Francisco Báez, ex trabajador de Uralita en Sevilla, inició en los años 70 del pasado siglo la lucha contra este industria de la muerte desde las filas del sindicato de CCOO. Ha dedicado más de 40 años a la investigación sobre el amianto. Paco Puche, otro luchador imprescindible, reseñó su obra (escrito editado en las […]
Francisco Báez, ex trabajador de Uralita en Sevilla, inició en los años 70 del pasado siglo la lucha contra este industria de la muerte desde las filas del sindicato de CCOO. Ha dedicado más de 40 años a la investigación sobre el amianto. Paco Puche, otro luchador imprescindible, reseñó su obra (escrito editado en las páginas de Rebelión.org).
***
Estábamos en el 1.5. Pero permítame antes unas preguntas. De nuevo le tomo como fuente: «Ahí va el enlace de acceso al texto de una carta enviada a «The Lancet», y publicada en 2011: http://www.thelancet.com/journals/lancet/article/PIIS0140-6736%2811%2960271-7/fulltext «. Es usted quien me escribe: «Está firmada por Bridle y por otro más. La revista, en una coletilla final, advierte, como podrá comprobar, del «pelaje» de ambos personajes.» ¿Me resume el pelaje de esos personajes?
Lo clarifica la propia prestigiosa revista «The Lancet»: «Sin embargo, John Bridle, en el pasado, ha aceptado dietas de asistencia a las reuniones patrocinadas por el «Canadian Chrysotile Institute«. John Hoskins, en el pasado, aceptó el trabajo remunerado del mismo instituto». Es decir, que, ocultando esa condición (y por lo tanto, presentándose, implícitamente, como expertos honestos e independientes), no obstante, la realidad es que se trataba de dos voceros a sueldo del principal instrumento de lobby y de propaganda encubierta de la minería canadiense, financiado generosamente por su gobierno, decido impulsor, al menos hasta un pasado muy reciente, de las exportaciones del crisotilo, mientras que en suelo propio reducían su consumo, prácticamente, a cero, y procedían a su diligente desmantelamiento en los edificios públicos, incluido el propio Parlamento de Otawa. Más adelante abordaremos con alguna mayor extensión la cuestión del «pelaje» de Bridle.
Me ha recomendado también este trabajo de Kathleen Ruff, «Fraud and corruption» around asbestos. Canadian Medical Association Journal (CMAJ). Electronic letters (22 December 2008). http://www.cmaj.ca/letters?first-index=1726&hits=80
¿Qué tiene de especial? ¿Quién es Kathleen Ruff por cierto?
Comienzo, contestándole a eso último. Kathleen Ruff es fundadora de «RightOnCanada», y Asesor Senior del «Ridao Institute», financiado íntegramente por aportación ciudadana, y dedicado a proporcionar información y abogacía de soporte a la acción ciudadana, en su país, Canadá. «RightOnCanada» es una campaña en Internet, para promocionar al Instituto Ridao, en sus esfuerzos por situar los derechos humanos en la agenda política de Canadá. También es Coordinadora Voluntaria de la «Rotterdam Convention Alliance», una alianza internacional, de grupos de Salud Pública. En relación con el crisotilo y sus letales propiedades, Ruff es autora de al menos ocho trabajos, insertados en prestigiosas publicaciones.
En cuanto a lo que me pregunta, de que «qué tiene de especial» el susodicho trabajo, le diré que en él se desenmascara a ese «pelaje» de Bridle.
Mejor que bien. No sé muy bien cómo preguntarle sobre esto último. Pruebo: ¿qué nos aporta el escrito de Ruff, cuyo texto usted nos ha hecho llegar?
Ciñéndonos solo a lo esencial, nos viene a decir:
«El Sr. Bridle no es, sin embargo, un experto neutral. Ha trabajado en la industria del amianto en el Reino Unido, durante muchos años. Recientemente, ha sido el consultor técnico de la Asociación de Productores de Productos de Amianto-Cemento.
El Instituto del Crisotilo (antes llamado Instituto del Amianto), que es financiado con dinero de los contribuyentes, ha destacado al Sr. Bridle en sus esfuerzos por fomentar la venta de amianto crisotilo a los países en desarrollo. En su comunicado de prensa de 2008, para un evento en Bangkok, de promoción del amianto crisotilo, al que presentaban como «sin ningún riesgo medible para la salud, en todas las condiciones utilizadas en la actualidad», el Instituto del Crisotilo llamaba al Sr. Bridle, como «la primera autoridad en la ciencia del asbesto en el mundo.»
