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Antecedentes de las operaciones de Texaco en Ecuador

El proceso legal en contra de Chevron Texaco, 1993-2004

Fuentes: Especial de Paralelo 21

Texaco operó en la Amazonía ecuatoriana desde 1964 hasta 1990 a través de su subsidiaria Texpet. Perforó 339 pozos y extrajo 1’434.000 millones de barriles de petróleo afectando directa e indirectamente una área aproximada de 2.5 millones de hectáreas . Texaco utilizó una teconología basada en el criterio de la mínima inversión y la máxima […]

Texaco operó en la Amazonía ecuatoriana desde 1964 hasta 1990 a través de su subsidiaria Texpet. Perforó 339 pozos y extrajo 1’434.000 millones de barriles de petróleo afectando directa e indirectamente una área aproximada de 2.5 millones de hectáreas . Texaco utilizó una teconología basada en el criterio de la mínima inversión y la máxima ganancia caracterizada por una completa falta de preocupación por el medio ambiente y por la vida de los habitantes de esta región. Producto desta irresponsabilidad se derramaron directamente a las fuentes hídricas aproximadamente 20 mil millones de galones de agua de formación; quemaron al aire libre 235.000 millones de pies cúbicos de gas y derramaron 16.800 millones de galones de crudo. Adicionalmente Texaco dejó abandonadas a la interperie 600 piscinas con desechos de petróleo y cientos de sitios contaminados por derrames de las tuberías, pozos y estaciones. La utilización de esta tecnología le permitió a Texaco un ahorro de más 4.000 millones de dólares o lo que es lo mismo 3 dólares por cada barril de petróleo extraído.

Impactos ambientales y sociales.

El uso de esta tecnología provocó la contaminación de los ríos, lagunas, esteros, pantanos y otras fuentes superficiales y subterráneas de agua. Contaminaron también el aire por la quema de gas y el suelo por los frecuentes derrames de crudo.

Pero no solamente el medio ambiente se afectó sino tambien la salud de sus habitantes conformado por las nacionalidades Siona, Secoya, Cofán, Huaorani, Kichwas y los colonos que llegaron a esta región. Se calcula que son 30 mil personas afectadas directa e indirectamente. Las enfermedades que padecen son múltiples pero la que mayormente está afectando es el cáncer por beber agua contaminada con petróleo. Investigaciones hechas por un equipo de la Universidad de Harvard en 1993 econtraron una rara y alta incidencia de 8 tipos cáncer en las comunidades afectadas por las operaciones de Texaco. El último estudio realizado en 1999 en la Comunidad San Carlos en la provincia de Orellana determinaron que sus habitantes están en riesgo de contraer cáncer 130 veces más que los habitantes de Quito , ya que el agua para consumo humanos tiene altas concentraciones de hidrocaruros que rebasan enormemente (144 veces más) los límites permitidos. En esta misma comunidad en los últimos 10 años 10 personas fallecieron con cáncer en una población de mil habitantes. Lo que ha pasado y está pasando en esta comunidad sucede en las demás donde Texaco dejó su secuela de contaminación y muerte.

El proceso legal en contra Texaco (ahora Chevron Texaco).

En medio de este panorama de destrucción es que el 3 de noviembre de 1993 un grupo de afectados iniciaron acciones legales en contra de TEXACO INC en el Estado de Nueva York, en los Estados Unidos de América, tanto en defensa de sus propios derechos como de los que tuvieren otras personas de la misma clase, ya que la demanda fue planteada como «acción de clase» , acusándola a Texaco de haber causado daños al medio ambiente y a la salud de las personas como consecuencia de una tecnologia barata e inadecuada que fue diseñada desde los Estados Unidos.

Desde el inicio Texaco intentó convencer el juez para que deseche la demanda contando para esto con el apoyo del gobierno de ese entonces (Sixto Durán Ballén), quien a través de su embajador en Washington Edgar Terán Terán mantuvo una posición favorable a los intereses de Texaco aduciendo que este caso ponía en riesgo la soberanía nacional y la inversión extranjera.

El juez no aceptó el pedido de Texaco y mas bien dijo que si los demandantes llegaran a comprobar que la contaminación dejada por la compañía en Ecuador era consecuencia de las decisiones tomadas en los Estados Unidos, la corte aceptaría la jurisdicción del caso. Lamentablemente el juez falleció y con ello las esperanzas para los demandantes entró en un camino más dificil porque el nuevo Juez, Jed Rackoff, no fue muy sensible a los reclamos de los demandantes.

