en nombre de la Oficina del Fiscal de EE.UU., una solicitud al gobierno dominicano, para detener y extraditar a Deleon.

Los agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) de Santo Domingo, observaron que Deleon estaba en una residencia, en dicha nación. Diecinueve meses después de que ella huyó de su audiencia de la sentencia federal, la prófuga Albania Deleon fue capturada en la República Dominicana. Las autoridades policiales de la República Dominicana, con la asistencia del Servicio de Alguaciles de Estados Unidos, arrestaron a Deleon, que se había disfrazado de su habitual apariencia y que había asumido una identidad falsa. Los agentes interceptaron su vehículo, después de que ella salió de la residencia en la que estaba habitando. Tras su arresto, Deleon dijo que ella era Elba Henríquez Peña, portando una cédula de identidad falsa, con su foto y ese nombre. Al ser interrogada, al final admitió que ella era Albania Deleon, y que era buscada en Estados Unidos. Deleon fue trasladada a la sede de la DNCD, a reserva del procesamiento que se llevaría a cabo, a la espera de una audiencia de extradición, en la República Dominicana. A su regreso a Estados Unidos, se enfrentó a hasta cinco años de prisión por cada cargo, a excepción de los cargos de fraude electrónico, que conllevaban penas máximas de 20 años de cárcel.

El alcance total de los daños debido al fraude de Deleon, se desconoce.

El desamiantado fraudulento, resulta especialmente doloso cuando es aplicado en la retirada de asbesto en las escuelas. En el mes de julio del año 1993, una pena de prisión de 37 meses se impuso a Saundra Webb, presidente de la compañía «Sandaq Engineering Company» -encargada del monitoreo del amianto y del trabajo de consultoría, en 60 escuelas públicas, en los años de1990 y 1991- por la presentación de facturas fraudulentas y el uso de trabajadores no cualificados, para supervisar la retirada del asbesto presente en las escuelas públicas de la ciudad de Nueva York.

Los relatos sobre infracciones en las obras de desamiantado, ofrecen, en algunos casos, innegables similitudes. Falsificación de informes sobre la retirada de amianto, y de los datos de calidad del aire, se incluían entre las imputaciones formuladas contra la empresa «Certified Environmental Services, Inc. (CES)», contra dos de sus directivos, Nicole Copeland y Elisa Dunn, y contra uno de sus empleados, Sandy Allen, culpable de conspirar por ayudar y apoyar violaciones de la Ley de Aire Limpio, de cometer fraude postal, y de defraudar a los Estados Unidos, al Departamento de Justicia y a la Agencia de Protección Ambiental (EPA), según un comunicado de esta última, fechado en 13 de octubre de 2010.

Los acusados ​​también fueron condenados por cargos de fraude electrónico. «CES» (una compañía de monitoreo de aire con amianto, y laboratorio acreditado para ejercer dicha actividad), y Elisa Dunn, también fueron declarados culpables de hacer declaraciones falsas a la policía federal.

Varios de sus empleados de alto nivel, junto con las firmas «Aapex Environmental» y «Paragon Environmental Construction, Inc.» (Empresas de retirada de amianto, que ya se habían declarado culpables) conspiraron a lo largo de casi una década, para falsificar los resultados de laboratorio, que se utilizan para demostrar que la retirada de amianto se hace correctamente.

Según la acusación, entre los lugares en los que el amianto se quedó atrás, estaban: una casa de la hermandad «Alpha Chi Omega», en el nº 705 de la «Walnut Avenue»; en la Universidad de Siracusa, en un almacén de muebles, en el edificio de la estación de televisión WSTM, de Siracusa, en un edificio de consultorios médicos, en la sala de lectura, en la Biblioteca Kellogg, en Cincinnatus, en el condado de Cortland, y en el edificio «Jobs Corps», en Oneonta, en el condado de Otsego, del estado de Nueva York.

«CES» también falsificó informes de laboratorio, en alrededor de otras 30 propiedades en el centro de Nueva York, sometidas a desamiantado, incluyendo varias residencias y edificios académicos, en la Universidad de Syracuse y en Le Moyne College. Las actividades delictivas se extendieron desde 1999 hasta el año 2007.

Los cargos de conspiración, y de violación de la Ley de Aire Limpio, y de declaraciones falsas, conllevan, cada uno, una pena máxima de prisión de cinco años y una multa de 250.000 dólares. Los cargos de fraude electrónico, cada uno de ellos conllevan una pena máxima de prisión de 20 años. «CES» se enfrentaba así a una posible multa máxima de 7,5 millones de dólares, y a la indemnización de todas las víctimas. Nicole Copeland, se enfrentaba una sentencia máxima posible de 110 años de cárcel, y a una multa de tres millones de dólares. Elisa Dunn se enfrentaba a una sentencia máxima posible de 40 años de cárcel y a una multa de 1.250.000 dólares. Sandy Allen se enfrentaba a una sentencia máxima posible de 50 años de cárcel, y a una multa de un millón de dólares.

Esta condena correspondía al último de una serie de casos de retirada fraudulenta de amianto que la EPA y el Departamento de Justicia habían llevado a juicio. Por ejemplo, en junio de 2010, los propietarios de «Kodiak Construction Service» fueron condenados a un total combinado de más de 13 años de prisión, tras ser declarados culpables de numerosas violaciones relacionadas con la eliminación del amianto. Otro ejemplo, es la condena de cuatro años, y la obligación de proveer al resarcimiento de las víctimas, de más de 850,000 dólares, para el operador de la empresa «J & W Construction Inc.», que violó la Ley de Aire Limpio, a través de actividades ilegales de extracción y eliminación del amianto.

Según un comunicado de la EPA norteamericana, una empresa de servicios ambientales, de Virginia, y uno de sus empleados, fueron sentenciados, por hacer declaraciones falsas, acerca de la forma en la que adquirieron los certificados de formación en el manejo del amianto sus trabajadores, que le permitieron que le adjudicaran la eliminación del amianto presente en la Base de la Fuerza Aérea en Langley, y en un Centro de Investigación de la NASA, en Hampton, también en Virginia.

¿Cómo asegurarse de que el amianto se elimina correctamente? Realmente, sólo hay una manera: la formación cuidadosa de especialistas en el manejo del amianto, como primera condición. Cuando esa formación no existe, o no está regulada, o cuando todo el sistema de aseguramiento se está soslayando de forma fraudulenta, esa garantía ya no existe.

Eso significa que las empresas especializadas en esa formación, se les permite emitir certificados de capacitación, que dan fe de que esas personas, de acuerdo con los requisitos legalmente establecidos, han completado cursos de formación rigurosa, y superado una prueba que demuestra el conocimiento de la materia.