Dos años antes, sin embargo, un programa de la BBC investigó las calificaciones del Sr. Bridle, y llegó a la conclusión de que eran infundadas. El periódico The Guardian publicó un artículo sobre las calificaciones cuestionables del señor Bridle, a principios de este año.
El Sr. Bridle presentó una queja ante la Ofcom (el organismo regulador independiente, en el Reino Unido, que resuelve las reclamaciones sobre trato injusto, de la radio y de la cobertura de la TV), alegando que el programa de la BBC lo retrató injustamente.
Después de una investigación exhaustiva, la Ofcom concluyó que no había habido ninguna injusticia al Sr. Bridle en el programa, y desestimó su denuncia.
El Sr. Bridle apeló esta decisión. Hubo otra investigación, por órgano máximo de decisión de la Ofcom. Su queja fue rechazada de nuevo.
El CMAJ tiene una política encomiable de exigir a todos los que presentan una carta, a revelar si tienen interés en competencia financiera, respecto del contenido de la misma. A los fines de la transparencia y de la coherencia, sería deseable que la CMAJ aplicara la misma política a aquellos a los que en las entrevistas para las citas en el Diario, son mencionados».
La conexión del señor Bridle con la industria del amianto crisotilo, entonces se vería como aquí se ha descrito. Siempre he sostenido, seguiré siempre también sosteniendo, que las aseveraciones son verdaderas o falsas, con independencia de quienes sean los que las formulen, y de los motivos, reales o supuestos, que hayan podido tener para formularlas.
Excelente posición argumentativa.
Por tanto, las de Bridle hay que rebatirlas, o en todo caso intentar hacerlo, sólo en base a considerarlas por sí mismas, con independencia de la opinión que podamos habernos formado de su autor. Con ello, le damos a él una consideración, que él, desde luego, no ha tenido con sus lectores; pero para hacerlo, debemos aguardar, como ya dije anteriormente, a que esa respuesta se le dé, de forma unitaria y única, a nivel mundial. En la bellaquería también hay categorías. De lo malo, claro está.
Cambio de tema. Los colectivos de ex trabajadores de la empresa Uralita han presentado escritos para que se ejecuten provisionalmente las sentencias de los dos juicios celebrados en el último año y que condenaba a la empresa a indemnizar a estos ex empleados que resultaron afectados por el amianto, de forma que con esa ejecución provisional, estos trabajadores podrían empezar a recibir las cantidades, a la espera de la resolución de los recursos presentados. Los afectados piden se ejecuten provisionalmente las sentencias «para poder percibir algo, puesto que estos trabajadores siguen enfermando y no perciben nada». ¿Cómo ve usted la situación?
Se trata de una petición que también se ha formulado en otros juicios colectivos, distintos de los dos de Sevilla. Tiene un grave inconveniente, a mi modo de ver, y es que, si se consigue que sea atendida, y después resulta al final, que la empresa consigue que la resolución definitiva le sea favorable, obviamente los demandantes tienen que devolver las cantidades adelantadas. Yo lo veo como una hábil maniobra para incidir en el ánimo del tribunal, por parte de la representación legal de los demandantes, instándole a acelerar su resolución, que frecuentemente se prolonga sine die, o dicho de otro modo, ad calendas graecas, o a «cuando toree Campanal».
Abuso un poco más. Lo señalado se produce tras los «rumores», aparecidos en la prensa económica, de «dificultades» por parte de Uralita http://sevilla.abc.es/provincia-dos-hermanas/20140908/sevi-uralita-sentencia-cantidades-201409081544.html ¿Qué dificultades son esas?
Serían, supuestamente, de dificultades de financiación, a largo plazo. Como quiera de que por mi parte, en su momento pasé la información publicada, a mis antiguos compañeros de empresa, y hoy demandantes, no parece aventurada la conjetura de que mi aviso haya podido influir algo en su decisión de plantear seguidamente esa petición al tribunal, pero no lo sé con certeza, es sólo eso: una suposición que no parece descabellada, pero igual las cosas han sucedido de otro modo, y no ha habido ningún nexo entre ambas cuestiones.