Con el nuevo Juez Texaco intentó por 4 veces más que se deseche el caso lo que efectivamente lo logró en agosto de 1997. Los demandantes apelaron la resolución y en octubre de 1998 la Corte de Apelaciones resuelve que la demanda no puede ser desechada hasta que un «foro alternativo» adecuado lo tratara. El caso vuelve nuevamente al juez de primera instancia para que considere su decisión. Aprovechando esta situación la Texaco intenta por sexta vez desechar el caso usando los mismos argumentos legales. El juez aceptó la moción de desechar la demanda pero pidió a Texaco que se someta a la jurisdición del sistema de justicia ecuatoriana. Esta resolución fue apelada por los demandantes insistiendo que Texaco debía ser enjuicida en los Estados Unidos; sin embargo la Corte de Apelaciones en agosto del 2002 ratifica la resolución de primera instancia en el sentido de que el litigio debe ser conocido y resuelto por los jueces ecuatorianos, exigiendo sin embargo a la demandada TEXACO INC, que se someta a la jurisdicción ecuatoriana y que se abstenga de alegar en su favor la prescripción de las acciones.

Con esta resolución, este caso se ha convertió en uno de los pocos casos en que una compañía tan poderosa sea obligada a reparar los daños en un país latinoamericano y obligada a someterse a su sistema de justicia. Desde este un punto de vista para los afectados no constituye una derrota, aunque para los jueces y el sistema judicial ecuatoriano es un gran reto y es la oportunidad de demostrar que en este país sí se puede hacer justicia a favor de los afectados por delitos ambientales.

Contexto politico en el que se desarrolló el caso.

En tan sólo 9 años que el caso estuvo en los Estados Unidos el Ecuador tuvo 5 presidentes, cada uno con distintos intereses y posiciones frente al caso. Sin embargo, a excepción de Sixto Durán Ballén, los demás se alinearon a las aspiraciones de los demandantes aunque para lograr esto se tuvo que recurrir a varias estrategias de presión pública.

Si bien los demandantes no hemos podido conseguir que Texaco sea enjuicida en su propio país de domicilio, ésta tampoco pudo conseguir que el caso sea desechado completamente. No obstante, este litigio ha permitido sacar a luz pública lo que hasta 10 o 12 años atrás estuvo oculto allá en la región amazónica: los conflictos socio ambientales generados por la industria petrolera. A nivel internacional, este caso ha permitido poner en el tapete de discución el doble comportamiento de las empresas transnacionales petroleras. Una cara tienen para su país de origen o de domicilio y otra para los países en donde realizan sus operaciones.

Situación actual del caso.

Previo a un período de consulta y reflexión en las comunidades afectadas se resolvió continuar con el proceso en Ecuador en base a la resolución de la Corte de Apelaciones del 16 de agosto del 2002. En este sentido, el 7 de mayo del 2003 se presentó la demanda en la Corte Superior de Nueva Loja ya que la Ley de Gestión Ambiental le otorga competencia para el conocimiento de las acciones civiles provenientes de afectaciones ambientales.

Con fecha 13 de mayo del 2003, el Presidente de la Corte Superior de Nueva Loja, mediante providencia avocó conocimiento de la demanda «por ser clara, completa y reunir los requisitos» que la ley establece. En el mismo documento se cita al señor David O’ Reilly, Representante legal de Chevron Texaco, a través de los canales diplomáticos correspondientes, previniéndole al demandado, al momento de citársele, la obligación de señalar domicilio judicial para que reciba las notificaciones pertinentes.

El 11 de julio Texaco fue notificada y el señaló casillero judicial. El 21 de octubre se realizó la «Audiencia de Cociliación y Contestación de la Demanda» e inmediatamente se abrió el «Término de Prueba» durante 5 días en donde las partes presentaron sus pruebas, se receptó las declaraciones de testigos y otras diligencias. Concluido esto, el siguiente paso son las inspecciones judiciales que empezaron en agosto del 2004 y concluirán después de dos años aproximadamente. Son 123 sitios (pozos, piscinas, estaciones) a los que el Presidente de la Corte acudirá junto con los abogados de las partes y sus respectivos peritos. Hastal ahora (agosto 2005) han inspeccionado 22 lugares.

Los resultados de las inspecciones Los informes de los análisis de las muestras de agua y suelo que los técnicos recogen en cada inspección judicial y que son entregados al presidente de la Corte Superior de Justicia de Nueva Loja Dr. Efraín Novillo, estan reforzando la demanda, pues en ellos se evidencia la presencia de altos índices de elementos tóxicos como el benceno, plono, níquel entre otros hidrocarburos pesados. Estos tóxicos son productores de cáncer por lo que la población esta en constante peligro. Lo más interesante es que los propios informes de CHEVRONTEXACO también evidencian contaminación en altos porcentajes que sobrepasan la Normatividad Ambiental Vigente.