Remando en la misma dirección, especificaciones normativas sobre el rigor en el mantenimiento de la cadena de custodia de las pruebas, y la obligatoriedad en el empleo de video y de fotografía en la validación de todo el proceso de desamiantado y de obtención in situ de las muestras medioambientales, también pueden contribuir decisivamente, cuando existen, a dar verosimilitud a la idoneidad de todo el proceso.

«F & M Environmental Technology, Inc.», fue una de esas empresas de formación, propiedad de Frankland Babonis. Pero incurrió en prácticas fraudulentas.

La estafa fue conocida como «El caso del certificado por un precio». En febrero del año 2000, la Oficina Local del FBI de Washington recibió denuncias de que «F & M» estaba vendiendo sus certificados de formación por un precio, sin necesidad de tomar cualquiera o todos los entrenamientos; no había necesidad de pasar la prueba, lo que claramente representaba una amenaza de que los «especialistas» sin formación serían indebidamente facultados para liberar asbesto en el aire, que podría ser inhalado por víctimas inocentes. Esta afirmación fue confirmada por otro testimonio hecho a la División de Investigación Criminal de la EPA, y un caso fue abierto.

En poco tiempo, los agentes descubrieron que «F & M» supuestamente había vendido certificados a las personas que después trabajaron en proyectos de eliminación de asbesto, en el Pentágono, en los Departamentos de Defensa y Transporte, en la «General Services Administration (GSA)», en la NASA, en las agencias estatales y locales, y en varios sistemas escolares… La NASA, Defensa, la Fuerza Aérea, el Ejército, la Armada, y el Departamento de Regulación Profesional y Ocupacional de Virginia, se unieron a la causa.

En febrero de 2001, «F & M» y su propietario, el Sr. Babonis, se declararon culpables y fueron condenados. Como parte de su declaración, el Sr. Babonis accedió a ayudar a localizar a todas las empresas que se buscaban, por haber obtenido de forma fraudulenta certificados de formación, en un número que se estimaba que, en un período de cuatro años, suponía alrededor del 70% de todos los certificados de formación que emitió, y que fueron fraudulentamente vendidos, no ganados correctamente.

Varias declaraciones de culpabilidad, por la compra de certificados falsos de formación en el manejo de amianto en condiciones de seguridad, se introdujeron en una corte federal en Alexandria, Virginia. «Marcor Remediation Inc.», de Hunt Valley, Maryland, Annapolis; «Macsons Inc.» de Norfolk, Virginia; William McCloud, un representante de Macsons para la firma de contratos; «Environmental Testing and Monitoring Services Inc. (ETMS)», de Virginia Beach, Virginia. Fred Guest, Presidente de ETMS; y Scott Eggleston, Vice-Presidente de ETMS, todos se declararon culpables de la compra de los certificados de «F & M Environmental Technologies Inc.». Además, Marcor fue condenado, y pagó una multa de 200.000 dólares.

Los falsos certificados se utilizaron para obtener los contratos para las inspecciones de seguimiento de los proyectos de asbesto, la planificación de la gestión, y los servicios de higiene industrial, en una serie de instalaciones en Virginia. El caso fue investigado por la División de Investigación Criminal de la EPA (Washington, DC), el FBI, la Oficina del Inspector General, la Oficina de Investigaciones Especiales de la Fuerza Aérea de Estados Unidos, la División de Investigación Criminal del Ejército de Estados Unidos, la Oficina de Auditoría de Contratos de la NASA y el Departamento de Profesional y Regulación Laboral Virginia. El caso fue procesado por la Oficina del Fiscal Federal en Alexandria, Virginia.

Ethel Mae, propietario de «Holmes Environmental Inc.», en Virginia Beach, Va., fue acusado de doce cargos federales relacionados con conspiración, fraude electrónico y de presentar declaraciones falsas al Gobierno de Estados Unidos.

La acusación alegó que Holmes compró certificados falsos, de formación en reducción de plomo y de amianto, para su empresa y para los empleados de «F & M Environmental Technologies Inc», empresa a la que ya hemos aludido anteriormente.

Los certificados falsos, afirmaban que habían sido entrenados para llevar a cabo la eliminación del asbesto y del plomo. Fueron utilizados para obtener, de manera fraudulenta, licencias para trabajar en las industrias de reducción de amianto y de plomo, en Virginia.

La acusación también alegó que se presentaron estos falsos certificados, para llevar a cabo trabajos de reducción de asbesto y de plomo en el Departamento de Salud Mental y Abuso de Sustancias, en el «Sentara» Hospital General de Norfolk, en la Comisión de Empleo de Virginia, en «Fort Eustis», del Ejército estadounidense, en las dependencias de la Guardia Costera de Estados Unidos, en Virginia, y en otras instalaciones federales y no federales.

El caso fue investigado por la División de la EPA de Investigación Criminal (Washington, DC), por el FBI, por la Oficina del Inspector General de la NASA, por la División de Investigaciones Criminales del Ejército de EE.UU., por los Servicios de Investigación Criminal de la NASA, por la Oficina del Contrato de Auditoría, de Defensa, y por el Departamento de Regulación Profesional Ocupacional, de Virginia. El caso fue procesado por la Oficina del Fiscal Federal en Alejandría y por la Sección de Delitos Ambientales, del Departamento de Justicia de Estados Unidos.

Otra de las empresas procesadas por emitir certificados de capacitación, falsos, para el manejo del amianto en condiciones de seguridad, fue la empresa «Paradigm Environmental Services, Inc.», de Rochester. (Repare el lector en la insuperable ironía de algunas de las denominaciones de empresa aquí mencionadas, a la vista de sus reales comportamientos). La empresa se benefició de este comportamiento infractor, mediante la presentación de las certificaciones falsas, en lugar de pagar a sus empleados por el tiempo pasado en asistir a un curso de capacitación, de seguridad en la manipulación del asbesto. Los incidentes que componían este caso, se produjeron en el mes de abril del año 2000. «Paradigm» era una empresa de capacitación en seguridad frente al asbesto, y que también suministraba los servicios de monitoreo de calidad del aire en los lugares de retirada de amianto.

El propietario de una empresa de retirada de amianto, radicada en Waukesha, Wisconsin, se enfrentó a varios cargos, en las alegaciones acerca de los certificados de seguros de responsabilidad, exhibidos con el fin de demostrar a los clientes que estaba asegurado. Timothy A. Klingbiel, de 45 años, fue acusado en la Corte de Circuito del Condado de Waukesha, con tres cargos de robo de identidad, para obtener ganancias financieras, un cargo de posesión de THC, el ingrediente activo de la marihuana, y por adulterar certificados del seguro de responsabilidad civil, suscrito con la empresa «R & R Insurance». De acuerdo con la denuncia, Klingbiel, propietario de » Residential and Industrial Asbestos Removal LLC», había alterado los formatos de las cláusulas de responsabilidad, para demostrar que tenía un seguro con «R & R». Después del testimonio de una compañía controlada por el proveedor de seguros, sobre la legitimidad de los certificados, «R & R» les informó que Klingbiel no sólo no había asegurado con la compañía, desde el año 2008, sino que su política fue dejar fuera a la mitad de lo que se había presentado como cubierto.