La última pregunta antes de entrar en materia propiamente. No sé si ha sido en un artículo de nuestro amigo común Paco Puche o en otro texto pero he leído algo o me han llegado noticias en torno a la «conspiración de silencio», de la que ya hemos hablado alguna vez. Si mi memoria no me falla la cosa -sea lo que sea esta cosa- atañía esta vez a España. Ya sé que no es forma de preguntar y que me va a echar un buen rapapolvo pero ¿sabe usted si esas campanas de las que le hablo han sonado o estoy de nuevo columpiándome en el vacío de la indocumentación y la confusión, en el preguntar de oídas?
Perdone, pero creo que, efectivamente, se debe de tratar de alguna confusión, mas permítame que ello me proporcione a mí una excusa para retomar por mi parte el tema. En mi opinión, en una buena medida, aquí esa cuestión tuvo su origen y fomento en los malos hábitos de mandarinismo paternalista, que se vinieron a asentar en la administración pública franquista, con una cierta dosis de continuidad, después de pasado ese tiempo no tan pretérito.
Permítaseme ilustrarlo con un elocuente ejemplo. Pude tener en mis manos una «Cartilla Sanitaria», amablemente cedida temporalmente por mi antiguo compañero de Uralita Sevilla, Francisco Giménez Ortega. Ese documento, lo editaba el «Instituto Nacional de Previsión». Una vez cumplimentada por los servicios médicos de las empresas, en ella tendríamos dos partes: una, manuscrita, cumplimentada, en general, por dichos servicios, y la parte impresa, con texto confeccionado por el susodicho I.N.P. Formando parte de ese texto impreso de origen, en las instrucciones de cumplimentación, dirigidas al facultativo, se indicaba: «Los diagnósticos se escribirán, a ser posible, con el origen o derivados griegos o latinos que sean comprensibles sólo por personal médico».
Otro ejemplo, esta vez con otros mimbres, en el que nos encontraremos con que un médico de empresa, en un informe dirigido a la dirección de la misma, firmado en «30 Nov. 87», y fechado en «1 de Octubre de 1987», el firmante (cuyo nombre resulta perfectamente legible), entre otras cosas, dice: «1.- El Servicio Médico sabe que se está incumpliendo la normativa sobre reconocimientos médicos, ya que no se realiza el test de difusión. Esta prueba no puede realizarse con el equipamiento que dispone el Servicio Médico en esta Factoría». Aclaremos por nuestra parte, que dicha prueba resulta ser decisiva para el diagnóstico precoz de la asbestosis. Así que, como puede verse, lo de «conspiración de silencio» es mucho más que una mera metáfora o una supuesta «frase hecha».
Por fin entramos en su libro. En 1.5. propiamente: ¿desde cuándo esos acuerdos, que usted entrecomilla, extrajudiciales? ¿Por qué las comillas en «acuerdos»?
Porque son auténticos chantajes. Vienen a decirle a las víctimas algo parecido a: «Nuestra poderosa empresa cuenta con inmensos recursos, tanto financieros como de asesoramiento y representación legal ante los tribunales. Si nos demandan, volcaremos todos esos recursos en impedir, o en su caso retrasar indefinidamente, el que ustedes puedan cobrar una indemnización, peleada por nosotros con uñas y dientes para que sea lo más exigua posible, y que, en todo caso, trataremos de no pagarla, hasta que no nos veamos perentoriamente obligados a hacerlo, amenazados por males mayores. Es, además, un resultado muy incierto para ustedes. porque nosotros preferiríamos, entonces, gastar nuestros cuantiosos caudales, en defendernos, antes que en pagarles la indemnización reclamada judicialmente. Acepten de inmediato todas nuestras condiciones, no negociables, y resolveremos de inmediato el asunto, mediante un acuerdo amistoso y extrajudicial, evitándonos así todos, tener que acudir a juicio, con los inconvenientes ciertos que les hemos señalado, por su bien«.
¿Destacan en este espinoso tema algunas empresas? ¿Algunos países tal vez?
Sí; efectivamente, así es. Según mi conocimiento (que en esta cuestión, por su misma naturaleza, puede distar mucho de ser el adecuado) esos países vendrían a ser, entre otros, Brasil y Sudáfrica. En España, también hemos visto tales prácticas, sobre todo cuando las demandadas han sido formuladas contra empresas norteamericanas, o transnacionales que, aun cuando no tengan en Estados Unidos su sede central, sin embargo sus bufetes de abogados sí responden a ese nexo. Sería el caso, por ejemplo, de las empresas vinculadas a contratos militares, tanto de las bases norteamericanas en España, como de las compañías radicadas en Gibraltar. Pero, en cualquier caso, entre nosotros, en nuestro país, puede que sean muchos más los intentos, que los logros alcanzados por las empresas que lo pretendieron. No me consta ningún dato sobre ello: es una mera opinión, una intuición, si queremos llamarle así. Incluso los mismísimos comités de empresa pueden, suelen, ser reacios a dar información, ni siquiera genérica e inconcreta, sobre este asunto, que a la postre no es más que un descarado abuso para con los derechos de los trabajadores afectados, y para con los de todos ellos, en general.