Lo que se está demandando.

A pesar de que se trata de la misma demanda que estuvo en Nueva York, sin embargo por la diferencia entre la legislación americana y ecuatoriana, ahora se está demandando solamente por los daños ambientales. Esto es:

1. La eliminación o remoción de los elementos contaminantes que amenazan todavía al ambiente y a la salud de los habitantes; es decir:

• La remoción y adecuado tratamiento y disposición de los desechos y materiales contaminantes todavía existentes en las pisicinas o fosos abiertos por Texaco y que han sido simplemente taponadas, cubiertas o inadecuadamente tratadas. • El saneamiento de los ríos, esteros, lagos, pantanos y cursos naturales y artificiales de agua y la adecuada disposición de todos los materiales de desecho. • La remoción de todos los elementos de estructura y maquinaria que sobresalen del suelo en los pozos, estaciones y subestaciones cerrados, clausurados o abandonados, así como de los ductos, tuberías, tomas y otros elementos semejantes relacionados con tales pozos; y, • En general, la limpieza de los terrenos, plantaciones, cultivos, calles, caminos y edificaciones en los cuales todavía existan residuos contaminantes producidos o generados a consecuencia de las operaciones dirigidas por TEXACO, inclusive los depósitos para desechos contaminantes construidos como parte de las mal ejecutadas tareas de limpieza ambiental.

2. La reparación de los daños ambientales causados, conforme lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley de Gestión Ambiental. En consecuencia en sentencia deberá ordenarse:

a) La ejecución en las piscinas abiertas por TEXACO de los trabajos necesarios para recuperar las características y condiciones naturales que el suelo y el medio circundante tuvieron antes de sufrir los daños;

b) La contratación a costa de la demandada de personas o instituciones especializadas para que diseñen y pongan en marcha un plan de recuperación de la fauna y flora nativas, en donde fuere posible;

c) La contratación a costa de la demandada de personas o instituciones especializadas para que diseñen y pongan en marcha un plan para la regeneración de la vida acuática;

d) La contratación a costa de la demandada de personas o instituciones especializadas para que diseñen y pongan en marcha un plan de mejoramiento y monitoreo de la salud de los habitantes de las poblaciones afectadas por la contaminación.

Actores y protagonistas

– Frente de Defensa de la Amazonía, organización social de derecho privado que agrupa y representa a los afectados colonos de las provincias de Orellana y Sucumbíos. – La nacionalidad indígena Secoya representada por la Organización Indígena Secoya del Ecuador, OISE. – La nacionalidad indígena Cofán representada por la Federación Indígena de la nacionalidad indígena Cofán del Ecuador, FEINCE. – La nacionalidad indígena Siona representada por la Federación de la Nacionalidad Siona del Ecuador. – La nacionalidad indígena Huaorani representada por la Organización de la Nacionalidad Huaorani del Ecuador.

Todos estas organizaciones están agrupadas en la Asamblea de Afectados por Texaco, que es una instancia de representación y de toma de decisiones sobre el desarrollo del proceso legal.

Beneficios para el país

Este caso beneficiará al Ecuador en varios aspectos fundamentales:

1. La ejecución de un juicio justo y transparente fortalecerá el sistema democrático del país, especialmemente a la función judicial, al demostrar que el sistema jurídico ecuatoriano puede funcionar efectivamente creando nuevos precedentes para lograr justicia.

2. El resultado de un proceso justo y transparente se concretará en la inversión de millones de dólares para limpiar, remediar y restaurar las áreas contaminadas por Texaco, y modernizar la tecnología y la infraestructura obsoleta que entregó a Petroecuador cuando abandonó el país en 1992. Esta inversión sería hecha por la compañía demandada, es decir por Chevron Texaco, y no con recursos del Estado o del pueblo ecuatoriano, como sucede ahora a través de Petroecuador, quien tiene que asumir las enormes pérdidas económicas ocasionados por los constantes derrames de petróleo que se originan desde las instalaciones que estuvieron por más de 20 años bajo la responsabilidad de Texaco.

3. Este juicio repesenta la oportunidad para fortalecer nuestra soberanía nacional al demostrar que el sistema jurídico ecuatoriano es lo suficientemente fuerte para regular, sancionar y establecer precedentes frente a actos u omisiones de poderosas empresas extranjeras; por lo tanto el Ecuador no debería perder esta oportunidad histórica.