Los investigadores se sirvieron de una orden de allanamiento para registrar la casa de Klingbiel, donde descubrieron marihuana, que él dijo que fumaba de vez en cuando, para ayudar en su tratamiento contra el cáncer.

La denuncia afirmaba que Klingbiel también admitió haber adulterado los formatos, diciendo que había tenido que renunciar a su seguro en el año 2008, debido a problemas financieros.

Timothy A. Klingbiel, actualmente vinculado a la empresa «Quality Inspections and Abatement, Inc», cuenta con perfil profesional en la red social «Linkedin», en el que, pudorosamente, los escabrosos detalles aquí antes narrados, brillan por su ausencia.

El ex defensa de los «Buffalo Bills», Sean P. Doctor, de 46 años, y su socio Raj Chopra, de 48, ambos de Grand Island, fueron acusados ​​por cargos federales con respecto a sus empresas, que violaban los protocolos de reducción del asbesto.

Doctor era propietario y operador de «S.D. Specialty Services, LLC» y Chopra, asimismo era propietario y operador de «Comprehensive Employee Management Inc.», ambas empresas con base en el oeste de Nueva York; trabajaron en varios proyectos del área, que pusieron en peligro la salud y la seguridad de la comunidad.

Las empresas de Doctor y de Chopra trabajaron juntas en dos importantes proyectos de reducción de asbesto, en la comunidad de Buffalo, incluyendo el Edificio Graystone, el Refugio de Roosevelt Park, y en Johnson South Park. Además, también eliminaron el asbesto de las casas vacías de Grant Street. Los informes eran claros: se encontró asbesto, en cantidades inapropiadas, después del supuesto desamiantado, en cada uno de esos lugares.

Las acusaciones afirmaban que el amianto retirado de esas propiedades, se almacenó en condiciones de riesgo. Además, las acusaciones incluían una conspiración, en la que los contratados por las dos empresas fueron figurados como administrativos, en lugar de trabajadores de reducción de asbesto, defraudando así al Fondo del Seguro del Estado, en alrededor de 195,000 dólares, en primas por accidentes de trabajo.

Un gran jurado federal formuló una acusación de 16 cargos contra los dos contratistas de retirada de amianto y sus respectivas empresas, por cargos de conspiración, fraude postal, y por violaciones de la Ley de Aire Limpio, entre 2009 y 2011.

La acusación dijo que residuos de amianto también se almacenaron inadecuadamente en un gran contenedor de caja cerrada, de 40 yardas, en la sede de la compañía, en el 1800 de Love Road, en Grand Island.

Doctor y Chopra, además de conspirar para defraudar al Fondo del Seguro del Estado de Nueva York, estafaron alrededor de 195,000 dólares en primas por accidentes de trabajo, alegando que sus empleados en las operaciones de desamiantado eran trabajadores administrativos, en lugar de ser trabajadores del amianto.

¿Por qué no habrían de cumplir con la ley?… Pues, en resumen, porque es más barato – la misma razón por la que muchas otras compañías siguieron utilizando los productos de amianto, mucho después de que ya sabían que era perjudicial para sus trabajadores y para los consumidores.

Los dos -Doctor y Chopra- fueron acusados, ​​después de una investigación de varias agencias, que participaron en la sala de lo penal: la EPA, el Departamento de Estado de Nueva York, la Policía de Conservación Ambiental, el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York, y la Oficina de Control de Asbesto.

El 15 de septiembre, «Coast-to-Coast Inc.», una corporación de Virginia, y su propietario, Manuel Cedeño, fueron acusados ​​de violar la Ley de Control de Sustancias Tóxicas. Los cargos que se alegaban, se referían a que los acusados, que trabajaban a través de una sociedad limitada, llamada «McGuire Apartments, L.P.», compraron los «Park Apartments McGuire», en Richmond, Virginia, en mayo de 2002. El complejo de apartamentos fue construido en la década de 1940, y contenía varios miles de pies lineales de aislamiento, que contenía asbesto. Después de la compra, los acusados ​​presuntamente llevaron a cabo un proyecto de remediación de amianto en los citados apartamentos del Parque McGuire, utilizando trabajadores que no estaban acreditados para retirar materiales que contienen el amianto. El caso fue investigado por la División de Investigación Criminal de la EPA (Washington, DC) y fue procesado por la Oficina del Fiscal Federal en Richmond.

El 11 de septiembre de 2006, Joseph Cannella se declaró culpable de dos cargos de imprudencia negligente bajo la Ley de Aire Limpio. Sobre los motivos de los cargos que cometió Cannella, empleado de la alta dirección de la empresa «National Service Cleaning Corporation (NSCC)», contratista de eliminación de asbesto, y el co-acusado Steven Herron, propietario de «Steve Herron and Associates (SH&A)», una empresa consultora de reducción de amianto, fue porque conspiraron y causaron múltiples violaciones de las normas de práctica de trabajo, relativas a la retirada y eliminación de amianto en la «Fort Morgan High School», en Fort Morgan, Colorado, en julio y agosto de 1999. Cannella aceptó un acuerdo de sentencia de reclusión, en el rango de 6 a 12 meses. También accedió a una suspensión de por vida de su industria de reducción de amianto. Es evidente que este punto del pacto de asunción de responsabilidades, holgaría si en Estados Unidos rigiese el imperativo de una autorización administrativa, vinculada a cada empresa de desamiantado, la cual pudiese ser revocada por la administración pública, sin necesidad de mediar consenso, cuando la praxis profesional hubiera quedado acreditado que no había sido correcta.

Antes de que pudiera declararse culpable, Herron fue involucrado en un grave accidente de motocicleta, y falleció 14 de septiembre.

Cannella fue sentenciado, el 21 de noviembre de 2006. Otros dos acusados ​​habían sido previamente condenados en este caso.

Daniel Argil, de Houston, Texas, fue condenado a cumplir 68 meses de prisión y a pagar multas superiores a 232,000 dólares, en restitución al Distrito Escolar del Condado Morgan, Colorado. Anteriormente se declaró culpable de los cargos de manejo ilegal de amianto en la «Ft. Morgan High School», en Ft. Morgan, Colorado. Un coacusado, David Backus, de Cheyenne, Wyoming, sería también sentenciado.

