La sala de lo Contencioso rectifica una decisión del propio Tribunal y devuelve a los hipotecados la obligación de pagar el impuesto de bienes jurídicos
El Tribunal Supremo ha anulado este martes la doctrina que habían avalado tres sentencias: que son los bancos, y no los clientes, quienes deben pagar el impuesto de las hipotecas. Los jueces del Pleno de lo Contencioso-Administrativo han acordado por 15 votos a 13 que sean los clientes quienes hagan frente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y no los bancos.
Los 28 jueces han debatido durante dos días sobre otros tres recursos de la EMVS de Rivas Vaciamadrid, que planteó que eran los bancos quienes debían afrontar este impuesto y no los usuarios que contratan una hipoteca. Tres sentencias dieron la razón a ese ayuntamiento, pero el presidente de la Sala, Luis Díez-Picazo, decidió convocar al pleno para revisar la doctrina.
La jornada del lunes se prolongó durante unas ocho horas y evidenció ya la profunda división entre los 28 jueces: de los nueve primeros en intervenir, cinco se posicionaron a favor de los bancos y cuatro a favor de los clientes. Esa división se ha mantenido durante la reunión de este martes, hasta que a última hora se ha producido la ajustada votación.
Los jueces han tenido estos días sobre su mesa tres opciones: que pagase la banca, que lo hiciesen los clientes con posibilidad de recurrir sobre las hipotecas firmadas en los últimos cuatro años, o dar la razón a los clientes pero sin posibilidad de reclamar lo ya pagado.
La banca lleva dos semanas inmersa en una campaña de presión para evitar que el alto tribunal les hiciese pagar ese impuesto. La agencia Moody’s calculó que, si se permitía reclamar por las hipotecas de las últimas, los bancos debían afrontar el pago de 2.300 millones de euros. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha elevado esa cifra este martes hasta los 5.000 millones.
Los bufetes de abogados especializados en este tipo de demandas esperaban un fallo a favor del cliente, pero ya advertían de que un fallo en otro sentido conduciría a un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ya falló contra España en el caso de las cláusulas suelo.
Una polémica decisión de Díez-Picazo
El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis Díez-Picazo, convocó el Pleno 24 horas después de que la sección segunda fallase a favor de los clientes, y diese la razón a la EMVS de Rivas Vaciamadrid. Los jueces anularon un artículo de la ley que establecía que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados debía pagarlo el cliente y no el banco. Los magistrados entendieron que debían ser las entidades quienes abonasen el tributo, porque eran las interesadas en la realización de ese negocio.
Díez-Picazo entendió que esa sentencia -contraria a dos resoluciones anteriores- suponía un «giro radical» en la jurisprudencia que ha provocaba una «enorme repercusión económica y social». La avocación a Pleno era una decisión inédita, ya que suponía revisar una doctrina consolidada en una sentencia, cuando lo normal es reunir a todos los magistrados, si es necesario, antes de que se produzca el fallo.
Con la decisión de este martes, el Supremo recupera su doctrina anterior. Nada cambia en los referente a las tres sentencias dictadas sobre la EMVS de Vallecas -que recibirá el dinero que pagó por ese impuesto-, pero los recursos pendientes en el Supremo y otros tribunales caerán ahora del lado de los bancos.