Explica usted el caso de una empresa nicaragüense abierta en 1967. Funcionó hasta 1996. ¿Sabe usted qué hizo el primer gobierno sandinista cuando supo de la existencia de esa empresa en la que participaba el dictador Somoza?
No, desde luego, prohibir el amianto, cosa que no hizo. Tampoco la nacionalizó, que yo sepa. Tampoco me consta que los trabajadores afectados alcanzaran ningún género de especial apoyo, más allá de los mínimos legales vigentes, en una administración pública, que de alguna manera venía a ser la heredera de ese pasado dictatorial reciente, al igual que ocurrió en su momento en España, en una circunstancia histórica hasta cierto punto similar.
Me auto-cito, si se me permite:
«Presentamos seguidamente otro de los casos de práctica empresarial de los acuerdos extra-judiciales, que precisa antes de algunas aclaraciones de contexto. El día 17 de octubre del año 1967, se inauguraba una factoría de fabricación de productos de amianto-cemento, en San Rafael del Sur (Nicaragua), municipio de unos cincuenta mil habitantes, cerca de la capital, Managua.
La nueva empresa, «Nicalit S.A.», después denominada «Amanco», se constituía con una aportación de capital, configurada en base a la participación, en un 60%, de la familia Schmidheny, a través de la multinacional «Eternit AG», y con un 40% aportado por el dictador nicaragüense, el general Anastasio Somoza Debayle, a través de la integración de la empresa local preexistente, denominada «Amiantus», y posteriormente, «Anova Holding»; la marca ANOVA, es uno de los «disfraces» de Eternit, un cambio de nombres, en manos de Stephan Schmidheiny.
Inicialmente, todos los ingenieros y técnicos eran suizos, contando con la ayuda de un único ingeniero nicaragüense, pero en 1978, los ingenieros suizos serían gradualmente substituidos por personal del país. La fábrica, con una plantilla de 1.200 operarios, estuvo fabricando productos de amianto-cemento hasta 1993, y luego se cerró en 1996, cuando ya había sido transferida la propiedad al Grupo «Amanco», una multinacional. Desde 1968 hasta 1993, la fábrica ya estuvo dirigida por el ingeniero nicaragüense Marvin Montenegro Cerón. Cuando la fábrica se cerró, ya se vislumbraba que Nicaragua regularía el uso del amianto, como efectivamente así ocurrió, en el año 1998. Aunque dicha regulación no significaba una prohibición de uso, la firma sucesora, el Grupo «Amanco», desarrolló una tecnología propia, de fabricación de fibrocemento sin asbesto, empleando fibras vegetales, que fue con la que se prosiguió la producción, en factoría distinta a la cerrada.
Es de destacar, en primer lugar, que no fue sino hasta el año 1983 (es decir, cuando la fábrica llevaba ya 16 años funcionando), cuando se produjo la primera inspección del Ministerio de Trabajo, Salud y Seguridad Ocupacional. A dicha situación unamos el que, según antiguos directivos de la empresa, las medidas de protección de los trabajadores, no fueron adoptadas en su momento, precisamente a causa de la participación de la familia Somoza en el capital de la empresa.
Anteriormente, los ingenieros suizos «cuidaban» de sus trabajadores, mediante la presentación periódica de cada uno de ellos a unas pruebas médicas basadas sólo en el esfuerzo físico: los que tenían síntomas de asfixia, eran despedidos, sin seguros ni prestaciones sociales. Los trabajadores no eran conscientes de las razones que pudieran haber para la realización de estos exámenes, ni nadie se las aclaró: ni los jefes, ni el personal médico facultativo, ni las autoridades, ausentes. Tampoco les explicaban la verdadera causa de sus respectivos despidos.