Argil era un supervisor de » National Service Cleaning Corp. (NSCC)» , una empresa de eliminación de asbesto, que trabajó en la «Ft. Morgan High School», en 1999. En su declaración de culpabilidad, Arcgil admitió que causó que fuera lanzado amianto al aire, causando un riesgo sustancial de muerte o lesiones corporales graves a los empleados de «NSCC», durante la retirada. También admitió que causó un riesgo a los estudiantes, profesores y personal de la «Ft. Morgan High School», cuando regresaron a la escuela secundaria contaminada, en el otoño de 1999.

Un pulverizador de agua, de alta potencia, se utilizó para eliminar el amianto, con el resultado de que el asbesto fue descargado fuera de la zona de confinamiento. El agua cargada de asbesto, migró a zonas dentro de la escuela, incluyendo el interior de armarios y sistemas didácticos fijados a las paredes. Después de que el agua quedara evaporada, el amianto se mantuvo como un polvo seco que se dispersó fácilmente en el aire, y por lo tanto era mucho más peligroso.

El caso fue investigado por la División de Investigación Criminal de la EPA en Denver, Colorado, por el Servicio de Impuestos Internos y el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (ahora la Oficina de Inmigración y Aduanas del Departamento de Seguridad Nacional). La asistencia en la investigación fue proporcionada por el Centro Nacional de Investigaciones de Cumplimiento, de la EPA. El caso fue procesado por la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos en Denver.

Dos dueños de negocios, de Tacoma, condado de Pierce, estado de Washington, se declararon culpables en la Corte Superior del condado, después de que el Procurador General formuló múltiples cargos en su contra, por la venta de deficientes cursos de formación de los trabajadores del amianto, y de certificaciones inapropiadas, a través de su empresa, «Environmental Management Training Services LLC. (EMT)».

Timoteo Pinckney se declaró culpable de diez cargos separados -seis de falsificación y cuatro de hacer declaraciones falsas- derivadas de su operación fraudulenta de la empresa «EMT».

Pamela Pepper, socia de negocios de Pinckney, se declaró culpable de cinco cargos por separado, incluyendo tres cargos de falsificación, un cargo de hacer una declaración falsa, y un cargo de mala conducta en su condición oficial de depositario de la fe pública.

La Oficina del Fiscal General de la Nación denunció que desde 2010 hasta 2013, «EMT» cobró una cuota por capacitar a los estudiantes, requerida para poder efectuar la remoción del asbesto. Entonces, la empresa no proporcionó la capacitación necesaria, y en varios casos, incluso no la impartió, en absoluto. La compañía, no obstante, entonces certificaba, ante los empleadores y a los reguladores estatales, que los trabajadores fueron capacitados, como era necesario para que pudieran trabajar en la manipulación del asbesto.

La División de Investigación Criminal de la Agencia Federal de Protección Ambiental (EPA) dirigió la investigación, con la asistencia del Departamento de Labor e Industrias, de Washington, y de la Oficina del Fiscal de Estados Unidos.

En Estados Unidos, cursos de 32 horas, son necesarios para proteger a los trabajadores, y al público. Las leyes estatales y federales requieren que cualquier persona que solicite la acreditación como trabajador en el manejo del asbesto, ha de completar cuatro días, de ocho horas de entrenamiento cada uno. Los cursos de formación debían incluir conferencias, demostraciones, horas de formación práctica, y la superación de las pruebas de ajuste de un respirador individual. El estudiante debe pasar un examen, a libro cerrado. Los trabajadores certificados, también deben tomar cursos anuales de actualización.

La formación de mala calidad, o las certificaciones falsas, ponen al público y a los trabajadores, en situación de riesgo.

En Puerto Rico, la empresa «Aireko Construction Corp.», fue acusada por un Gran Jurado, por no notificar inmediatamente una remoción ilegal de asbesto, en el piso nueve de la Torre Norte del Centro Gubernamental «Minillas», en mayo del año 2012, y se declaró culpable por este caso.

A la empresa se le imputaron cinco cargos, por incumplir con el procedimiento de remoción de amianto, del «National Emission Standards for Hazardous Air Pollutants (NESHAP) «.

El presidente de la compañía, Paulino López, hizo la alegación de culpabilidad, luego de que su abogado llegara a un acuerdo con el fiscal de la división de crímenes ambientales, del Departamento de Justicia estadounidense, y con la fiscal de distrito. Si la empresa se hubiese enfrentado al juicio, se hubiese expuesto a pagar una multa de 3 millones de dólares. «Aireko» pagó una multa total de 2 millones de dólares.

Según el ministerio público, un total de 400 empleados de la Torre «Minillas» pudieron haber sido afectados.

Como parte de sus condiciones de aceptación de la evidencia probatoria, la empresa debió sufragar un estudio médico para las potenciales víctimas, que efectuó el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico.

Asimismo, «Aireko» tuvo que preparar y proveer literatura del manejo de amianto -la cual tuvo que ser aprobada por la Agencia federal de Protección Ambiental (EPA)- y proveer un seminario sobre este asunto. Se le prohibió promocionar su negocio durante el seminario. A su vez, la empresa tuvo que implementar un plan ambiental, en cumplimiento con las disposiciones de la EPA.

El vicepresidente y dueño de «Aireko Construction», Edgardo Albino, se declaró también culpable. El ejecutivo se exponía a una pena de entre seis y doce meses de prisión, que es lo que establecen las guías de sentencia norteamericanas, por este delito.

Por este caso también se declaró culpable el gerente del proyecto, Kenneth Báez Alers, el 6 de diciembre del 2013. Éste fue acusado, por fallar en reportar la remoción ilegal del asbesto a las autoridades.

La compañía acusada, estaba obligada a mojar el asbesto, durante su remoción, a tener un supervisor entrenado, durante la remoción del material, a guardar el mismo en bolsas especializadas para esto, pero fallaron en rotular adecuadamente el material, y en no disponer del mismo, en un terreno autorizado para estos fines. Según la acusación, entre el sábado 12 y el domingo 13 de mayo del año 2012, sus subcontratistas removieron el asbesto, y volcaron el mismo en contenedores de basura, del Centro «Minillas». Se alegó que los contratistas, además, incumplieron con la ley, al no notificar sobre la remoción del material tóxico.

La acusación indicó que la remoción ilegal del amianto, contenido en los plafones de un techo del edificio «Minillas», se hizo durante las labores de remodelación, los cuales fueron transportados al área donde se encontraban los contenedores de basura, sin seguir los requisitos exigidos por las agencias federales, por lo que de todo ello resultó la contaminación de todo el edificio. El edificio estuvo cerrado durante un año, después de detectarse el caso.

En mayo del 2012 la Autoridad de Edificios Públicos (AEP), no contaba con los permisos aprobados por la Junta de Calidad Ambiental (JCA), para remover material con asbesto del estucado del piso nueve de la Torre Norte de Minillas. La remoción de asbesto comenzó antes de la fecha notificada a la EPA. Los trabajos debían efectuarse entre el 18 y 31 de mayo.

