Recomiendo:
0

El militante anarquista fue condenado a muerte y ejecutado en 1974

El Tribunal Supremo deliberará sobre la posibilidad de revisión en el caso Puig Antich

Fuentes: Agencias

El Tribunal Supremo (TS) deliberará el próximo 13 de junio sobre si se puede presentar un recurso de revisión de la sentencia por la que el anarquista Salvador Puig Antich fue condenado a muerte y ejecutado en 1974. Así lo acuerda la Sala de lo Militar en un auto en el que desestima el recurso […]

El Tribunal Supremo (TS) deliberará el próximo 13 de junio sobre si se puede presentar un recurso de revisión de la sentencia por la que el anarquista Salvador Puig Antich fue condenado a muerte y ejecutado en 1974.

Así lo acuerda la Sala de lo Militar en un auto en el que desestima el recurso de súplica presentado por la familia de Antich contra la resolución que denegó la práctica de nuevas pruebas que habían solicitado.

Salvador Puig Antich, un anarquista barcelonés del Moviment Ibéric Llibertari (MIL), fue ajusticiado por el método del garrote vil el 2 de marzo de 1974, tras ser condenado como autor de la muerte a tiros del policía Francisco Anguas cuando supuestamente iba a detenerle por su presunta participación en el atraco a un banco de Barcelona.

El pasado 20 de marzo el TS desestimó la práctica de dos nuevas pruebas solicitadas por las hermanas del anarquista al considerar que éstas son «irrelevantes» y «no añaden nada nuevo a las ya practicadas en su día».

Un mes antes, el 20 de febrero, el pleno de la Sala de lo Militar había suspendido la deliberación que tenía prevista sobre si se podía presentar un recurso de revisión de la sentencia por la que Salvador Puig Antich fue condenado a muerte, debido a que la familia había pedido la práctica de dichas pruebas.

Las hermanas reclamaron que se tomara declaración al ex vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Francesc de Paula Caminal y Badía, lo que no estimó el alto tribunal puesto que «en su día se inadmitió al tratarse de un supuesto testigo referencial».

El auto, notificado ayer, indica que la declaración de Caminal y Badía «resulta innecesaria» al ser meramente referencial.

La familia cree que la Sala, al fijar la deliberación para el pasado 20 de febrero, se saltó un trámite de alegaciones, por lo que interpuso un recurso de súplica contra esta decisión, en el que también aportó un nuevo informe pericial dactilográfico.

En este estudio dactilográfico se afirma que en el informe de autopsia de Anguas se insertó la frase «los tres disparos pueden corresponder al mismo tipo de proyectil» con letra distinta.

Además, según alegan, en este documento también hay tres correcciones realizadas a bolígrafo sobre la trayectoria de los disparos.

Por ello el abogado de la familia pidió al TS que se le permita a la perito acceder al documento original de la autopsia, lo que el TS rechazó al ser una prueba «inútil e innecesaria».

El auto cuenta con un voto particular discrepante del magistrado José Luis Calvo Cabello, quien considera que sí se debe admitir la práctica de la citada prueba pericial.