El apellido Schmidheiny, como tendremos ocasión de ver en su momento, lo veremos vinculado al filantrocapitalismo, con ínfulas de benefactores humanitarios. ¿Cuál es el progreso moral habido, en más de veinte siglos de atormentada convivencia de la Humanidad con el asbesto, desde los esclavos de la minería romana, hasta nuestros días, con estas prácticas?
Es en este contexto previo de perfecta «conspiración de silencio», en el que se produce, como un eslabón más, y como un componente necesario, la irrupción del tema de los acuerdos extra-judiciales, después de que ya se hubiera producido la primera muerte claramente vinculada al amianto, en el reconocimiento por los trabajadores de la índole del padecimiento, cuando, en 1993, en una gestión confidencial de la información, los directivos de la empresa y los jefes de producción les reconocieran que el asbesto era tóxico.
En 1998, y tras la muerte de nueve personas que habían trabajado en «Nicalit», por patologías relacionadas con la exposición al amianto, se organizó un grupo de 120 ex trabajadores, formando la «Asociación de ex trabajadores de Nicalit S.A.» (AEXNIC). Su objetivo era exigir una indemnización. Promovieron una revisión médica en una clínica privada, encontrándose un total de 317 afectados, de entre un número de 420 examinados.
Es en este escenario en el que hace su aparición un abogado de la empresa, ofreciendo un acuerdo para compensar a las familias de las víctimas, sin necesidad de tener que acudir a los tribunales para conseguirlo, a condición de que los trabajadores no revelasen información alguna, que trascendiese al exterior.
Así se cerraría el último capítulo de la «conspiración de silencio». Para implementar esa respuesta empresarial, a raíz del cierre de la firma, la compañía creó la «Fundación Nicalit», que ofrecía a sus antiguos trabajadores la posibilidad de pasar controles médicos, para determinar si estaban contaminados por el asbesto.
Una comisión de expertos, en su mayoría pagados y escogidos por la empresa, se encargaría de examinar a los trabajadores, determinando en cada caso si existía una enfermedad relacionada con el asbesto, condición indispensable para tener derecho a eventuales indemnizaciones. El único médico escogido por los trabajadores, el doctor Fernando Gutiérrez, a diferencia de sus restantes colegas, afirmaba que la gran mayoría de los ex trabajadores examinados, sufría alguna enfermedad relacionada con el asbesto.
Aproximadamente un decena de trabajadores, muy afectados, pasó a recibir de la «Fundación Nicalit» una ayuda temporal para gastos médicos, con la condición de que, faltando a la verdad, admitiesen por escrito que su enfermedad no tenía relación con el asbesto.
Es oportuno resaltar, que las víctimas no recibirían resarcimiento económico alguno por el daño sufrido, sino que meramente se les compensaría por los gastos originados por las enfermedades que le había originado su trabajo para la empresa. Una característica que encontraremos igualmente en otros ámbitos geográficos de la implantación de los acuerdos extra-judiciales, como es el caso, por ejemplo, de Brasil.
La propuesta de los trabajadores, incluía previsiones tales como, por ejemplo, el que, en los casos de desacuerdo, la determinación del diagnóstico se sometería a un arbitraje independiente, previamente admitido por empresa y trabajadores.
Tras dos años de negociaciones infructuosas, la posibilidad de un acuerdo global se esfumó, y a raíz de las amenazas de denuncia de los trabajadores, que querían invitar a los medios de comunicación, la empresa reaccionó procediendo a enterrar los residuos de amianto que había alrededor de la planta, pero los trabajadores lograron fotografiarlos antes de su desaparición. La prensa y la televisión, acudieron a la rueda de prensa convocada por los trabajadores, y en ella la información y sus evidencias se hicieron públicas. AEXNIC consiguió que quebrara la «conspiración de silencio». Los acuerdos extra-judiciales, nunca concluidos, no tuvieron oportunidad de actuar como mordaza.
La empresa nunca ha reconocido públicamente su responsabilidad, quedando la vía judicial como única opción, para que los trabajadores puedan obtener alguna mínima compensación. En este concreto contexto, la pasividad de las autoridades, en la precisa medida en la que exista en cada momento, estará marcando los límites reales de un teórico estado de derecho.