Acusaciones contra Robert G. Cooley, a quien pertenecía y que operaba la empresa «IPC Chicago Inc.», de Northbrook, y también contra Bogdan Mucha, propietario del «Midwest Institute of Asbestos Inc.», de Chicago, fueron formuladas.

Cooley fue acusado de recibir sobornos, por certificar a más de 2.000 trabajadores del asbesto, que no tomaron cursos de formación, entre 1991 y 1995, mientras que Muchaq vendió certificados falsos, a un informante del gobierno.

Los casos parecen reflejar lo que sucedió a finales de 1980 y principios de los 90, cuando los expertos dicen que ocurrían lo peor de los abusos en la retirada de amianto.

Los años siguientes al 1986, con la aprobación de las leyes federales norteamericanas que protegen a los niños y a los empleados, frente a la presencia de asbesto en las escuelas, fueron como una especie de «fiebre del oro», para el negocio del desamiantado. Eso propició que proliferaran las acciones ilícitas.

Las licencias se concedieron a un gran número de inmigrantes polacos que hablaban poco o nada de inglés, y que podían no haber comprendido plenamente todos los peligros del amianto.

En el negocio de retirada de amianto en los Estados Unidos, era de conocimiento común, que usted podía obtener una licencia del Estado, sin completar el curso de capacitación requerido, de una duración de cuatro días. Además, podía pedir una ratificación anual, sin tomar la obligatoria clase de repaso. Los operadores de las compañías, lo sabían. Los supervisores, lo sabían. Los nuevos empleados, lo sabían. Incluso las autoridades tenían la sensación de que certificados manipulados se podían obtener. Las únicas personas que no estaban en el secreto, eran los que vivieron y trabajaron en hogares, en oficinas y en escuelas, en las que el amianto, que puede causar cáncer, estaba siendo removido.

El 18 de agosto del año 2008, la empresa «Parkway Village Equity Corporation», una cooperativa residencial ubicada en Queens, Nueva York, y George Halpin, su gerente y antiguo propietario, fueron acusados ​​de conspirar para violar la ley de Respuesta Ambiental, Compensación y Responsabilidad, por su participación en la extracción ilegal y en la eliminación del amianto presente en la propiedad, retirándolo ilegalmente desde aproximadamente el año 2.002, hasta el 2006. Otro empleado, el ex superintendente Layton Cervantes, fue acusado de violar la Ley de Control de Sustancias Tóxicas.

Los empleados de «Parkway Village» no tenían licencia para llevar a cabo reducciones de amianto, y no estaban provistos de equipos de protección. De hecho, se alegó que los empleados habían eliminado periódicamente el asbesto presente en las unidades residenciales, con sus propias manos, y enterrándolo en el mismo terreno de la urbanización.

Un acuerdo de enjuiciamiento diferido fue presentado en nombre de «Parkway Village». En virtud de dicho acuerdo, la empresa aceptó una serie de condiciones, incluyendo la eliminación del amianto todavía presente en múltiples áreas, dentro de la urbanización de la cooperativa, así como el futuro el cumplimiento de todas las leyes ambientales pertinentes, y el pago de 490.612 dólares a la EPA, para cubrir el costo de los trabajos de remediación ambiental, que la agencia había realizado en el año 2006.

Un comunicado conjunto del Fiscal Federal para el Distrito Norte de Nueva York, y del Administrador Regional de la EPA estadounidense, fechado en 24 de febrero del año 2000, informaba de que: «Las investigaciones sobre actividades criminales de la industria de eliminación de asbesto, en todo el centro y norte del estado de Nueva York, han revelado un generalizado incumplimiento de las leyes sobre el amianto en prácticamente todos los niveles, incluyendo la eliminación ilegal del asbesto; análisis de laboratorio, falsos; supervisión inadecuada y fraudulenta de su cumplimiento; y certificados falsificados, de formación en eliminación de asbesto. El gobierno de los Estados Unidos ha identificado a más de doscientos edificios en los que se han producido las actividades ilegales sobre amianto. Además de estos doscientos, cientos de edificios adicionales se prevé que se identifiquen en el futuro próximo».

El Fiscal Federal declaró: «La amplitud y el alcance de estos crímenes son sorprendentes e ilustra la forma más vil de la codicia. Una y otra vez, estos acusados ​​voluntariamente ponen en riesgo al público, para llenar sus propios bolsillos. Ahora se enfrentarán a las consecuencias de sus actos terriblemente irresponsables».

Las informaciones que siguen, corresponden a lo averiguado en tales investigaciones.

El 16 de febrero del año 2000, un gran jurado, formado en Syracuse, Nueva York, admitió una acusación formal contra José «Jay» Thorn, antiguo propietario de «A + Environmental Services, Inc.», de Rensselaer, Nueva York, con un amplio historial de actividades ilegales en el manejo del amianto, y de lavado de dinero, relacionado con dicha actividad.

Específicamente, Thorn fue acusado de actividades de supervisión, en relación con decenas de proyectos ilegales de reducción de asbesto, en el norte del estado de la zona central del estado de Nueva York. Las actividades incluyeron la falsificación y la obtención de falsos resultados de la prueba, para los proyectos de eliminación de asbesto en escuelas primarias, en hogares de ancianos, en cuarteles de la Policía Estatal, y en el Edificio Legislativo del Estado de Nueva York, entre otros, de hasta 130 proyectos ilegales.

Según la acusación, en numerosos casos, Thorn violó la Ley de Aire Limpio, eliminando ilegalmente el amianto, de una manera no permitida por la ley. En otros casos, obtuvo resultados de laboratorio falsificados, para demostrar que había terminado con éxito un proyecto, cuando no era así. En repetidas ocasiones, falsificó certificados de vigilancia médica, para documentar la autorización médica para los trabajadores destinados a participar en proyectos de manejo de amianto, cuando, en realidad, no se habían obtenido tales autorizaciones. Thorn también quedó acusado del lavado de más de 870 mil dólares, relacionados con los ilegales proyectos de eliminación de asbesto.

Terence Conklin, de Cape Coral, Florida, fue condenado el 23 de abril de 1999, a diez meses de prisión, tras ser declarado culpable de eliminar ilegalmente amianto, de un edificio de oficinas en Binghamton, Nueva York, sin cumplir con cualquier disposición de Aire Limpio. Enterró algo del amianto en el sótano del propio edificio objeto de desamiantado, y dejó abandonada otra porción del amianto retirado, fuera del edificio, y sin ningún tipo de contención u otras precauciones.

Daniel Fisher, de Schenectady, Nueva York, presidente de la firma «Fisher Environmental Services, Inc.», y William Christenson, de Saratoga Springs, Nueva York, propietario de la empresa «The Lab», se declararon culpables de conspiración para violar la Ley de Aire Limpio y para cometer fraude electrónico. Durante cuatro años, Daniel Fisher había operado como «Fisher Environmental Services, Inc.», una compañía de monitoreo del aire.

Además, bajo el nombre supuesto de «Robert Rivers», Fisher, en secreto, ostentaba la propiedad y operación de «Empire Remediation», una empresa de eliminación de asbesto. «Empire Remediación» trabajó en muchos de los mismos proyectos como «Fisher Environmental», a pesar de no estar permitido por la ley poder hacerlo, debido a la exigencia de que las empresas de vigilancia sean independientes de las de reducción del asbesto. «Fisher Ambiental» falsificó, regularmente, las muestras, o fracasó rotundamente en tomar muestras a los proyectos de «Empire Remediation», por lo que no cumplió con los requisitos de la Ley de Aire Limpio, para la eliminación adecuada del amianto.

Fisher obtuvo de William Christenson, y de su compañía, «The Lab», cientos de falsos informes de monitoreo del aire. «Fisher Ambiental» envió también algunos de los resultados de laboratorio, falsos, a otras empresas de reducción de asbesto.

Los propietarios de «Environmental Support Systems (ESS)», James D. Miller, Director de la empresa, y Preston Young, Subdirector, se declararon culpables de conspiración para cometer fraude postal. A partir de 1996-1998, y Miller y Young operaron una academia de formación para la capacitación en el manejo del amianto, proporcionado cientos de certificaciones falsas, de esa modalidad de formación, a numerosos trabajadores que después procedieron a la manipulación del asbesto, sin haber recibido la capacitación requerida. Muchos de estos trabajadores, a partir de entonces trabajaron en proyectos de reducción de asbesto, a pesar de su falta de formación suficiente para asegurar la eliminación adecuada y su ignorancia del conocimiento de las precauciones básicas de seguridad, necesarias para proteger su salud y la de las personas que estuvieron en contacto con el amianto, en varios proyectos.

John Phelps, de Hastings, Nueva York, Thomas Strong, de Cicero, Nueva York, y la empresa «Northern Environmental Services, Inc. (NES)», con oficinas en East Syracuse, Nueva York, operaban una gran empresa de reducción de amianto, en el área del norte del estado de Nueva York. A las órdenes de los supervisores de dirección, los empleados de «NES» retiraron ilegalmente, transportaron y eliminaron residuos de asbesto, procedentes de numerosos edificios de las zonas central y norte del estado. Phelps se declaró culpable de violar la Ley de Aire Limpio. Thomas Strong se declaró culpable, como cómplice, después de haber contribuido a la conducta ilegal de Phelps, ayudándole a ocultar este tipo de actividades a la Agencia de Protección Ambiental, en la persona de sus investigadores de actividades delictivas en el Edificio Lamson, en Syracuse, Nueva York. «Northern Environmental Services, Inc. (NES)» fue acusada y se declaró culpable de conspiración para violar la Ley de Aire Limpio.

Anteriormente, el 9 de marzo de 1999, Sean Halloran, de Syracuse, Nueva York, Gerente de Proyecto, de la empresa «Northern Environmental Services, Inc. (NES)», se declaró culpable de violar la Ley de Aire Limpio. Halloran admitió haber ordenado la retirada ilegal de amianto, sin la contención adecuada, sin el uso de respiradores, y sin señales de advertencia sobre el proceso de eliminación en el Edificio Lamson. Halloran fue acusado de haber tergiversado intencionadamente la información facilitada a los Agentes Especiales de la EPA y a un inspector del Departamento de Trabajo, haciéndoles creer que una «zona caliente» (un área de la que activamente se está quitando el asbesto) estuvo inactiva. A causa de esta tergiversación de la información facilitada a los agentes y al inspector, éstos entraron en la «zona caliente», sin respiradores o protección de cualquier tipo.

Andre Parker, de 38 años, de Riverdale, en el Bronx de Nueva York, propietario de la empresa «Parker Ambiental Management Group Inc.», el 2 de octubre del año 2003 fue sentenciado a 48 meses de encarcelamiento en prisión federal, al ser declarado culpable de 22 delitos graves, por falsificación generalizada de miles de análisis, en los expedientes de retirada de amianto, y por el vertido de material peligroso en Plattsburgh, en el condado de Clinton, del estado de Nueva York, incluyendo conspiración para violar la Ley de Aire Limpio y la Ley del Superfondo. También fue declarado culpable de fraude postal y de otros cargos.

Parker ostentaba la propiedad y operación de un laboratorio autorizado para realizar el análisis de las muestras tomadas de los proyectos de reducción de asbesto.

Durante un juicio con jurado, los testigos declararon que Parker y sus empleados falsificaron numerosos resultados de análisis de laboratorio, al menos desde 1998 hasta el año 2001.

Parker dirigió a los empleados a tomar las muestras en secciones del edificio lejos de las actividades de eliminación, para garantizarse de que pasarían por buenos los resultados así generados.

La eliminación de asbesto por la compañía de Parker, se había hecho indebidamente, en proyectos en toda la ciudad de Nueva York y en el centro y norte del estado de Nueva York.

Estos proyectos incluían el trabajo en guarderías, escuelas, centros de la ciudad de Nueva York, refugios para desamparados, y otras instalaciones públicas y comerciales.

Parker y su empresa también realizaron la disminución ilegal del asbesto, en 31 edificios de viviendas públicas en Plattsburgh. Cientos de bolsas conteniendo amianto, fueron tiradas en numerosos lugares, por toda la ciudad de Plattsburgh.

La mayor parte del pequeño grupo de empleados de Parker, eran extranjeros ilegales que hablaban inglés sólo de forma limitada.

El caso fue investigado por la División de Investigación Criminal de la EPA (Nueva York), la División de Investigación Criminal del Ejército de EE.UU., la Oficina del Inspector General del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, el Departamento de la División de Aplicación de la Ley de Medio Ambiente y Conservación del Estado de Nueva York, Departamento de Policía de la Ciudad de Plattsburgh, y el Departamento del Sheriff del condado de Clinton. La asistencia en la investigación, estuvo a cargo del Centro Nacional de la EPA, de Ejecución de Investigaciones, el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York, y el Departamento de Salud del Estado de Nueva York. El caso fue procesado por la Oficina del Fiscal Federal, en Syracuse (Nueva York).