Es bastante ilustrativo de las condiciones de insalubridad laboral a las se vieron sometidos los trabajadores de esta empresa, el conocer, a través del relato de los propios protagonistas, los sangrantes detalles de su tristísima existencia: sin protección alguna durante muchos años, mantenidos en la más absoluta ignorancia del mortal peligro al que estaban expuestos, contaminando a sus familiares, a través de la ropa de trabajo, lavada en el domicilio, reutilización artesanal de los empaques del asbesto, llevándolos a sus casas, para ser usados en sus camas, para forrar divisiones entre estancias colindantes, o para transportar y almacenar sus cosechas y alimentos, etc., etc. En la vecina localidad de «Los Sánchez Norte», los caminos fueron reparados, usando desechos de amianto-cemento, procedentes de la fábrica de Nicalit, cuyo entorno inmediato también estaba plagado de escombros de la misma naturaleza, como ya se indicó antes. Son circunstancias que a los españoles nos resultan harto familiares, y que la generalidad de la industria del amianto, empezando por la minería, ha prodigado por doquier, en todos los continentes habitados. Véase, por ejemplo: Sluis-Cremer & Du Toit (1980)».
¿Por qué hay tantos «expertos», científicos en algunos casos, que se dejan sobornar por las empresas? ¿No existen los arbitrajes independientes?
Los optimistas dirán, que es un efecto perverso del sistema capitalista, y los pesimistas en esta cuestión, diremos, que ello es inherente a la propia condición humana, en su variopinta diversidad. Como dice nuestro común amigo Paco Puche, la libertad individual, es, básicamente, la libertad de poder hacer el mal, aunque no se lo haga, por mero imperativo ético, pues el bien obligatorio, no tiene mérito alguno.
Los arbitrajes independientes, teóricamente los hay, desde el punto y hora en el que existen organismos oficiales dedicados a ello. Ahora bien, si resulta que son precisamente tales organismos oficiales los que, en la generalidad de los casos, prescinden de las pruebas de difusión de gases, que es la que con mayor precocidad permite diagnosticar la asbestosis, ¿qué quiere usted que le diga?… ¿Qué quiere usted que le diga, igualmente, si en tales organismos oficiales, si se practican estudios longitudinales de cohortes, que son los que permiten detectar el ritmo de avance de una enfermedad que es progresiva e irreversible, como es el caso de la asbestosis, señalando los casos individuales que merecen pasar a una jubilación anticipada, si es que, repito, se practican tales estudios longitudinales, en todo caso lo habitual -yo casi me atrevería a decir que siempre- es que no se lleguen a publicar?
¿Existe en su opinión una confabulación y estrecho maridaje entre regímenes políticos dictatoriales y la industria del amianto-cemento?
Eso, y además, sus preferencias de instalación allí donde las regulaciones son escasas o nulas, a despecho de una teórica y puramente formal situación de democracia. Una situación, que es la habitual en no pocos de los países en vías de desarrollo, que en muchos casos emergen de un pasado colonial más o menos reciente. Las dictaduras son sólo la culminación, el no va más. A falta de ellas disponibles, se recurrirá a las pendejodemocracias, si se me permite usar el término inventado por Fidel Castro, bajo cuyo régimen tampoco está prohibido el uso industrial del amianto crisotilo.
¿Por qué pone énfasis en la cláusula 1.3. del contrato tipo para acuerdos extra-judiciales de la empresa Gencor? Por lo demás, ¿no es raro eso de un contrato tipo?
Porque, con su redacción, la empresa se asegura la participación cómplice de los propios afectados, en la «conspiración de silencio». No es sólo lo que en esa cláusula literalmente se establece, sino lo que implícitamente, cual espada de Damocles, se les da a entender a los firmantes, dañados por el amianto.
Pasamos al siguiente apartado, al 1.6. Ciencia, negocios, asbesto. Promete mucho el título.
En él explico, a partir de un único artículo publicado en una revista profesional especializada, cómo su autor, con apariencia de experto independiente y neutral, aboga por las tesis exculpatorias de la empresa -Vanderbilt- con la que mantiene vínculos económicos, y que lleva décadas soslayando o intentando soslayar sus responsabilidades para con sus trabajadores, afectados por el amianto. Vínculos económicos, que no son declarados por el autor en su artículo. Al propio tiempo, demuestro los otros muchos vínculos económicos que asimismo el autor tiene establecidos con las más diversas empresas del amianto, «hasta allí donde la espalda pierde su casto nombre», si se me permite repetir la irreverente expresión que utilizo también en mi libro. Este único ejemplo, me sirve para ilustrar hasta qué punto es frecuente y habitual esta situación, sobre todo en los Estados Unidos. Se trata de toda una maraña de intereses creados concurrentes, propiciadora de la «conspiración de silencio».
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.