Paul Mancuso, de Utica, Nueva York, se declaró culpable de una violación de la Ley de Aire Limpio en relación con la eliminación ilegal, almacenamiento y eliminación del amianto friable en un gran proyecto de eliminación de asbesto, en el antiguo edificio Woolworth, en Binghamton, Nueva York. El acusado admitió que él buscó y obtuvo pruebas falsas de monitoreo del aire. Mancuso era el propietario y Gerente de Operaciones de «A.R. Digima», una compañía de eliminación de asbesto, radicada en Utica, Nueva York.

«Lakewood Construction Company, LLC», de Utica, Nueva York, se declaró culpable de la retirada de amianto ilegal, en violación de la Ley de Aire Limpio. La compañía estaba involucrada en la renovación fraudulenta de un hotel histórico (Hotel Utica), al haber procedido a la extracción ilegal y a la eliminación irregular de grandes cantidades de amianto, mientras se procedía a dicha renovación.

Steven Hunter, de Cayuga, Nueva York, propietario de la empresa «Hunter Heating, Plumbing, and Contracting», fue condenado por delitos graves, relacionados con la extracción ilegal y la eliminación del amianto en el Templo Masónico en Auburn, Nueva York. La evidencia disponible demostraba que, además de cometer múltiples violaciones de la Ley de Aire Limpio, expuso, a sabiendas e intencionalmente, a sus trabajadores, a cantidades muy significativas de polvo de amianto, durante varios meses, durante la eliminación de calderas y de tuberías. La evidencia obtenida estableció, además, que, al menos en lo que respecta a varios de los trabajadores, el acusado nunca les dijo que el material aislante que manejaban todos los días, era el amianto.

Por lo que respecta a España, tendremos, en primer lugar, que en junio de 2015, el Departamento de Empleo del Gobierno autónomo vasco propuso sancionar a la empresa «Cespa», del Grupo «Ferrovial», con 5.000 euros de multa, por mala praxis al retirar amianto del antiguo edificio de «Iberdrola» en Bilbao, situado en la calle Cardenal Gardoki Nº8.

Tras una denuncia llevada a cabo por CCOO, la Inspección de Trabajo realizó la visita al emplazamiento de la obra, el día 30 de diciembre de 2014, y observó que se habían retirado los falsos techos de escayola, que ocultaban las vigas ignifugadas con amianto en bruto, y por lo tanto, friable.

Esa tarea se había realizado, pese a que la autoridad laboral competente no había dictado resolución de aprobación del oportuno plan de trabajo de desamiantado, que ya había presentado «Cespa Gestión de Residuos».

Según CCOO, la aprobación definitiva del susodicho plan de trabajo, no tuvo lugar hasta el 8 de enero de 2015, es decir, con posterioridad a que hubiera dado comienzo el proceso de desamiantado, y a que la antedicha inspección se hubiera producido. La retirada de los falsos techos de escayola formaba parte del plan de trabajo de desamiantado, por lo que «Cespa Gestión de Residuos» no contaba con la autorización para acometer esa tarea, en el momento en el que la realizó.

La sanción propuesta lo es debido a que la Inspección de Trabajo considera que la infracción cometida es grave, si bien que en su grado mínimo, según la vigente Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.

La Inspección de Trabajo también apreció responsabilidad solidaria en la empresa «Valeriano Urrutikoetxea SLU», que era la contratista principal de la obra de demolición del edificio, pero que subcontrató a «Cespa» para ocuparse del desamiantado del edificio, al ser requisito exigido para ocuparse de dicho tipo de demolición y de retirada de residuos, el estar inscrita en el R.E.R.A. la firma ejecutora de dichas tareas.

Dos observaciones a formular por nuestra parte. En primer lugar, la disociación que se produce, entre el cumplimiento del mero trámite burocrático de solicitar la autorización al plan de trabajo presentado, y la efectiva ejecución del mismo, que comienza cuando la venia solicitada todavía no ha sido concedida. Y en segundo lugar, el papel jugado por el sindicato denunciante, que previsiblemente evitó que otras sucesivas tropelías encadenadas, correspondientes a otras fases de la ejecución del desamiantado, se llegaran a producir.

En la resolución judicial STSJ PV 1438/2005, se incluye lo siguiente:

«Según resulta del expediente administrativo, el 8.8.02 se efectuó visita de inspección a la empresa Troqueles y Utillajes Ayala S.A., con el fin de comprobar las condiciones de seguridad en el proceso de retirada de las placas de fibrocemento que se estaban llevando a cabo en el pabellón de la citada empresa.

Se comprobó la presencia de cuatro operarios trabajadores de Montajes Llamas S.L. Se procedió a la paralización de los trabajos al observar que no existían protecciones individuales y colectivas, ni Plan de Seguridad, ni plan de desamiantado, no estando registradas las empresas en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto, sin autorización para dichos trabajos, ni ropa y equipos adecuados (f. 1 expedadvo). Se comprobó que Troquelería y Utillajes Ayala S.A. había suscrito contrato de ejecución de obra con Construcciones y Montajes del Noroeste S.A., para la remodelación de la cubierta de uralita de su factoría.

Esta empresa subcontrató el 31.7.02 con Montajes Llamas S.L. la ejecución de la colocación de 1200 m2 de retirada de uralita y colocación de chapa para la citada obra.

Se confeccionó acta de infracción núm. 371/02 a Construcciones y Montajes del Noroeste S.A., con una propuesta de sanción de 30.200 euros, por infracción muy grave. Esta empresa argumenta, en su demanda, que nadie le advirtió del hipotético contenido de amianto de las cubiertas de uralita; pero siendo público que todas las uralitas contienen amianto, subcontrató con Montajes Llamas S.L. especialista en este tipo de trabajos. Que la empresa promotora que era la encargada de facilitar los contenedores facilitó contenedores normales de obra, por lo que no tenían ninguna sospecha de que el material que debía retirarse fuera peligroso.

Se confeccionó acta de infracción 373/02 a Montajes Llamas S.L., que igualmente indica en su demanda que nadie le advirtió que la uralita que debía retirarse contuviera amianto o producto peligroso alguno, por lo que desconocía que hubiera peligro en la retirada de dicho materia» .

De rayano en lo esperpéntico, podemos calificar los intentos de exoneración de las dos empresas. «Construcciones y Montajes del Noroeste», una empresa constructora, alegando que no conocía que las placas de uralita contenían amianto, y a su vez, «Montajes Llamas», subcontratada bajo la premisa de que se trataba de una empresa especializada en ese tipo de trabajos -es decir, en el desmontaje de placas de uralita-, la que también alega que ignoraba que las susodichas placas contuvieran asbesto. Si diéramos por verídica la supuesta ignorancia supina de esta última empresa, ello podría ser clave explicativa de la ausencia de inscripción en el R.E.R.A., por parte de la misma.

Patrick Herman, en un artículo titulado: «La caution des scientifiques» (2002), nos relata la espectacular metamorfosis que representa el reciclaje profesional de «amiantadores» del pasado, transformados en «desamiantadores» actuales, citando, concretamente, el nombre de monsieur Daniel Bouige. En España, y refiriéndonos a empresas, no a individuos, tendremos, por ejemplo, y según lo narrado en la resolución judicial STSJ PV 619/2011, aludiendo a la empresa «KAEFER AISLAMIENTOS, S.A.», se nos dice lo siguiente: «La empresa utilizaba amianto como aislante térmico en el montaje de instalaciones industriales. La empresa dejó de utilizarlo para estos usos en 1984, pasando a realizar trabajos de desamiantado de instalaciones y equipos«.

A veces, las aberraciones en actividades de desamiantado, no son más que la prolongación en el tiempo de una previa negligencia punible frente a la presencia de asbesto en el ambiente laboral de la instalación industrial concernida. Así, por ejemplo, en la STSJ AS 3506/2014, en el punto 3º de los ANTECEDENTES DE HECHO, podremos leer: «En las instalaciones del astillero se utilizaba el amianto de forma habitual y ello hasta su cierre. Las formas de presentación más habituales eran en láminas o cordones. No existían mecanismos de aspiración del polvo, sino que se barría el mismo. Con motivo de las operaciones para retirar el amianto presente en las estructuras, a principios de la década de 2000, se trajo a una empresa externa que procedió a la rotura de los tejados de uralita. No obstante, los trabajadores del astillero siguieron trabajando en las instalaciones, sin ningún tipo de separación o barrera que les protegiera de las consecuencias de tal «desamiantado».»

Esa constancia en sede judicial, a través de la mención hecha, del desamiantado realizado, a veces se hace patente, con la especificación añadida de que, al menos parcialmente, el asbesto retirado consistió en amianto friable, lo que indudablemente viene a reforzar la gravedad de la exposición. Véase, por ejemplo, la resolución judicial STSJ CL 1673/2013.

Con el desamiantado de instalaciones industriales, ocurre una circunstancia similar a lo sucedido con la inscripción en el R.E.R.A. Su realización, ha sido esgrimida en sede judicial, en reiteradas ocasiones, como evidencia indubitable de que en la instalación industrial cuestionada hubo presencia previa de amianto, con lo cual, se produce la paradoja y el efecto perverso, de que resultan mejor situadas, a la hora de intentar eludir sus responsabilidades higiénicas, aquellas empresas que no llegaron a realizarlo.

Así tendremos, por ejemplo, que respecto de la empresa «Productos Tubulares», en la sentencia STSJ PV 968/2011 se manifiesta lo siguiente: «A pesar de que las instalaciones de Babcock Wilcox, se transfirieron posteriormente a Productos Tubulares, y sus directivos desmienten que los hornos estuvieran recubiertos de amianto, lo cierto es que la propia Inspección de Trabajo manifiesta la existencia de planes de desamiantado, en naves actualmente vacías de la Empresa Productos Tubulares en las antiguas instalaciones de Babcock Wilcox Española«.

Similarmente, en la sentencia STSJ AS 2230/2008, se dirá: «En ASTURIANA DE ZINC, S.L. Se utilizó asimismo el amianto como aislante calorífico, habiéndose seguido recientemente un proceso de desamiantado«.

Rizando el rizo, a veces sucede que esa presencia se sigue constatando, después de haberse procedido al desamiantado de la instalación industrial, y evidentemente porque el mismo fue incorrectamente realizado. Es el caso, por ejemplo, de lo reflejado en la resolución judicial ATS 5447/2013, respecto de la situación de la planta de Vitoria, propiedad de la empresa «MICHELIN ESPAÑA PORTUGAL, S.A.», en el año 2007.

En coincidencia de misma empresa y misma planta industrial, también en la resolución judicial STSJ PV 4892/2012, en el sexto de sus ANTECEDENTES DE HECHO, se especifica que: «Desde 1996 la demandante viene aplicando un plan de desamiantado llevado a efecto por una empresa externa (ATERFRISA)«, mientras que al propio tiempo, en el octavo, se manifiesta: «En fecha 17 de febrero de 2009 se realizó informe por la inspección de trabajo y en relación al trabajador fallecido, Borja, que obra unido a los folios 165 a 205 cuyo contenido íntegro se da por reproducido, y donde se concluye «ha quedado probada la presencia de amianto en las instalaciones y equipos de trabajo de la factoría de Michelin en Vitoria en el entorno de los puestos en que se movía y permanecía el trabajador por razón de sus tareas.

También concluye que: los trabajos se realizaban sin emplear equipos de protección respiratoria por parte de quienes directamente los ejecutaban ni de quienes se encontraban en el entorno inmediato «. Añadamos por nuestra parte, que con resultado de muerte por mesotelioma, del trabajador demandante.

Al menos por lo que respecta a lo aquí tratado, un calco de la sentencia precedente, parece la resolución judicial STSJ PV 4847/2012, y ya van tres, con la misma empresa demandada por idéntico motivo, con la misma instalación industrial concernida, con la misma empresa desamiantadora, y desgraciadamente, con el mismo resultado de muerte por mesotelioma, afectando también a otro trabajador.

Que la acción fiscalizadora de la Inspección de Trabajo alcance, con hallazgos remarcables, a empresas dedicadas al desamiantado, se pone de manifiesto, entre otras fuentes posibles, en la resolución judicial STSJ CAT 6391/2012, condenatoria para la empresa «SANT FELIU DE GUIXOLS OBRES I DESMONTS, SL», por la comisión de 7 infracciones contra la normativa vigente de prevención de riesgos laborales, y en la cual se afirma, en relación con una de ellas: «Sin embargo, basta acercarse al acta levantada por la Inspección de Trabajo para constatar que la misma motiva por qué consideró la caseta como inadecuada:

a) No disponía de dos zonas estancas de sucio y limpio que estuvieran separadas por duchas.

b) El sistema de ducha tenía pérdidas en la manguera de salida y la evacuación de agua no funcionaba correctamente pues el desagüe estaba atascado.

c) En los dos vestuarios (sucio y limpio) debía haber taquillas a disposición de los trabajadores para poder guardar la ropa de calle y la de trabajo, taquillas que en el caso que nos ocupa, simplemente no existían.

Todo ello en relación a la obra inspeccionada situada en la localidad de Palafrugell».

El objeto social de esta empresa, hoy día ya liquidada, no estaba exclusivamente dedicado al desamiantado, sino que, como tantas otras veces ocurre en nuestro país, de forma genérica, se dedicaba al transporte, excavaciones y derribos, obras estructurales, obras post-estructurales o de terminación, así como a toda clase de obra pública, la promoción inmobiliaria, y la construcción (CNAE 4312 – Preparación de terrenos; 431- Demolición y preparación de terrenos; 43- Actividades de construcción especializada).»

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